Reglamento (CEE) nº 1875/90 del Consejo, de 27 de junio de 1990, que modifica el Reglamento (CEE) nº 4054/89 por el que se Distribuyen, para el año 1990, las cuotas de capturas de la Comunidad en aguas de Groenlandia.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1990-80840
Número oficial:
DOUE-L-1990-80840
Publicación:
04/07/1990
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 170/83 del Consejo, de 25 de enero de 1983, por el que se establece un régimen comunitario de conservación y de gestión de los recursos de la pesca (1), modificado por el Acta de adhesión de España y de Portugal, y, en particular, su artículo 11,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que el Acuerdo en materia pesquera entre la Comunidad Económica Europea, por una parte, y el Gobierno de Dinamarca y el Gobierno local de Groenlandia, por otra (2), y el Protocolo por el que se fijan las condiciones previstas en el Acuerdo en materia pesquera entre la Comunidad Económica Europea, por una parte, y el Gobierno de Dinamarca y el Gobierno

local de Groenlandia, por otra (3), fijan las cuotas de capturas asignadas a la Comunidad en aguas de Groenlandia;

Considerando que el Reglamento (CEE) no 4054/89 (4), modificado por el Reglamento (CEE) no 1371/90 (5), distribuyó para el año 1990 las cuotas de capturas en aguas de Groenlandia;

Considerando que, mediante carta de 23 de marzo de 1990, las autoridades locales de Groenlandia ofrecieron a la Comunidad cuotas suplementarias para 1990;

Considerando que, de acuerdo con los términos del artículo 8 del mencionado Acuerdo, la Comunidad ha aceptado la oferta de Groenlandia consistente en posibilidades de captura de 7 000 toneladas suplementarias de bacalao del stock occidental de Groenlandia;

Considerando que, en virtud del artículo 3 del Reglamento (CEE) no 170/83, corresponde a la Comunidad establecer las condiciones en que dichas cuotas de capturas podrán ser utilizadas por los pescadores de la Comunidad;

Considerando que, para asegurar una gestión eficaz de los recursos disponibles, conviene distribuirlos entre los Estados miembros por medio de cuotas, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CEE) no 170/83;

Considerando que las actividades pesqueras contempladas en el presente Reglamento, están sometidas a las medidas de control establecidas en el Reglamento (CEE) no 2241/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, por el que se establecen determinadas medidas de control respecto a las actividades pesqueras (6), modificado por el Reglamento (CEE) no 3483/88 (7),

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el Anexo del Reglamento (CEE) no 4054/89, las columnas 1 a 4 relativas al bacalao se sustituyen por las siguientes:

1.2.3.4 // // // // // 1 // 2 // 3 // 4 // // // // // Bacalao // NAFO 0/1 // 23 000 // RF de Alemania 17 710 // // // // Reino Unido 5 290 // // CIEM XIV/V // 15 000 // RF de Alemania 13 040 // // // // Reino Unido 1 960 // // // //

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Luxemburgo, el 27 de junio de 1990.

Por el Consejo

El Presidente

J. P. WILSON

(1) DO no L 24 de 27. 1. 1983, p. 1.

(2) DO no L 29 de 1. 2. 1985, p. 9.

(3) DO no L 389 de 30. 12. 1989, p. 83.

(4) DO no L 389 de 30. 12. 1989, p. 65.

(5) DO no L 133 de 24. 5. 1990, p. 3.

(6) DO no L 207 de 29. 7. 1987, p. 1.

(7) DO no L 306 de 11. 11. 1988, p. 2.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/339 de la Comisión, de 16 de febrero de 2026, por el que se deroga el Reglamento Delegado (UE) 2022/30.

Reglamento 29/04/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida