Reglamento (CEE) nº 2555/70 del Consejo, de 15 de diciembre de 1970, por el que se deroga el Reglamento nº 168/67/CEE y se modifican los Reglamentos (CEE) nº 19/69 y nº 171/67/CEE.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1970-80119
Número oficial:
DOUE-L-1970-80119
Publicación:
19/12/1970
Departamento:
Comunidades Europeas

REGLAMENTO ( CEE ) N º 2555/70 DEL CONSEJO

por el que se deroga el Reglamento n º 168/67/CEE y se modifican los Reglamentos ( CEE ) n º 19/69 y n º 171/67/CEE

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Visto el Reglamento n º 136/66/CEE del Consejo , de 22 de septiembre de 1966 , sobre el establecimiento de una organización común de mercados en el sector de las materias grasas (1) , modificado en último término por el Reglamento ( CEE ) n º 2554/70 (2) y , en particular , el apartado 1 de su artículo 16 , su artículo 17 y el apartado 2 de su artículo 18 ,

Visto el Reglamento n º 162/66/CEE del Consejo , de 27 de octubre de 1966 , relativo a los intercambios de materias grasas entre la Comunidad y Grecia (3) y , en particular , su artículo 8 ,

Vista la propuesta de la Comisión ,

Considerando que el artículo 17 del Reglamento n º 136/66/CEE se verá modificado el 1 de enero de 1971 ; que , en función de dicha modificación , procede declarar la implicación del Reglamento n º 168/67/CEE del Consejo , de 27 de junio de 1967 , por el que se determinan las condiciones de expedición de los certificados de importación y de exportación en el sector del aceite de oliva (4) , modificado por el Reglamento ( CEE ) n º 1253/70 (5) ;

Considerando , que para una buena gestión administrativa del régimen de certificados comunitarios , resulta necesario que , en caso de fijación anticipada de la exacción reguladora , la importación tenga lugar durante el período de validez del certificado que sirva de justificación para la fijación anticipada ; que , por consiguiente , es conveniente modificar el artículo 1 del Reglamento ( CEE ) n º 19/69 del Consejo de , 20 de diciembre de 1968 , relativo a la fijación anticipada de la exacción reguladora a la importación de aceite de oliva (6) , modificado en último término por el Reglamento ( CEE ) n º 2110/70 (7) ;

Considerando que el artículo 2 del Reglamento ( CEE ) n º 19/69 contiene

disposiciones relativas a la fianza en caso de fijación anticipada de la exacción reguladora , incluida en lo sucesivo en el régimen de los certificados previstos en el artículo 17 del Reglamento n º 136/66/CEE ; que , por consiguiente , resulta necesario derogar el mencionado artículo 2 ;

Considerando que se encuentran asimismo problemas de la misma naturaleza en los artículos 7 bis y 7 ter del Reglamento n º 171/67/CEE del Consejo , de 27 de junio de 1967 , relativo a las restituciones y exacciones reguladoras aplicables a la exportación de aceite de oliva (8) , modificado en último término por el Reglamento ( CEE ) n º 2118/69 (9) ; que , en consecuencia , es conveniente adaptar el artículo 7 bis y derogar el artículo 7 ter anteriormente mencionados ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Artículo 1

Queda derogado el reglamento n º 168/67/CEE .

Artículo 2

1 . Se sustituye el texto del artículo 1 del Reglamento ( CEE ) n º 19/69 por el siguiente :

« La exacción reguladora aplicable a los productos mencionados en la letra c ) del apartado 2 del artículo 1 del Reglamento n º 136/66/CEE , válida el día de la presentación de la solicitud de certificado de importación , ajustada en función del precio de umbral en vigor el día de la importación , se aplicará , si lo solicitare el interesado al mismo tiempo que presente la solicitud de certificado , a una importación que deba realizarse durante el período de validez del certificado . »

2 . Queda derogado el artículo 2 del Reglamento ( CEE ) n º 19/69 .

Artículo 3

1 . Se sustituye el texto del apartado 2 del artículo 7 bis del Reglamento n º 171/67/CEE por el siguiente :

« No obstante , sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3 , la restitución aplicable el día de la presentación de la solicitud de certificado de exportación , ajustada en función del precio de umbral en vigor el día de la exportación , se aplicará , si lo solicitare el interesado al mismo tiempo que presenta la solicitud del certificado , a una exportación que deba realizarse durante el período de validez del certificado . »

2 . Queda derogado el artículo 7 ter del reglamento n º 171/67/CEE .

Artículo 4

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 1971 .

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 15 de diciembre de 1970 .

Por el Consejo

El Presidente

J. ERTL

(1) DO n º 172 de 30 . 9 . 1966 , p. 3025/66 .

(2) DO n º L 275 de 9 . 2 . 1970 , p. 6 .

(3) DO n º 197 de 29 . 10 . 1966 , p. 3393/66 .

(4) DO n º 130 de 28 . 6 . 1967 , p. 2593/67 .

(5) DO n º L 143 de 1 . 7 . 1970 , p. 1 .

(6) DO n º L 3 de 7 . 1 . 1969 , p. 2 .

(7) DO n º L 234 de 23 . 10 . 1970 , p. 6 .

(8) DO n º 130 de 28 . 6 . 1967 , p. 2600/67 .

(9) DO n º L 271 de 29 . 10 . 1969 , p. 9 .

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1051 del Consejo, de 7 de mayo de 2026, por el que se aplica el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 747/2014, relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Sudán.

Reglamento 07/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida