Reglamento (CEE) nº 1709/74 de la Comisión, de 2 de julio de 1974, relativo a la clasificación de mercancías en la subpartida 20.06 B I del arancel aduanero común.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1974-80094
Número oficial:
DOUE-L-1974-80094
Publicación:
03/07/1974
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea ,

Visto el Reglamento ( CEE ) n 97/69 del Consejo , de 16 de enero de 1969 , relativo a las medidas que se deben adoptar para la aplicacion uniforme de la nomenclatura del arancel aduanero comun ( 1 ) cuya ultima modificacion la constituye el Acta adjunta al Tratado relativo a la adhesion de los nuevos Estados miembros a la Comunidad Economica Europea y a la Comunidad Europea de la Energia Atomica ( 2 ) , firmado en Bruselas el 22 de enero de 1972 y ,

en particular , su articulo 3 ,

Considerando que son necesarias disposiciones que garanticen la aplicacion uniforme de la nomenclatura del arancel aduanero comun para la clasificacion de las cerezas presentadas en una mezcla de agua y alcohol etilico para su conservacion provisional , utilizadas principalmente en la fabricacion de articulos de chocolate ;

Considerando que la partida n 08.11 del arancel aduanero comun anexa al Reglamento ( CEE ) n 950/68 ( 3 ) , cuya ultima modificacion la constituye el Reglamento ( CEE ) n 1615/74 del Consejo , de 25 de junio de 1974 ( 4 ) , menciona las " frutas conservadas provisionalmente ( por ejemplo , por medio de gas sulfuroso , o en agua salada , azufrada o adicionada de otras sustancias que aseguren provisionalmente su conservacion ) , pero impropias para el consumo tal como se presentan " ;

Considerando que de las Notas explicativas de la Nomenclatura del Consejo de Cooperacion Aduanera se desprende que la mencionada partida n 08.11 engloba las frutas que se han sometido a un tratamiento con el unico objeto de conservarlas provisionalmente durante el transporte y el almacenado , antes de su utilizacion definitiva siempre que en este estado sean , sin embargo , impropias para el consumo ; que esta subpartida excluye en consecuencia las frutas que se han sometido a un tratamiento que no las hace impropias para el consumo inmediato ;

Considerando que las cerezas presentadas en una mezcla de agua y alcohol etilico con una concentracion de alcohol suficiente para su conservacion durante un tiempo limitado , no son , por ello , impropias para el consumo inmediato ; que las cerezas asi tratadas no pueden , por tanto , clasificarse en la partida n 08.11 ;

Considerando , por el contrario , que la subpartida 20.06 B I del arancel aduanero comun contempla las frutas preparadas de otro modo o conservadas , con adicion de alcohol , aptas para el consumo inmediato ;

Considerando que , en consecuencia , las cerezas descritas anteriormente solo pueden clasificarse en las subpartidas 20.06 B I del arancel aduanero comun ;

Considerando que las disposiciones del presente Reglamento concuerdan con el dictamen del Comité de la nomenclatura del arancel aduanero comun ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Articulo 1

Las cerezas presentadas en una mezcla de agua y alcohol etilico se clasificaran en el arancel aduanero comun como frutas aptas para el consumo inmediato en la subpartida :

20.06 Frutas preparadas o conservadas de otra forma , con o sin adicion de azucar o de alcohol :

B . Las demas :

I . con adicion de alcohol .

Articulo 2

El presente Reglamento entrara en vigor el vigésimo primer dia siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .

El presente Reglamento sera obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 2 de julio de 1974 .

Por la Comision

El Presidente

Françis-Xavier ORTOLI

( 1 ) DO n L 14 de 21 . 1 . 1969 , p . 1 .

( 2 ) DO n L 73 de 27 . 3 . 1972 , p . 14 .

( 3 ) DO n L 172 de 22 . 7 . 1968 , p . 1 .

( 4 ) DO n L 174 de 28 . 6 . 1974 , p . 4 .

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €