Reglamento (CEE) nº 2072/90 del Consejo, de 16 de julio de 1990, por el que se fija, en el sector del lúpulo, el importe de la ayuda a los productores para la cosecha de 1989.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1990-80916
Número oficial:
DOUE-L-1990-80916
Publicación:
21/07/1990
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DELAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 43,

Visto el Reglamento (CEE) no 1696/71 del Consejo, de 26 de julio de 1971, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del lúpulo (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3998/87 (2), y, en particular, el apartado 7 de su artículo 12,

Vista la propuesta de la Comisión (3),

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (4),

Considerando que el artículo 12 del Reglamento (CEE) no 1696/71 prevé la posibilidad de conceder una ayuda a los productores de lúpulo para permitirles obtener unos ingresos justos; que el importe de dicha ayuda se fija por hectárea y se diferencia en función de los grupos de variedades teniendo en cuenta tanto los ingresos medios obtenidos en superficies en plena producción, comparados con los ingresos medios obtenidos en las cosechas anteriores, como la situación del mercado y la evolución de los costes;

Considerando que del examen de los resultados de la cosecha de 1989 resulta que es necesario fijar una ayuda para los grupos de variedades de lúpulo en la Comunidad,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

1. Para la cosecha de 1989, se concederá una ayuda a los productores de lúpulo de la Comunidad para los grupos de variedades enumerados en el Anexo.

2. El importe de la ayuda para cada grupo de variedades se fijará en el nivel indicado en el Anexo.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 16 de julio de 1990.

Por el Consejo

El Presidente

G. DE MICHELIS

(1) DO no L 175 de 4. 8. 1971, p. 1.

(2) DO no L 377 de 31. 12. 1987, p. 40.

(3) DO no C 127 de 23. 5. 1990, p. 15.

(4) DO no C 175 de 16. 7. 1990.

ANEXO

Ayuda concedida a los productores de lúpulo para la cosecha de 1989

1.2 // // // Grupo de variedades // Importe en ecus/hectárea // // // Aromáticas // 340 // Amargas // 390 // Otras // 400 // //

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/339 de la Comisión, de 16 de febrero de 2026, por el que se deroga el Reglamento Delegado (UE) 2022/30.

Reglamento 29/04/2026

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