Reglamento (CEE) nº 2036/84 de la Comisión, de 16 de julio de 1984, por el que se modifica por tercera vez el Reglamento (CEE) nº 1136/79 por el que se establecen las modalidades de aplicación del régimen especial de importación de determinadas carnes de vacuno congeladas destinadas a la transformación.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1984-80390
Número oficial:
DOUE-L-1984-80390
Publicación:
17/07/1984
Departamento:
Comunidades Europeas

REGLAMENTO ( CEE ) N º 2036/84 DE LA COMISION

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Visto el Reglamento ( CEE ) n º 805/68 del Consejo , de 27 de junio de 1968 , por el que se establece una común de mercados en el sector de la carne de bovino (1) , modificado en último lugar por el Acta de adhesión de Grecia y , en particular , en la letra c ) del apartado 4 del artículo 14 ,

Considerando que el Reglamento ( CEE ) n º 1136/79 de la Comisión (2) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 410/84 (3) , ha establecido las modalidades de aplicación del régimen especial de importación de carnes de vacuno congeladas destinadas a la transformación ; que dicho Reglamento define en el apartado 5 de su artículo 2 las condiciones que deben cumplir los productos denominados « conservas » para beneficiarse del régimen especial de importación contemplado en la letra a ) del apartado 1 del artículo 14 del Reglamento ( CEE ) n º 805/68 ;

Considerando que la experiencia práctica de la aplicación del apartado 5 del artículo 2 ha puesto de manifiesto la necesidad de definir de forma más precisa los productos calificados como « conservas » con arreglo a dicho Reglamento ;

Considerando que el Comité de gestión de la carne de bovino no ha emitido dictamen en el plazo fijado por su Presidente ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Artículo 1

Se sustituye el apartado 5 del artículo 2 del Reglamento ( CEE ) n º 1136/79

por el texto siguiente :

« 5 . Se considerarán conservas , con arreglo a la letra a ) del apartado 1 del artículo del Reglamento ( CEE ) n º 805/68 , los productos de la subpartida 16.02 B III b ) 1 bb ) del arancel aduanero común que contengan en peso un 20 % o más de carne de la especie bovina , con excepción de los despojos y de la grasa , y cuyo peso neto total esté constituido , por lo menos hasta una cantidad equivalente a 85 % , por carne de la especie bovina y gelatina .

No obstante , no se considerarán conservas los productos transformados en los establecimientos minoristas o de restauración y expedidos al consumidor final . »

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .

Será aplicable a las conservas fabricadas a partir de productos importados con posterioridad al 30 de septiembre de 1984 .

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 16 de julio de 1984 .

Por la Comisión

Poul DALSAGER

Miembro de la Comisión

(1) DO n º L 148 de 28 . 6 . 1968 , p. 24 .

(2) DO n º L 141 de 9 . 6 . 1979 , p. 10 .

(3) DO n º L 48 de 18 . 2 . 1984 , p. 11 .

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1019 de la Comisión, de 7 de mayo de 2026, relativo a la autorización del ácido guanidinoacético y de un preparado de ácido guanidinoacético como aditivos para piensos destinados a pollos de engorde, pollos criados para puesta, pollos criados para reproducción, pavos de engorde y pavos criados para reproducción (titular de la autorización: Evonik Operations GmbH).

Reglamento 08/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida