Reglamento (CEE) nº 2515/85 de la Comisión, de 23 de julio de 1985, relativo a las solicitudes de contribución del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola, sección «Orientación», para proyectos de mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrícolas y los productos de la pesca.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1985-80746
Número oficial:
DOUE-L-1985-80746
Publicación:
11/09/1985
Departamento:
Comunidades Europeas

REGLAMENTO ( CEE ) N º 2515/85 DE LA COMISION

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Visto el Reglamento ( CEE ) n º 355/77 del Consejo , de 15 de febrero de 1977 , relativo a una acción común para la mejora de las condiciones de transformación y de comercialización de los productos agrícolas y de los productos de la pesca (1) , modificado por última vez por el Reglamento ( CEE ) n º 1247/85 (2) y , en particular , el apartado 5 de su artículo 13 ,

Considerando que las solicitudes de ayuda presentadas en el marco de la labor común de mejora de las condiciones de transformación y de comercialización de los productos agrícolas y de los productos de la pesca deben declarar todos los datos necesarios para examinar los proyectos de acuerdo con los criterios del Reglamento ( CEE ) n º 355/77 ;

Considerando que el Reglamento ( CEE ) n º 219/78 de la Comisión (3) precisa cómo deben presentarse las solicitudes de ayuda del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola ( FEOGA ) , Sección « Orientación » , para proyectos de mejora de las condiciones de transformación y de comercialización de los productos agrícolas y de los productos de la pesca ; que resulta necesario adaptar la forma y el contenido de las solicitudes para tener en cuenta las modificaciones efectuadas en el Reglamento ( CEE ) n º 355/77 y la experiencia adquirida en los primeros años de aplicación de dicho Reglamento ;

Considerando que las medidas previstas por el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité permanente de estructuras agrícolas ;

Considerando que se ha consultado al Comité del FEOGA sobre los aspectos financieros de dichas medidas ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Artículo 1

1 . Las solicitudes de ayuda del FEOGA , Sección « Orientación » , para proyectos de mejora de las condiciones de transformación y de comercialización de los productos agrícolas y de los productos de la pesca que se presenten a partir del 1 de mayo de 1985 deberán incluir los datos y documentos indicados en los Anexos .

2 . Las solicitudes se presentarán en dos ejemplares completos y deberán ir acompañados de un tercer ejemplar del Anexo A .

3 . Las solicitudes que no reúnan las condiciones de los apartados 1 y 2 no se tomarán en consideración para la concesión de una ayuda .

Artículo 2

Queda derogado , con efecto a partir del 1 de septiembre de 1985 , el Reglamento ( CEE ) n º 219/78 . No obstante , las solicitudes de ayuda remitidas antes del 15 de octubre de 1985 a las autoridades nacionales competentes para su presentación al FEOGA serán admisibles asimismo en la forma dispuesta por dicho Reglamento .

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 23 de julio de 1985 .

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO n º L 51 de 23 . 2 . 1977 , p. 1 .

(2) DO n º L 130 de 16 . 5 . 1985 , p. 1 .

(3) DO n º L 35 de 4 . 2 . 1978 , p. 10 .

NOTAS EXPLICATIVAS E INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LAS SOLICITUDES

Observaciones generales

1 . El presente Reglamento describe del modo más preciso posible la información que necesita la Comisión para poder decidir sobre las solicitudes de ayuda , con arreglo a las condiciones y criterios del Reglamento ( CEE ) n º 355/77 .

Para conseguir que dicha descripción sea precisa , permitir una tramitación rápida y garantizar que los datos se presenten en una forma que permita su comparación , se ha previsto utilizar formularios en la medida de lo posible .

Habida cuenta de la multitud de sectores , modalidades jurídicas y situaciones existentes , no es posible , evidentemente , prever todas las particularidades de cada caso individual .

Podrá ocurrir , por tanto , que no se disponga de determinada información o que ésta no sea suficiente para explicar plenamente alguna situación concreta . En este caso , habrá que indicar , en hoja aparte , las razones que impidan responder a las preguntas de que se trate . El solicitante podrá , asimismo , acompañar explicaciones suplementarias a cada formulario , si lo estimare necesario , para explicar las particularidades de su situación o de su solicitud .

2 . Cada solicitud de ayuda deberá referirse a una sola inversión efectuada por un único beneficiario en un lugar determinado . En caso de que la realización completa de un proyecto implique la intervención de varios beneficiarios que efectúen varias inversiones , se ruega que se presente una solicitud distinta por cada pareja beneficiario/inversión .

3 . Los importes deberán indicarse siempre en moneda nacional .

4 . Para facilitar la tramitación administrativa y técnica de las solicitudes de contribución , se ruega que se presenten , en la medida de lo posible , en formato ISO DIN/4 y guardando el orden siguiente :

- Anexo A : una hoja intercalada ,

- Anexo B ( texto y Anexos B 1 a B 10 ) : una hoja intercalada ,

- estatutos ( en su caso ) ,

- certificación del registro mercantil ( en su caso ) ,

- balances , cuentas de pérdidas y ganancias : una hoja intercalada ,

- presupuesto ,

- planes técnicos y mapas : una hoja intercalada .

Con objeto de facilitar el tratamiento mecanizado , se ruega asimismo que los documentos no se remitan encuadernados ni grapados , sino unidos por algún método fácilmente desmontable : por ejemplo , agujereados y unidos con

un pasador .

ANEXO A

Instrucciones generales para cumplimentar el formulario

a ) El Anexo A está dividido en tres partes :

- la primera Parte ( A 1 ) (1) deberá cumplimentarla el solicitante y/o el beneficiario ,

- la segunda Parte ( A 2 ) (2) deberá cumplimentarla el Estado miembro ,

- la tercera Parte ( A 3 ) (3) se reserva para el FEOGA .

En las dos primeras Partes , el cuadro que está a la derecha de las páginas y las zonas específicas enmarcadas se reservan para codificación informática por los servicios del FEOGA y no deben ser utilizados por el solicitante , el beneficiario o el Estado miembro .

b ) El número de caracteres de un dato determinado ( incluidos los espacios intermedios ) no deberá exceder del número previsto por el formulario . En su caso , emplear abreviaturas ( por ejemplo : COOP , SA , etc. ) . Escribir un carácter en cada casilla , de forma legible , si es posible a máquina .

c ) Salvo en el caso de los importes , los datos deberán consignarse en las zonas destinadas para ello empezando en la primera casilla de la izquierda .

d ) Nombres ( solicitante , beneficiario , banco , etc. ) : con objeto de facilitar la clasificación alfabética de los distintos nombres , se ruega consignar , en las zonas previstas para ello , primero el nombre o la razón social y después , en su caso , el tipo de sociedad :

por ejemplo : en la zona A 1/3.2 : beneficiario :

- la sociedad anónima Carex se indicará : Carex sociedad anónima ,

- la sociedad cooperativa vinícola « Les joyeux vignerons de Palize » se indicará : « Les joyeux vignerons de Palize » , sociedad cooperativa vinícola .

Cuando se trate de una persona física , deberán ponerse primero los apellidos y después el nombre .

e ) Direcciones : los datos de direcciones deberán cumplimentarse completa y correctamente , con el código postal y la localidad .

f ) Importes :

- deberán expresarse en moneda nacional , sin decimales ,

- los triángulos ( ) permiten distinguir entre miles de millones , millones y millares ,

- los datos deberán escribirse empezando en la última casilla de la derecha .

Ejemplo :

10 000 francos franceses 10 000

Notas explicativas por epígrafe

PRIMERA PARTE

Para cumplimentar por el solicitante y/o el beneficiario

2 . Solicitante

Cumplimentar esta zona si hubiere un solicitante , aunque éste sea asimismo el beneficiario .

3 . Beneficiario

Un único beneficiario por solicitud .

3.1 . Si el beneficiario fuere el mismo que el solicitante , marcar la

casilla de si .

3.7 . Poner un 1 ( sociedad perteneciente al sector privado ) o un 2 ( sociedad perteneciente al sector cooperativo ) en la casilla prevista para ello .

3.8 . Por ejemplo : sociedad anónima , sociedad cooperativa , etc .

3.9 . Poner la cifra correspondiente :

por ejemplo :

1 000 cooperativistas ,

5 asociados .

3.10 . No mencionar a los titulares de menos del 10 % del capital . Dar el porcentaje sin decimales .

3.12 . Se trata de los números de proyecto asignados por los servicios del Fondo . Si las solicitudes fueren más de nueve , continuar en la parte inferior de la página .

4 . Inversión

Una única inversión por beneficiario .

4.1 . Hacer una descripción sucinta :

por ejemplo :

- modernización de un matadero de cerdos ,

- creación de una unidad de recepción de uva , etc .

4.2 . Los sectores de actividad del proyecto pueden caracterizarse por la materia prima ( por ejemplo : leche ) , por la técnica de transformación o de comercialización ( matadero ) , por el destino de los productos fabricados ( alimentos para el ganado ) , etc .

4.3 . Localización geográfica de la inversión : indicar el nombre del lugar , seguido del nombre de la provincia , etc .

Por ejemplo :

Perpignan ( Pyrénées-Orientales ) .

4.4 . Coste total de la inversión : su importe debe coincidir con el del punto 8.5 del formulario B 8 .

4.7 . El importe total de los préstamos indicado en esta zona debe coincidir con el del punto 8.1.2 del formulario B 8 .

4.8 . Indicar el reparto de los distintos préstamos suscritos , con sus respectivos tipos de interés en % y los plazos en años : los tipos deben indicarse en las condiciones bancarias normales , excluyéndose las bonificaciones del Estado miembro .

La suma de los distintos préstamos debe coincidir con el importe indicado en el punto 4.7 .

5 . Datos generales

5.1 . y 5.2 . Indicar el mes y el año .

Por ejemplo : 04 / 85

5.3 . Marcar con una cruz la casilla que proceda : los proyectos que se comiencen antes de que la solicitud sea recibida por la Comisión no podrán recibir ayudas .

SEGUNDA PARTE

Para cumplimentar por el Estado miembro

1 . Marcar la casilla que corresponda .

2 . Por ejemplo :

Una región que tenga derecho a financiación a un tipo preferencial [ artículo 17 del Reglamento ( CEE ) n º 355/77 ] .

4 . Descripción de las ayudas del Estado miembro

4.1 . y 4.2 . Procedencia : Estado , región , municipio , etc .

Naturaleza : subvención de capital , bonificación de intereses , préstamo de interés preferente .

Importe : indicarlo únicamente en caso de subvenciones de capital .

4.3 . En caso de que en la zona correspondiente a la « naturaleza » de las ayudas del Estado ( 4.1 y 4.2 ) se indique que tales ayudas se van a efectuar en forma de bonificación de intereses o de préstamos de interés preferente para uno o más préstamos suscritos por el beneficiario , habrá que indicar en esta zona las condiciones de dicha bonificación o de dichos préstamos de tipo preferente para que los servicios del FEOGA puedan calcular la ayuda correspondiente del Estado miembro .

Cada línea corresponde a un préstamo y debe recoger todos los datos necesarios para los distintos modos de cálculo posibles :

- número : indicar a qué préstamos de la declaración del beneficiario ( A 1/4.8 ) se hace referencia ,

- importe bonificado : puede ser la totalidad del préstamo o solamente una parte ,

- tipo preferente del préstamo : dicho tipo se expresará en % :

así : 12,5 % se inscribirá : 12,50

Se trata del tipo preferencial concedido por el Estado miembro y que se aplique al importe anterior ,

- duración del préstamo : la cifra correspondiente se expresará en años completos :

así :

9 años se indicará como sigue : 9

12 años se indicará como sigue : 12

- tipo de la bonificación en % : se aplicará al importe bonificado y se expresará en % :

así : 5,25 % se indicará 5,25

- duración de la bonificación : en años completos ,

- plazo de amortización : en años completos .

Las zonas correspondientes al « tipo de referencia » y a los « programas » se reservan al FEOGA ; se indicarán en ellas el tipo de referencia bancario normal , por encima del cual no hay bonificación , y el programa de cálculo que debe utilizarse para el país y el préstamo considerados .

Se rellenarán sólo las zonas necesarias , según el tipo de ayuda , bonificación de intereses o tipo preferencial .

Por ejemplo :

declaración del beneficiario ( A 1/4.8 ) :

N º Importe Tipo Duración

1 1 500 000 12,50 15

2 2 000 000 13,00 10

3 800 000 13,00 15

Si el Estado miembro bonificare el préstamo n º 1 al 5 % durante 10 años y solamente por 1 000 000 , si concediere un tipo preferencial del 11,5 %

durante 10 años al préstamo n º 2 y reconociere un tipo preferente del 10 % al préstamo n º 3 durante 15 años con un plazo de amortización de 5 años , su declaración deberá ser ( en el punto A 2/4.3 ) :

N º Importe bonificado del préstamo Tipo preferente préstamo Duración del préstamo Tipo de bonificación Duración de la bonificación Plazo de amortización

1 1 000 000 15 5,00 10

2 2 000 000 11,50 10

3 800 000 10,00 15 5

En cualquier caso , hay que precisar los modos de reembolso del préstamo : por ejemplo anualidades constantes , partes iguales , etc .

4.4 . Especificar el tipo de ayuda , el importe equivalente y la forma en que se ha efectuado el cálculo .

TERCERA PARTE ( Estrictamente reservada al FEOGA , para la verificación del expediente cuando éste entre en los servicios ) .

PRIMERA PARTE - BENEFICIARIO ( A 1 )

Para cumplimentar por el beneficiario , después de leer las instrucciones

Cuadro reservado a los servicios del FEOGA .

N º del proyecto ...

RED/ENC ...

1 . Título del proyecto ...

2 . Solicitante

2.1 . Nombre o razón social ( primero el nombre , después el tipo de sociedad ) ...

2.2 . Calle y número o apartado de Correos ...

2.3 . Localidad : código postal y denominación ...

2.4 . Teléfono ...

2.5 . Télex ...

( Página 2 ) : Ver D.O.

( Página 3 ) : Ver D.O.

( Página 4 ) : Ver D.O.

( Página 5 ) : Ver D.O.

(1) DO n º L 234 de 11 . 9 . 1985 , p. 7 .

(2) DO n º L 234 de 11 . 9 . 1985 , p. 12 .

(3) DO n º L 234 de 11 . 9 . 1985 , p. 14 .

( Página 6 )

SEGUNDA PARTE - PARA CUMPLIMENTAR POR EL ESTADO MIEMBRO ( A 2 ) : Ver D.O.

( Página 7 )

( Para cumplimentar por el Estado miembro ) : Ver D.O.

( Página 8 )

TERCERA PARTE - PARA CUMPLIMENTAR POR EL FEOGA ( A 3 )

LISTA DE CONTROL

sí no

1 . ¿ Se ha presentado la solicitud en dos ejemplares ? ... ...

2 . ¿ Incluye la solicitud un tercer ejemplar del Anexo A ? ... ...

3 . ¿ Está completo el Anexo A :

3.1 . En relación a la primera Parte ( datos que debe facilitar el beneficiario ) ? ... ...

3.2 . En relación a la segunda Parte ( datos que debe facilitar el Estado miembro ) ? ... ...

3.3 . El Anexo A 1 está firmado por el beneficiario ? ... ...

3.4 . El Anexo A 2 está firmado por el Estado miembro ? ... ...

4 . ¿ Está cifrada y confirmada la participación del Estado miembro ? ... ...

5 . ¿ Se ha respondido a las preguntas del Anexo B ? ... ...

6 . ¿ Se han cumplimentado los formularios del Anexo B :

6.1 . B 1 ... ...

6.2 . B 2 ... ...

6.3 . B 3 ... ...

6.4 . B 4 ... ...

6.5 . B 5 ... ...

6.6 . B 6 ... ...

6.7 . B 7 ... ...

6.8 . B 8 ... ...

6.9 . B 9 ... ...

6.10 . B 10 ... ...

7 . ¿ Se ha acompañado los estatutos del beneficiario ? ... ...

8 . ¿ Se ha presentado la certificación del registro mercantil del beneficiario o su número de autorización ( cooperativa ) ? ... ...

9 . ¿ Se han presentado los tres últimos balances ? ... ...

10 . ¿ Se adjuntan la descripción técnica , el presupuesto detallado y las ofertas ? ... ...

11 . ¿ Se comunican los planos ? ... ...

ANEXO B

[ Los artículos a que se refiere este Anexo son los del Reglamento ( CEE ) n º 355/77 ]

1 . Breve descripción del proyecto ( una página como máximo , resumir los objetivos y la naturaleza de las inversiones )

2 . Solicitante ( rellenar únicamente cuando el solicitante no sea asimismo el beneficiario )

2.1 . Actividad principal del solicitante

2.2 . Relaciones del solicitante con el beneficiario y el proyecto

2.3 . Acompañar :

- los estatutos

- certificación en extracto del registro

3 . Beneficiario ( apartado 1 del artículo 19 )

3.1 . Naturaleza y alcance de la actividad principal del beneficiario

3.2 . Area geográfica a la que se extiende dicha actividad

3.3 . Situación económica ( cumplimentar los formularios B 1 y B 2 que figuran al final de este Anexo y adjuntar los balances y las cuentas de pérdidas y beneficios de los tres últimos años )

3.4 . Acompañar :

- los estatutos ( para las cooperativas , si dicha información no figurare en los estatutos , indicar la base de participación de los asociados , como , por ejemplo : superficie cultivada , cifra de negocios anual , número de cabezas de ganado , etc. )

- certificación en extracto del registro

4 . Descripción de la situación actual y de la prevista una vez realizado el proyecto

4.1 . Instalaciones existentes del beneficiario con indicación de sus capacidades ( indicar su emplazamiento en el mapa a que se refiere el apartado 4.5 )

4.2 . Productos agrícolas de que se trate

4.2.1 . Cumplimentar el formulario B 3 ( en el sector del vino , añadir las cifras para los años - 3 , - 4 y - 5 anteriores a la presentación de la solicitud )

4.2.2 . Indicar el origen de los productos , repartidos según provengan ( en su caso , cumplimentar el formulario B 3 por separado )

- de la zona de recolección propia del beneficiario ( ver apartado 4.5 )

- de otras regiones comunitarias

- de terceros países

4.3 . Programa de producción/comercialización

4.3.1 . Cumplimentar el formulario B 4 ( en el sector del vino , añadir las cifras para los años - 3 , - 4 y - 5 anteriores a la presentación de la solicitud )

4.3.2 . Indicar las salidas posibles para los productos que se indican en el Anexo B 4 . En caso de aumento de la capacidad o de fabricación de nuevos productos , descripción detallada de las bases que justifiquen las previsiones de comercialización . Indicar el porcentaje de los productos entregados a la intervención en el pasado y , en su caso , los destinados a la intervención en el futuro .

4.3.3 . Explicar la política comercial realizada

4.4 . Precios pagados a los productores durante los cuatro últimos años ( formulario B 5 )

4.5 . Zona de recogida de los productos agrícolas

4.5.1 . - delimitación geográfica ( ver apartado 4.2.2 ) , descripción con mapa

4.5.2 . - descripción de las estructuras de producción ( suficientemente detallada para permitir un juicio sobre el proyecto )

4.5.3 . - producción total de los productos de que se trate ( en su caso , distribución estacional ) para los tres últimos años y evolución prevista para el futuro

4.6 . Forma en la que los productores del producto de base participarán en las ventajas económicas de la realización del proyecto . Adjuntar todos los documentos relacionados , por ejemplo : copias de contratos o de otros compromisos de entrega ( artículo 9 )

5 . Proyecto

5.1 . Descripción general de las instalaciones previstas y de su utilización técnica , así como de las necesidades a las que respondan ; indicación de las horas de trabajo previstas . En su caso , descripción de las demás inversiones previstas si el proyecto fuere parte de un conjunto

5.2 . Localización geográfica ( indicarlo en el mapa a que se refiere el apartado 4.5 )

5.3 . Descripción técnica detallada de los trabajos previstos ( acompañar

planos , diferenciar los edificios existentes y los que se vayan a construir )

5.4 . Presupuesto estimativo de los costes totales de los trabajos ( indicar las bases de cálculo y la fecha de las estimaciones ) ( resumir en los formularios B 6 y B 7 )

- para las construcciones : presupuesto detallado

- para el material y el equipo , las inversiones deberán estar respaldadas por ofertas

- resumir los costes en un cuadro de síntesis que precise para cada uno , en lo posible , los datos técnicos cuantificados ( m2 , hl , potencia , capacidad , etc. )

6 . Indicaciones financieras

6.1 . Cumplimentar el formulario B 8

6.2 . Escalonamiento deseado en el pago de la contribución solicitada

6.3 . Rentabilidad ( cumplimentar los formularios B 9 y B 10 )

7 . Datos especiales para determinados tipos de proyectos

7.1 . Cuando el sector de que se trate presente disposiciones comunitarias especiales ( por ejemplo , disposiciones comunitarias en materia de higiene en el sector de la carne ) , mencionar asimismo en qué medida se ajusta a dichas disposiciones el proyecto

7.2 . Equipo de recolección :

Si se prevén inversiones de este tipo :

- adjuntar un plan de financiación aparte para la compra de los equipos

- aportar elementos que permitan comprobar que :

- los equipos son indispensables para la consecución del objetivo del proyecto ; confirmar , en particular , que los productores no pueden acceder o disponer , en la actualidad , de equipos iguales o comparables

- se trata de la primera adquisición de equipos de este tipo

- la adquisición supone ventajas económicas para los productores de los productos de base

- precisar si el beneficiario se convierte en propietario de las instalaciones y si seguirá siéndolo

B 1 - BALANCES RESUMIDOS

A . Empresa ...

B . Grupo ...

I . Cuentas destinadas a Hacienda ...

II . Otras cuentas ...

Cierre del ejercicio financiero el mes de ...

ACTIVO

19 ... 19 ... 19 ...

1.0 . Gastos de establecimiento ... ... ...

Inmovilizados intangibles ... ... ...

Terrenos y construcciones , valor contable , I/R ... ... ...

Instalaciones , utillaje y equipo , valor contable ... ... ...

Otros valores inmovilizados ... ... ...

1.1 . Total inmovilizado ... ... ...

Existencias y trabajos en curso ... ... ...

Clientes ... ... ...

Otros deudores , cantidades a cuenta pagada y cuentas de regularización de activo ... ... ...

Valores mobiliarios y disponibles ... ... ...

1.2 . Total activo circulante ... ... ...

1.3 . Total activo ( 1.0 + 1.1 + 1.2 ) ... ... ...

PASIVO

Capital desembolsado ... ... ...

Reservas no distribuibles ... ... ...

Reservas libres ... ... ...

Pérdidas y ganancias :

saldo a cuenta nueva ( ± ) ... ... ...

cuenta del ejercicio ( ± ) ... ... ...

1.4 . Total capital y reservas ... ... ...

1.5 . Provisiones para riesgos y cargas ... ... ...

Proveedores ... ... ...

Bancos y entidades de crédito ... ... ...

Otras deudas a más de un año ... ... ...

1.6 . Total pasivo exigible a medio y largo plazo ... ... ...

Proveedores ... ... ...

Bancos y entidades de crédito ... ... ...

Otros acreedores , cantidades a cuenta recibidas y cuentas de regularización de pasivo ... ... ...

1.7 . Total pasivo exigible a corto plazo ... ... ...

1.8 . Total pasivo ( 1.4 + 1.5 + 1.6 + 1.7 = 1.3 ) ... ... ...

Datos suplementarios

Terrenos y construcciones : coste inicial , coste de reposición o valor garantizado (1) ( ... ) ( ... ) ( ... )

Instalaciones , utillajes y equipo : coste inicial , coste de reposición o valor garantizado (1) ( ... ) ( ... ) ( ... )

Capital no desembolsado/garantías dadas por los miembros de cooperativas ( ... ) ( ... ) ( ... )

Avales , fianzas y garantías dadas por la empresa a terceros ( ... ) ( ... ) ( ... )

B 1 - Balances resumidos

[ a ) , b ) , c ) , d ) y e ) se aplicarán asimismo a B 2 ]

a ) Cada beneficiario o , en caso de creación de una nueva empresa , cada socio de la nueva empresa que posea el 20 % o más de las participaciones , deberá facilitar los cuadros B 1 y B 2 resumiendo su balance y sus cuentas de explotación y de pérdidas y ganancias .

b ) Si el beneficiario formare parte de un grupo de empresas , cumplimentar asimismo B 1 y B 2 para el conjunto del grupo y acompañar una copia del balance consolidado del grupo correspondiente a los tres últimos ejercicios .

Marcar las casillas que encabezan el formulario según se trate de una empresa ( A ) o de un grupo de empresas ( B ) ( balances consolidados ) .

c ) Cumplimentar el cuadro de forma que las cifras del año más reciente ( último ejercicio contable completamente transcurrido en el momento de la presentación de la solicitud ) figuren en la columna de la derecha . Deberán

cumplimentarse todas las líneas , aún cuando el valor correspondiente sea nulo ( indicarlo con un guión o con un cero ) .

Indicar el mes de cierre del ejercicio financiero en el espacio reservado para ello encima de las columnas . Si las cuentas del último ejercicio fueren provisionales , indicarlo en la parte inferior de la página y remitir lo antes posible el balance completo definitivo , en su caso verificado , con un nuevo formulario B 1 actualizado . Si , durante los tres ejercicios considerados , el período contable hubiere sido inferior o superior a 12 meses , indicarlo en la parte inferior de la página especificando la duración del mismo .

d ) Servirán de base al cuadro las cuentas definitivas y , en su caso , verificadas de los tres últimos ejercicios . Marcar las casillas del encabezamiento del formulario según se trate de cuentas destinadas a Hacienda ( I ) , otras cuentas ( II ) o cuentas que cumplan varias funciones ( I y II ) . En el caso ( II ) , precisar en la parte inferior de la página la naturaleza de dichas cuentas .

e ) El formulario B 1 , para cada uno de los tres años de que se trate , irá acompañado de un ejemplar de las cuentas anuales que incluirá el balance , la cuenta de pérdidas y ganancias y las notas correspondientes .

1.0 . Gastos de establecimiento , si la ley nacional permitiere su inclusión en el activo y se hubieren utilizado en las cuentas adjuntas .

1.1 . Inmovilizado intangible : valor contable de las concesiones , licencias , patentes , marcas , fondos de comercio y gastos de investigación y desarrollo , si la ley nacional lo permitiere .

Terrenos y construcciones : valor contable neto tras deducir las amortizaciones y las provisiones para depreciación . Indicar si dicho valor se basa en los costes iniciales ( I ) ( total de los costes de adquisición y de construcción del inmovilizado en función de su valor de adquisición ) o en el coste de reposición ( R ) , tachando la mención que no proceda .

Otros valores inmovilizados :

comprenden :

1 . las participaciones en empresas vinculadas ;

2 . los títulos de participación ( inversiones financieras ) ;

3 . los valores considerados como inmovilizado .

1.2 . Valores mobiliarios : comprenden asimismo las acciones propias .

1.4 . Capital desembolsado : valor contable del capital social desembolsado .

Pérdidas y ganancias : contar negativamente en caso de pérdidas .

1.6 . Pasivo exigible a medio y a largo plazo : deudas a más de un año .

Datos complementarios

Valor garantizado : importe cubierto por el seguro contra incendios .

(1) Tachar las menciones que no procedan .

B 2 - CUENTAS DE EXPLOTACION Y DE PERDIDAS Y GANANCIAS RESUMIDAS

A . Empresa ...

B . Grupo ...

I . Cuentas destinadas a Hacienda ...

II . Otras cuentas ...

Cierre del ejercicio financiero el mes de ...

19 ... 19 ... 19 ...

2.1.1 . Cifra de negocios neta = ... ... ...

2.1.2 . Trabajos efectuados por la empresa para ella misma + ... ... ...

2.1.3 . Otros productos de explotación + ... ... ...

2.2 . Total producción = ... ... ...

2.3 . Gastos de materias primas y consumibles - ... ... ...

2.4 . Valor añadido bruto = ... ... ...

2.5.1 . Gastos de personal I (1) - ... ... ...

2.5.2 . Gastos de personal II (2) - ... ... ...

2.5.3 . Otros gastos de explotación - ... ... ...

2.6 . Resultado bruto de explotación antes de correcciones de valor = ... ... ...

2.7.1 . Dotación para amortizaciones , construcciones , I/R - ... ... ...

2.7.2 . Dotaciones para amortizaciones , instalaciones , utillaje y equipo - ... ... ...

2.7.3 . Dotaciones para amortizaciones y provisiones , inmobilizado inmaterial y otros valores inmobilizados - ... ... ...

2.8 . Resultado bruto de explotación después de correcciones de valor = ... ... ...

2.9 . Productos financieros + ... ... ...

2.10 . Gastos financieros - ... ... ...

2.11 . Pérdidas y ganancias excepcionales y de ejercicios anteriores ± ... ... ...

2.12 . Resultados antes de impuestos = ... ... ...

2.13 . Impuestos sobre los beneficios - ... ... ...

2.14 . Resultados después de impuestos = ... ... ...

B 2 - Cuentas de explotación y de pérdidas y ganancias resumidas

( Instrucciones generales : ver letras a ) , b ) , c ) , d ) y e ) de las notas explicativas relativas a B 1 )

2.1.1 . El importe neto del volumen de negocios , incluidos los ingresos procedentes de las ventas de productos , de mercancías y de servicios correspondientes a operaciones habituales de la sociedad , habida cuenta de todas las rebajas y descuentos aplicados a dichas ventas , del impuesto sobre el valor añadido y de los demás impuestos directamente vinculados al volumen de negocios y de la variación de las existencias de productos terminados o en curso .

Nota bene

No deducir los costes de distribución y de comercialización .

2.1.2 . Trabajos efectuados por la empresa para ella misma que representen un valor añadido al inmovilizado .

2.1.3 . Todos los productos que no sean los mencionados anteriormente y que procedan de la explotación de la empresa , así como las rentas y los cánones .

2.3 . Tener en cuenta la variación de las existencias de materias primas y consumibles .

2.5.3 . Se incluyen todos los gastos distintos de los mencionados anteriormente y relacionados directamente con la explotación .

Nota bene

Los intereses y dotaciones para amortizaciones y para provisiones no deberán figurar en esta partida .

2.7.1 . Indicar , tachando la mención que no proceda , si la base del cálculo es el coste inicial ( I ) o el coste de reposición ( R ) .

2.9 . Se incluyen en particular , los intereses y productos de los títulos de participación .

2.11 . Acompañar una hoja detallando las partidas significativas .

(1) Total de sueldos de todos los empleados ( salvo administradores ) .

(2) Total de sueldos y retribuciones de los administradores , accionistas y miembros del Consejo de administración .

B 3 - PRODUCTOS UTILIZADOS ANTES Y DESPUES DE INVERSION

Productos A Conjunto de la empresa B Parte afectada por la inversión

Años anteriores a la presentación de la solicitud Años posteriores a la realización de la inversión 3 ° año después de la realización de la inversión

- 2 - 1 + 1 + 2 + 3

3.1.1 . ... volumen ( ... ) ... ... ... ... ... ...

3.1.2 . ... valor ( ... ) ... ... ... ... ... ...

3.2.1 . ... volumen ( ... ) ... ... ... ... ... ...

3.2.2 . ... valor ( ... ) ... ... ... ... ... ...

3.3.1 . ... volumen ( ... ) ... ... ... ... ... ...

3.3.2 . ... valor ( ... ) ... ... ... ... ... ...

3.4.1 . ... volumen ( ... ) ... ... ... ... ... ...

3.4.2 . ... valor ( ... ) ... ... ... ... ... ...

3.5.1 . ... volumen ( ... ) ... ... ... ... ... ...

3.5.2 . ... valor ( ... ) ... ... ... ... ... ...

B 3 - Productos utilizados antes y después de la inversión

Si la actividad del beneficiario comprendiere varias unidades o filiales , indicar los datos de la columna A por separado , para toda la empresa y para la unidad o la filial en que se vayan a realizar las inversiones previstas por el proyecto . Para los tres primeros ejercicios posteriores a la realización del proyecto , a precios constantes ( no tener en cuenta la inflación ) . Unicamente deben figurar en este cuadro los productos agrícolas , hortícolas y de pesca de que se trate . En principio , mencionar únicamente los que representen más del 15 % del volumen o del valor total , y , en cualquier caso , por lo menos los cinco productos más importantes .

En la columna A deberán figurar las cantidades y valores de los productos utilizados en el conjunto de la empresa y en la columna B únicamente las cantidades y valores de los productos utilizados en la inversión .

Cuando sea posible , indicar la cantidad en toneladas ; por ejemplo , en toneladas de peso muerto ( y no por cabeza ) para los animales sacrificados . Los productos que normalmente no se vendan por peso se expresarán preferentemente en la unidad comercial habitual ( que deberá precisarse ) . Para cada producto afectado , indicar en los paréntesis « cantidad » y « valor » las unidades de medida utilizadas : toneladas , unidades , miles de piezas , hectolitros , etc. , y francos , miles de francos , etc.

B 4 - PRODUCTOS TRANSFORMADOS/COMERCIALIZADOS ANTES Y DESPUES DE INVERSION

Productos A Conjunto de la empresa B Parte afectada por la inversión

Años anteriores a la presentación de la solicitud Años posteriores a la inversión 3 ° año después de la realización de la inversión

- 2 - 1 + 1 + 2 + 3

4.1.1 . ... volumen ( ... ) ... ... ... ... ... ...

4.1.2 . ... valor ( ... ) ... ... ... ... ... ...

4.2.1 . ... volumen ( ... ) ... ... ... ... ... ...

4.2.2 . ... valor ( ... ) ... ... ... ... ... ...

4.3.1 . ... volumen ( ... ) ... ... ... ... ... ...

4.3.2 . ... valor ( ... ) ... ... ... ... ... ...

4.4.1 . ... volumen ( ... ) ... ... ... ... ... ...

4.4.2 . ... valor ( ... ) ... ... ... ... ... ...

4.5.1 . ... volumen ( ... ) ... ... ... ... ... ...

4.5.2 . ... valor ( ... ) ... ... ... ... ... ...

B 4 - Productos transformados/comercializados antes y después de la inversión

Si la actividad del beneficiario comprendiere varias unidades o filiales , indicar los datos de la columna A por separado , para toda la empresa y para la unidad o la filial en que se vayan a realizar las inversiones previstas por el proyecto .

Para los tres primeros ejercicios posteriores a la realización del proyecto , a precios constantes ( no tener en cuenta la inflación ) .

Unicamente deberán figurar en este cuadro los productos que se vayan a transformar y comercializar en el marco de la inversión . En el caso de las empresas de servicios ( por ejemplo : subastas ) , se tratará de los productos que pasen por la empresa . En principio , mencionar únicamente los que representen más del 15 % del volumen o del valor total , y , en cualquier caso , por lo menos los cinco productos más importantes .

En la columna A deberán figurar las cantidades de productos transformados o comercializados en el conjunto de la empresa y en la columna B únicamente las cantidades y valores de los productos transformados o comercializados en el marco de la inversión .

Cuando sea posible , indicar la cantidad en toneladas , por ejemplo , en toneladas de peso muerto ( y no por cabeza ) para los animales sacrificados . Los productos que normalmente no se vendan por peso se expresarán preferentemente en la unidad comercial habitual , que deberá precisarse . Para cada producto afectado , indicar en los paréntesis « volumen » y « valor » las unidades de medida utilizadas : toneladas , piezas , miles de piezas , hectolitros , etc. , y francos , miles de francos , etc.

Todas las cifras deberán expresarse de acuerdo con los usos comerciales del sector de que se trate . Indicar , en particular , a pie de página si el valor mencionado incluye o no los envases comerciales .

B 5 - PRECIOS PAGADOS A LOS PRODUCTORES DURANTE LOS CUATRO ULTIMOS AÑOS

A Producto B Presentación C Calidad D % E Unidad F

19 ... 19 ... 19 ... 19 ...

5.1 . ... ... ... ... ... ... ... ... ...

5.2 . ... ... ... ... ... ... ... ... ...

5.3 . ... ... ... ... ... ... ... ... ...

5.4 . ... ... ... ... ... ... ... ... ...

5.5 . ... ... ... ... ... ... ... ... ...

B 5 - Precios pagados a los productores durante los cuatro últimos años

A . En este cuadro deberán figurar todos los productos mencionados en B 3 , siempre que la empresa esté en relación directa con los productores de los mismos .

B . a D . Estos datos únicamente se facilitarán en la medida en que sirvan de criterio para la fijación de los precios .

B . Presentación de los productos vegetales , categoría de peso para los bovinos , porcinos , huevos , etc .

C . Normas/clases de calidad reconocidas oficialmente por la Comunidad ( en su defecto , por los Estados miembros ) . En caso de proyectos vitivinícolas , describir además el sistema utilizado para clasificar y evaluar la materia prima en función de la calidad ( por ejemplo : grado Oechsle ) .

D . Contenido , en porcentaje . Por ejemplo , contenido en materias grasas o en proteínas de la leche , en alcohol del vino , en agua de los cereales , etc .

E . Precisar si se trata de precio por kilogramo , por litro , por pieza , etc .

F . Indicar los precios pagados a los productores durante los cuatro últimos años ( los del año más reciente deberán figurar en la última columna ) , en moneda nacional , en forma de media anual ponderada .

Se trata de los precios pagados en el momento de la entrega a la empresa , sin el impuesto sobre el valor añadido . Tener en cuenta los costes de recogida , en caso de que ésta corra a cargo de la empresa .

Este cuadro se aplicará también a las empresas de servicios ( por ejemplo : subastas ) . En tal caso , deducir del precio el importe de las comisiones percibidas .

B 6 - INVERSION

Fecha de elaboración del presupuesto : ...

6.1 . Compra de terrenos ...

6.2 . Trabajos de sistema viario y de movimiento de tierra

6.2.1 . Espacios verdes ...

6.3 . Construcciones

6.3.1 . Construcciones de recepción y de expedición ...

6.3.2 . Construcciones de transformación y de envasado ...

6.3.3 . Construcciones de refrigeración ...

6.3.4 . Construcciones de almacenamiento ...

6.3.5 . Construcciones de servicios ...

6.3.6 . Oficinas locales para el personal ...

6.3.7 . Alojamientos ...

6.3.8 . Otras construcciones ...

Total construcciones ...

6.4 . Instalaciones y equipo

6.4.1 . Instalaciones y equipo de transformación y de envasado ...

6.4.2 . Instalaciones y equipo de congelación y de refrigeración ...

6.4.3 . Instalaciones y equipo de transporte interno ...

6.4.4 . Instalaciones y equipo de transporte externo ...

6.4.5 . Instalaciones y equipo de servicios ...

6.4.6 . Instalaciones y equipo de protección del entorno ...

6.4.7.1 . Equipo de oficinas ...

6.4.7.2 . Equipo de locales reservados al personal ...

6.4.8 . Equipo de recolección ...

6.4.9 . Otros equipos y utillajes ...

Total instalaciones y equipo ...

6.5 . Otras inversiones ...

6.6 . Total parcial ...

6.7 . Honorarios y gastos generales ...

6.8 . Imprevistos ...

6.9 . Actualización ...

6.10 . Total ...

Se recuerda que el presupuesto debe elaborarse en función de los plazos previstos para la realización de los trabajos .

B 6 - Inversión

Acompañar los documentos justificativos .

Indicar en el encabezamiento la fecha de los cálculos . Todas las cifras se darán sin contar el IVA recuperable .

Cuando el beneficiario realice inversiones distintas de las mencionadas en la solicitud de contribución , precisar a pie de página o en una hoja suplementaria sus costes totales ( incluido el aumento del capital circulante neto - activo circulante menos pasivo exigible a corto plazo - por años de ejecución de los trabajos ) , así como la naturaleza y la capacidad de dichas inversiones .

Si las partidas n º 6.3.1 a 6.3.8 no pudieren individualizarse , explicar el porqué en una hoja separada .

6.1 . Indicar si el beneficiario no es propietario del terreno sobre el que se realizará el proyecto . En tal caso , indicar la relación con el propietario y adjuntar los documentos correspondientes ( contrato de arrendamiento , etc. ) .

6.2 . Por ejemplo , trabajos de drenaje , cercas , construcción de vías de acceso , de enlaces ferroviarios , de áreas de estacionamiento y de patios .

6.3.4 . Todos los demás locales de almacenamiento , incluidos los destinados a las materias primas y auxiliares .

6.3.5 . Se incluyen los edificios y los locales necesarios para la calefacción , energía , agua y circulación de aire , etc .

6.3.7 . Consignar los detalles completos en hoja aparte cuando no figuren en el presupuesto .

6.4.3 . Por ejemplo , carretillas elevadoras de horquilla , otras carretillas , transportadores mecánicos , cintas transportadoras , etc. , que no sean parte de una cadena de transformación .

6.4.4 . Consignar en hoja aparte los detalles relativos al parque automovilístico , en particular el número y la naturaleza de los vehículos antes y después de la inversión .

6.4.5 . Se incluyen las instalaciones y equipos necesarios para la calefacción , energía , salas de mando , etc .

6.4.6 . Instalaciones de tratamiento de eluidos y de depuración cuando no figuren en el presupuesto .

6.4.7 . Consignar los detalles completos en una hoja separada cuando no figuren en el presupuesto .

6.5 . Todas las demás inversiones no referidas en las secciones anteriormente mencionadas . Consignar los detalles en una hoja separada .

6.9 . Tener únicamente en cuenta la inflación en esta partida ( excluirla de los importes de todas las demás partidas ) .

B 7 - COSTES UNITARIOS DE LA INVERSION

A B C D E ( = D/C )

Unidades de producción Número de unidades Capacidad total Unidad de capacidad Costes totales Costes por unidad de capacidad

7.1 . (1) ... ... ... ... ... ...

7.2 . ... ... ... ... ... ...

7.3 . ... ... ... ... ... ...

7.4 . ... ... ... ... ... ...

7.5 . ... ... ... ... ... ...

(1) Añadir tantas líneas como sea necesario .

B 7 - Costes unitarios de la inversión

En la primera columna del cuadro ( A ) figurarán las unidades de producción de la inversión , respecto de las cuales se evaluará la capacidad y el importe invertido .

Nota bene

No basta con mencionar , por ejemplo , matadero . Deberán precisarse el coste y la capacidad de sacrificio , de despiece , de refrigeración , etc .

Este cuadro sólo se cumplimentará para las unidades de producción individualizadas y completas y no , por ejemplo , para la racionalización de una unidad existente .

Los gastos generales ( oficinas , sistema viario , etc. ) no se tendrán en cuenta .

En su caso , indicar las bases de cálculo .

Nota bene

Este formulario no se refiere a las inversiones que estén exclusivamente relacionadas con la comercialización .

B 8 - PLAN DE FINANCIACION DEL PROYECTO

8.1 . Aportación del beneficiario ...

Correspondiente a :

8.1.1 . Recursos propios ...

8.1.2 . Préstamos ...

8.1.3 . Prestaciones en especie y trabajos por cuenta propia ...

8.2 . Aportación de capital del Estado miembro ...

8.3 . Otras contribuciones ...

8.4 . Contribuciones solicitadas al FEOGA ...

8.5 . Financiación total = importe total de las inversiones ...

El beneficiario se compromete a cubrir con sus medios propios la posible diferencia entre la contribución solicitada y la concedida por el FEOGA y el Estado miembro .

Fecha : ...

Firma : ...

B 8 - Plan de financiación del proyecto

Este plan de financiación deberá cubrir todas las inversiones para las que se haya solicitado una contribución .

El punto 8.5 corresponderá alimporte indicado en el Anexo A .

Adjuntar las confirmaciones de las entidades que concedan los préstamos . Dichas confirmaciones deberán indicar el importe y las condiciones .

B 9 - CUENTAS DE EXPLOTACION Y DE PERDIDAS Y GANANCIAS PREVISTAS POR LA INVERSION

Cierre del ejercicio del mes de ...

Año de explotación :

1 º 2 º 3 º

19 ... 19 ... 19 ...

9.1.1 . Volumen de negocios neto ... ... ...

9.1.2 . Trabajos efectuados por la empresa para ella misma + ... ... ...

9.1.3 . Otros productos de explotación + ... ... ...

9.2 . Total producción = ... ... ...

9.3 . Otros gastos de materias primas y consumibles - ... ... ...

9.4 . Valor añadido bruto = ... ... ...

9.5.1 . Gastos de personal I (1) - ... ... ...

9.5.2 . Gastos de personal II (2) - ... ... ...

9.5.3 . Otros gastos de explotación - ... ... ...

9.6 . Resultado bruto de explotación antes de correcciones de valor = ... ... ...

9.7.1 . Dotaciones para amortizaciones , construcciones , I/R - ... ... ...

9.7.2 . Dotaciones para amortizaciones , instalaciones , utillaje y equipo - ... ... ...

9.7.3 . Dotaciones para amortizaciones y para provisiones , inmovilizado intangible y otros valores inmovilizados - ... ... ...

9.8 . Resultado bruto de explotación después de correcciones de valor = ... ... ...

9.9 . Productos financieros + ... ... ...

9.10 . Gastos financieros - ... ... ...

9.11 . Pérdidas y ganancias excepcionales ± ... ... ...

9.12 . Resultados antes de impuestos = ... ... ...

B 9 - Cuentas de explotación y de pérdidas y ganancias previstas por la inversión

Cumplimentar las columnas de izquierda a derecha , comenzando por el primer ejercicio después de la realización de la inversión . Para los tres primeros ejercicios posteriores a la realización del proyecto , en precios constantes ( no tener en cuenta la inflación ) .

Cumplimentar el formulario de acuerdo con las notas explicativas de B 2 .

En caso de establecimiento de una nueva empresa , indicar en la parte inferior de la página la duración previsible de utilización de las inversiones ( separando , en su caso , las categorías de inversión ) .

En caso de racionalización de unidades de producción ya existentes , la inversión tendrá lugar a escala de la explotación propiamente dicha mediante disminución o incremento de los gastos y de los productos . Se tratará , entonces , de poner de manifiesto los efectos de la inversión sobre toda la empresa en forma de beneficios ( partidas positivas ) o de pérdidas (

partidas negativas ) suplementarios . Así , un incremento del valor de las ventas se contabilizará positivamente , al igual que una reducción de los gastos de personal , en tanto que un incremento de dichos gastos se contabilizará negativamente , etc . Se llegará así a un excedente/déficit de explotación determinado por la propia inversión .

Cumplimentar a continuación el formulario , anteponiendo a cada importe el signo ( + ) o ( - ) , según proceda ( no tener en cuenta la inflación ) .

B 10 - CUENTAS DE EXPLOTACION Y DE PERDIDAS Y GANANCIAS PROVISIONALES DEL CONJUNTO DE LA EMPRESA

Cierre del ejercicio del mes de ...

Año de explotación :

1 º 2 º 3 º

19 ... 19 ... 19 ...

10.1.1 . Volumen de negocios neto ... ... ...

10.1.2 . Trabajos efectuados por la empresa para ella misma + ... ... ...

10.1.3 . Otros productos de explotación + ... ... ...

10.2 . Total producción = ... ... ...

10.3 . Gastos de materias primas y consumibles - ... ... ...

10.4 . Valor añadido bruto = ... ... ...

10.5.1 . Gastos de personal I (1) - ... ... ...

10.5.2 . Gastos de personal II (2) - ... ... ...

10.5.3 . Otros gastos de explotación - ... ... ...

10.6 . Resultado bruto de explotación antes de correcciones de valor = ... ... ...

10.7.1 . Dotaciones para amortizaciones , construcciones , I/R - ... ... ...

10.7.2 . Dotaciones para amortizaciones , instalaciones , utillaje y equipo - ... ... ...

10.7.3 . Dotaciones para amortizaciones y para provisiones , inmovilizado intangible y otros valores inmovilizados - ... ... ...

10.8 . Resultado bruto de explotación después de correcciones de valor = ... ... ...

10.9 . Productos financieros - ... ... ...

10.10 . Gastos financieros - ... ... ...

10.11 . Pérdidas y ganancias excepcionales y sobre ejercicios anteriores ± ... ... ...

10.12 . Resultado antes de impuestos = ... ... ...

10.13 . Impuestos sobre los beneficios - ... ... ...

10.14 . Resultado después de impuestos = ... ... ...

B 10 - Cuentas de explotación y de pérdidas y ganancias provisionales de toda la empresa

Véanse las notas explicativas de B 2 .

Cumplimentar sólo para los tres primeros ejercicios después de la realización del proyecto , a precios constantes ( no tener en cuenta la inflación ) :

Este formulario constituye una previsión establecida en función de los datos disponibles durante la redacción de la solicitud .

Es evidente que esta estimación , por muy elaborada que sea , sólo tiene un carácter relativo y constituye únicamente una aproximación al desarrollo

previsible de la empresa .

(1) Total de los sueldos de todos los empleados ( salvo administradores ) .

(2) Total de los sueldos y retribuciones de los administradores , accionistas y miembros del consejo de administración .

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1019 de la Comisión, de 7 de mayo de 2026, relativo a la autorización del ácido guanidinoacético y de un preparado de ácido guanidinoacético como aditivos para piensos destinados a pollos de engorde, pollos criados para puesta, pollos criados para reproducción, pavos de engorde y pavos criados para reproducción (titular de la autorización: Evonik Operations GmbH).

Reglamento 08/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida