Reglamento (CEE) nº 2264/69 de la Comisión, de 13 de noviembre de 1969, relativo a las solicitudes de reembolso de las ayudas concedidas por los Estados miembros a las organizaciones de productores de frutas y hortalizas.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1969-80088
Número oficial:
DOUE-L-1969-80088
Publicación:
15/11/1969
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea ,

Visto el Reglamento n 159/66 del Consejo , de 25 de octubre de 1966 , por el que se establecen disposiciones complementarias para la organizacion comun de mercados en el sector de las frutas y hortalizas (1) ,

Visto el Reglamento ( CEE ) n 449/60 del Consejo de 11 de marzo de 1969 relativo al reembolso de las ayudas concedidas por los Estados miembros a las organizaciones de productores de frutas y hortalizas (2) y , en particular , el apartado 3 de su articulo 7 ,

Considerando que las solicitudes de reembolso referentes a las ayudas concedidas a las organizaciones de productores de frutas y hortalizas por parte de los Estados miembros que pueden ser reembolsadas por el FEOGA , Seccion " Orientacion " , en un 50 % de su importe , han de incluir determinados datos que los Estados miembros deben presentar de una forma idéntica para facilitar el examen de su conformidad con las disposiciones del Reglamento n 159/66/CEE y del Reglamento ( CEE ) n 449/69 y la adopcion de una decision al respecto ;

Considerando que , si los documentos proporcionados regularmente por los Estados miembros le parecieren insuficientes o su contenido incompleto para controlar el cumplimiento de las condiciones impuestas para la concesion de las ayudas a las organizaciones de productores , la Comision podra solicitar al Estado miembro interesado justificantes o documentos complementarios ;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Fondo ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Articulo 1

1 . Las solicitudes de reembolso extendidas por los Estados miembros con arreglo a lo dispuesto en el articulo 7 del Reglamento ( CEE ) n 449/69 deberan presentarse de acuerdo con los cuadros adjuntos del Anexo I del presente Reglamento .

2 . Para cada organizacion de productores , deberan facilitarse las informaciones requeridas en el Anexo II del presente Reglamento , con objeto de que la Comision pueda decidir sobre el primer reembolso de las ayudas concedidas a dichas organizaciones .

Articulo 2

1 . A instancia de la Comision , el Estado miembro le remitira en el plazo de un mes los justificantes o la copia certificada conforme que obren en su poder , en funcion de los cuales se hayan calculado las ayudas previstas en el apartado 1 del articulo 2 del Reglamento n 159/66/CEE .

2 . Para proceder a un control eficaz de la solicitud de reembolso de las ayudas previstas en el apartado 1 del articulo 2 del Reglamento n 159/66/CEE

, el Estado miembro remitira a la Comision , a instancia de esta ultima y dentro del plazo establecido , todos los justificantes o documentos que no estén previstos en el apartado 1 y que puedan resultar importantes para el calculo de la ayuda anteriormente mencionada .

El presente Reglamento sera obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 13 de noviembre de 1969 .

Por la Comision

El Presidente

Jean REY

(1) DO n 192 de 27 . 10 . 1966 , p. 3286/66 .

(2) DO n L 61 de 12 . 3 . 1969 , p. 2 .

ANEXO I

A . SOLICITUD DE REEMBOLSO DE ACUERDO CON EL APARTADO 3 DEL ARTICULO 12 DEL REGLAMENTO N 159/66/CEE

Ayuda concedida con cargo al ... ano siguiente a la fecha de constitucion de las organizaciones de productores

Numero de orden Organizacion de productores Importe de la ayuda concedida segun el apartado 1 del articulo 2 del Reglamento n 159/66/CEE Importe que debe reembolsarse

B.1 . CUADRO RECAPITULATIVO RELATIVO A LA AYUDA CONCEDIDA A LAS ORGANIZACIONES DE PRODUCTORES

Estado miembro ...

- Numero de orden (1) : ...

- Organizacion de productores ( nombre y direccion ) : ...

- Fecha de constitucion segun el apartado 1 del articulo 2 del Reglamento ( CEE ) n 449/69 ...

- Ayuda concedida con cargo al ... ano siguiente a la fecha de constitucion de la organizacion de productores .

Cuadro n Producto Valor medio de la produccion comercializada Importe de la ayuda concedida de acuerdo con el apartado 1 del articulo 2 del Reglamento n 159/66/CEE Observaciones

Total de la ayuda concedida

Importe que ha de reembolsarse

- La organizacion anteriormente indicada ofrece garantias suficientes en cuanto a la duracion y eficacia de su accion .

- El valor medio de la produccion comercializada se ha calculado de acuerdo con las disposiciones del Reglamento ( CEE ) n 449/69 .

B.2 . CUADRO RELATIVO A LA AYUDA CONCEDIDA A LAS ORGANIZACIONES DE PRODUCTORES

Estado miembro : ...

Debera extenderse , en su caso , para cada producto comercializado por una organizacion de productores .

Organizacion de productores : ...

Producto (1) : ...

Importe de la ayuda : ...

Fecha de concesion de la ayuda : ...

Ayuda concedida con cargo al ... ano siguiente a la fecha de constitucion de

la organizacion de productores .

Calculo de la ayuda

Numero de asociados de acuerdo con el articulo 3 del Reglamento ( CEE ) n 449/69 Produccion comercializada Precio a nivel de produccion de acuerdo con el articulo 6 Valor medio de acuerdo con el articulo 4

19 ... 19 ... 19 ... Media de 3 anos 19 ... 19 ... 19 ... Media de 3 anos

(1) En este cuadro se considera producto el conjunto de variedades de un mismo producto : por ejemplo , manzanas , peras ...

(1) Numeracion continua .

ANEXO II

Datos facilitados por los Estados miembros referentes a las organizaciones de productores de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 1 del Reglamento n 159/66/CEE

Estado miembro : ...

- Numero de orden (1) : ...

- Organizacion de productores ( nombre y direccion ) : ...

- Se confirma que la fecha de constitucion de acuerdo con el apartado 1 del articulo 2 del Reglamento ( CEE ) n 449/69 es la siguiente : ...

1 . Con que medios cuenta para garantizar la regulacion de los precios en la fase de produccion ?

2 . Cuales son los medios técnicos puestos a disposicion de los productores para el acondicionamiento y la comercializacion de los productos ?

3 . De qué forma esta prevista en los estatutos y como se aplica en la practica la obligacion de entregar toda la produccion de los productores asociados a la organizacion de productores ?

4 . Cuales son , en su caso , las cantidades para las cuales la organizacion de productores autoriza a los productores asociados a que se encarguen ellos mismos de la comercializacion ?

5 . Existen normas de produccion aplicadas por la organizacion de productores ?

6 . Existen normas de comercializacion aplicadas por la organizacion de productores ?

(1) Numeracion continua .

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1051 del Consejo, de 7 de mayo de 2026, por el que se aplica el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 747/2014, relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Sudán.

Reglamento 07/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida