LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Visto el Reglamento (CEE) no 822/87 del Consejo, de 16 de marzo de 1987, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1325/90 (2), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 37,
Considerando que, por lo que respecta a los alcoholes procedentes de las destilaciones contempladas en los artículos 35 y 36 del Reglamento (CEE) no 822/87, el Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agraria (FEOGA) únicamente se hará cargo de los costes resultantes de su comercialización; que conviene, por consiguiente, fijar el importe del anticipo sobre el coste de la salida de dichos productos, teniendo en cuenta la depreciación similar que afecta a los alcoholes procedentes de la destilación contemplada en el artículo 39 de dicho Reglamento;
Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los vinos,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El importe del anticipo sobre el coste de la salida de los productos de las destilaciones previstas en los artículos 35 y 36 del Reglamento (CEE) no 822/87 se determinará mediante la aplicación de un coeficiente al valor de las compras realizadas por los organismos de intervención.
Dicho coeficiente se fija en 0,7 para el ejercicio de 1991.
Artículo 2
Los importes de los gastos así determinados serán comunicados a la Comisión en el marco de las declaraciones establecidas en virtud del Reglamento (CEE) no 2776/88 de la Comisión (3).
Artículo 3
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Será aplicable a partir del 1 de octubre de 1990.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 5 de septiembre de 1990.
Por la Comisión
Ray MAC SHARRY
Miembro de la Comisión
(1) DO no L 84 de 27. 3. 1987, p. 1.
(2) DO no L 132 de 23. 5. 1990, p. 19.
(3) DO no L 249 de 8. 9. 1988, p. 9.