Reglamento (CEE) nº 2721/87 de la Comisión, de 10 de septiembre de 1987, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 1105/68, relativo a las modalidades de concesión de las ayudas para la leche desnatada destinada a la alimentación animal.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1987-81136
Número oficial:
DOUE-L-1987-81136
Publicación:
11/09/1987
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) nº 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) nº 773/87 (2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 10,

Considerando que el apartado 3 del artículo 1 del Reglamento (CEE) nº 1105/68 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) nº 3736/86 (4), limita la concesión de la ayuda a la leche desnatada que contenga como máximo un 1 % de materias grasas; que la experiencia adquirida demuestra que no es oportuno sancionar con la pérdida de la ayuda un rebasamiento ocasional; que, por lo tanto, es preciso insertar una disposición que permita un cierto rebasamiento, siempre y cuando la media de los contenidos en materia grasa comprobados durante un período de 6 meses respete el límite antes mencionado;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el apartado 3 del artículo 1 del Reglamento (CEE) nº 1105/68, se inserta el siguiente párrafo después del primero:

"No obstante, en el caso de que el contenido en materias grasas sobrepase en menos del 25 % el contenido máximo prescrito, la ayuda podrá, no obstante, ser concedida siempre que la media de los valores comprobados en la industria láctea de que se trate en el período de 6 meses precedentes a la comprobación del rebasamiento sea inferior al contenido máximo prescrito."

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 10 de septiembre de 1987.

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO nº L 148 de 28. 6. 1968, p. 13.

(2) DO nº L 78 de 20. 3. 1987, p. 1.

(3) DO nº L 184 de 29. 7. 1968, p. 24.

(4) DO nº L 347 de 9. 12. 1986, p. 6.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €