Reglamento (CEE) nº 2679/85 de la Comisión, de 24 de septiembre de 1985, por el que se modifica el coeficiente relativo a los montantes diferenciales para los granos de colza, nabina y girasol.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1985-80787
Número oficial:
DOUE-L-1985-80787
Publicación:
25/09/1985
Departamento:
Comunidades Europeas

REGLAMENTO ( CEE ) N º 2679/85 DE LA COMISION

por el que se modifica el coeficiente relativo a los montantes diferenciales para los granos de colza , nabina y girasol

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Visto el Reglamento n º 136/66/CEE del Consejo , de 22 de septiembre de 1966 , sobre establecimiento de una organización común de los mercados en el sector de las materias grasas (1) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 231/85 (2) ,

Visto el Reglamento ( CEE ) n º 1569/72 del Consejo , de 20 de julio de 1972 , por el que se establecen medidas especiales para los granos de colza , nabina y girasol (3) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 1474/84 (4) y , en particular , el apartado 2 de su artículo 2 bis ,

Considerando que , con efectos desde el 22 de julio de 1985 , se han modificado los tipos centrales de las diferentes monedas que forman parte del sistema monetario europeo ; que , en consecuencia , debe modificarse el coeficiente a que se refiere el apartado 2 del artículo 2 bis del Reglamento ( CEE ) n º 1569/72 ; que esta modificación debe ser aplicable a partir del 24 de julio de 1985 ;

Considerando que las medidas establecidas en el presente Reglamento son conformes al dictamen del Comité de gestión de las materias grasas ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Artículo 1

El valor del coeficiente a que se refiere el apartado 2 del artículo 2 bis del Reglamento ( CEE ) n º 1569/72 queda fijado en 1,035239 .

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .

Será aplicable a partir del 24 de julio de 1985 .

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 24 de septiembre de 1985 .

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO n º 172 de 30 . 9 . 1966 , p. 3025/66 .

(2) DO n º L 26 de 31 . 1 . 1985 , p. 12 .

(3) DO n º L 167 de 25 . 7 . 1972 , p. 9 .

(4) DO n º L 143 de 30 . 5 . 1984 , p. 4 .

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1019 de la Comisión, de 7 de mayo de 2026, relativo a la autorización del ácido guanidinoacético y de un preparado de ácido guanidinoacético como aditivos para piensos destinados a pollos de engorde, pollos criados para puesta, pollos criados para reproducción, pavos de engorde y pavos criados para reproducción (titular de la autorización: Evonik Operations GmbH).

Reglamento 08/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida