REGLAMENTO ( CEE ) N º 2387/71 DEL CONSEJO
EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , sus artículos 113 y 114 ,
Vista la Recomendación de la Comisión ,
Considerando que es conveniente celebrar el Acuerdo comercial entre la Comunidad Económica Europea y la República Argentina ;
Considerando que , es conveniente designar a los representantes de la Comunidad en el seno de la Comisión mixta creada por el Acuerdo ;
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :
Artículo 1
Queda celebrado en nombre de la Comunidad el Acuerdo comercial entre la Comunidad Económica Europea y la República Argentina , cuyo texto se adjunta al presente Reglamento .
Artículo 2
Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a las personas facultadas para firmar el Acuerdo y para conferirles los poderes necesarios a fin de obligar a la Comunidad .
Artículo 3
La Comunidad estará representada en el seno de la Comisión mixta , prevista en el artículo 5 del Acuerdo , por la Comisión , asistida por los representantes de los Estados miembros .
Artículo 4
El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .
Hecho en Bruselas , el 8 de noviembre de 1971 .
Por el Consejo
El Presidente
A. MORO