Reglamento (CEE) nº 2108/86 de la Comisión, de 4 de julio de 1986, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 2730/79, por el que se establecen las modalidades comunes de aplicación del régimen de las restituciones a la exportación para los productos agrícolas.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1986-81015
Número oficial:
DOUE-L-1986-81015
Publicación:
05/07/1986
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 426/86 del Consejo, de 24 de febrero de 1986, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos transformados a base de frutas y hortalizas (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1838/86 (2), y, en particular, el apartado 5 de su artículo 11,

Considerando que el apartado 3 del artículo 13 del Reglamento (CEE) no 2730/79 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3826/85 (4), estableció la lista de las restituciones que se consideraban como fijadas con arreglo a un componente en aplicación del apartado 2 de dicho artículo; que el Reglamento (CEE) no 426/86 ha modificado los componentes utilizados en los productos transformados a base de frutas y hortalizas con adición de azúcar y que dan derecho a la restitución en el momento de la exportación hacia terceros países de los productos considerados; que es preciso tener en cuenta dicha modificación y adaptar en consecuencia el Reglamento (CEE) no 2730/79;

Considerando que las medidas adoptadas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los productos transformados a base de frutas y hortalizas,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El segundo guión del apartado 3 del artículo 13 del Reglamento (CEE) no 2730/79 se sustituirá por el siguiente texto:

« - los azúcares blancos y azúcares brutos de la partida no 17.01 del arancel aduanero común, la glucosa y el jarabe de glucosa de la subpartida 17.02 B I y B II del arancel aduanero común, la isoglucosa de la subpartida 17.02 D I del arancel aduanero común y los jarabes de remolacha y de caña de la subpartida 17.02 D II del arancel aduanero común utilizados en los productos enumerados en la letra b) del apartado 1 del artículo 1 del Reglamento (CEE) no 426/86. »

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de marzo de 1986.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 4 de julio de 1986.

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO no L 49 de 27. 2. 1986, p. 1.

(2) DO no L 159 de 14. 6. 1986, p. 1.

(3) DO no L 317 de 12. 12. 1979, p. 1.

(4) DO no L 371 de 31. 12. 1985, p. 1.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €