Reglamento (CEE) nº 2369/91 de la Comisión, de 2 de agosto de 1991, por el que se modifican el Reglamento (CEE) nº 859/89 relativo a las normas de aplicación de las medidas de intervención en el sector de la carne de vacuno y el Reglamento (CEE) nº 1688/91 por el que se establece una excepción al plazo de presentación de ofertas establecido en el Reglamento (CEE) nº 859/89.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1991-81127
Número oficial:
DOUE-L-1991-81127
Publicación:
03/08/1991
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 805/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de vacuno (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1628/91 (2), y, en particular, el apartado 8 de su artículo 6,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 859/89 de la Comisión, de 29 de marzo de 1989, relativo a las normas de aplicación de las medidas de intervención en el sector de la carne de vacuno (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1792/91 (4), establece, en particular, las disposiciones generales relativas a la intervención; que, para facilitar la gestión del régimen de intervención, es oportuno adelantar un día el plazo para la presentación de las ofertas; que, por consiguiente, resulta oportuno modificar el plazo para la entrega de los productos y el Reglamento (CEE) no 1688/91 de la Comisión, de 17 de junio de 1991, por el que se establece una excepción al plazo de presentación de ofertas establecido en el Reglamento (CEE) no 859/89 (5);

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne de vacuno,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

1. El Reglamento (CEE) no 859/89 se modifica como sigue:

a) En el artículo 8, el término « miércoles » se sustituye por el de « martes »,

b) En el apartado 2 del artículo 13, el término « 16 » es sustituido por el de « 17 ».

2. El artículo 1 del Reglamento (CEE) no 1688/91 se modifica como sigue: el término « miércoles » se sustituye por el de « martes ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 6 de agosto de 1991.

Será aplicable a partir de la primera licitación del mes de agosto. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 2 de agosto de 1991. Por la Comisión

Ray MAC SHARRY

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 148 de 28. 6. 1968, p. 24. (2) DO no L 150 de 15. 6. 1991, p. 16. (3) DO no L 91 de 4. 4. 1989, p. 5. (4) DO no L 160 de 25. 6. 1991, p. 31. (5) DO no L 156 de 20. 6. 1991, p. 5.

Leyes relacionadas

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