Reglamento (CEE) nº 1692/84 de la Comisión, de 15 de junio de 1984, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 1445/76 por el que se fija la lista de las diferentes variedades de Lolium perenne L.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1984-80310
Número oficial:
DOUE-L-1984-80310
Publicación:
16/06/1984
Departamento:
Comunidades Europeas

REGLAMENTO ( CEE ) N º 1692/84 DE LA COMISION

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Visto el Reglamento ( CEE ) n º 2358/71 del Consejo , de 26 de octubre de 1981 , por el que se establece una organización común de mercados en el sector de las semillas (1) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 1581/83 (2) y , en particular , el apartado 5 del artículo 3 ,

Considerando que el Reglamento ( CEE ) n º 1445/76 de la Comisión (3) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 1187/83 , (4) , ha fijado la lista de las variedades de Lolium perenne L. de alta persistencia , tardío o semitardío , y de Lolium perenne L. de baja persistencia , semitardío , semiprecoz o precoz con arreglo a las disposiciones adoptadas en aplicación del artículo 3 del Reglamento ( CEE ) n º 2358/71 ;

Considerando que , después de la última modificación del Reglamento ( CEE ) n º 1445/76 , no se ha vuelto a comercializar , por un lado , la producción de semillas certificadas de determinadas variedades de Lolium perenne L. en tanto que la de las demás variedades ha hecho su aparición en el mercado y será comercializada por vez primera a partir de la campaña 1984/85 ; que , por otro , la aplicación de los criterios de clasificación de determinadas variedades de Lolium perenne L. conduce a incluirlas en alguna de las listas contempladas anteriormente ; que conviene , por consiguiente , modificar en tal sentido los Anexos del Reglamento ( CEE ) n º 1445/76 ;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de las semillas ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Artículo 1

Se sustituyen los Anexos I y II del Reglamento ( CEE ) n º 1445/76 por los Anexos del presente Reglamento .

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .

Será aplicable a partir del 1 de julio de 1984 .

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 15 de junio de 1984 .

Por la Comisión

Poul DALSAGER

Miembro de la Comisión

(1) DO n º L 246 de 5 . 11 . 1971 , p. 1 .

(2) DO n º L 163 de 22 . 6 . 1983 , p. 23 .

(3) DO n º L 161 de 23 . 6 . 1976 , p. 10 .

(4) DO n º L 129 de 19 . 5 . 1983 , p. 25 .

ANEXO I

Variedades de alta persistencia , tardías o semitardías

1 . Aberystwyth S. 23

2 . Aberystwyth 101

3 . Albi

4 . Angela

5 . Animo

6 . Arno

7 . Barcelona

8 . Barcentra ( T )

9 . Barclay

10 . Bardetta

11 . Barenza

12 . Barlenna

13 . Barry

14 . Bartony

15 . Belfort ( T )

16 . Bellatrix

17 . Borvi

18 . Butterfly

19 . Capper

20 . Caprice

21 . Cirdan

22 . Citadel ( T )

23 . Combi

24 . Compas

25 . Condesa ( T )

26 . Contender

27 . Donata

28 . Elka

29 . Elrond

30 . Endura

31 . Ensporta

32 . Fingal

33 . Grandstand

34 . Honneur

35 . Hornet

36 . Hunter

37 . Idole

38 . Karin

39 . Kent Indigenous

40 . Kerdion

41 . Kosta

42 . Lamora ( Mommersteeg's Weidauer )

43 . Lihersa

44 . Lilope

45 . Limage

46 . Lirayco

47 . Lisuna

48 . Loretta

49 . Lorina

50 . Lucretia

51 . Magella

52 . Magister

53 . Majestic

54 . Mandola

55 . Manhattan

56 . Maprima

57 . Mascot

58 . Meltra RvP ( T )

59 . Mirvan

60 . Modus ( T )

61 . Mombassa

62 . Moretti

63 . Pablo

64 . Parcour

65 . Patora

66 . Pelo

67 . Perma

68 . Perray

69 . Pippin

70 . Player

71 . Pleno

72 . Préférence

73 . Rathlin

74 . Runner

75 . Saione

76 . Score/Fairway

77 . Semperweide

78 . Senator

79 . Servo

80 . Sisu

81 . Sommora

82 . Spirit

83 . Splendor

84 . Sportiva

85 . Springfield

86 . Sprinter

87 . Sturdy

88 . Talbot

89 . Trani

90 . Trepo

91 . Tresor

92 . Trimmer

93 . Variant

94 . Vigor ( Melle )

95 . Wendy

ANEXO II

Variedades de baja persistencia , semitardías , semi-precoces o precoces

1 . Atempo ( T )

2 . Gazon

3 . Printo

4 . Verna Pajbjerg

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1019 de la Comisión, de 7 de mayo de 2026, relativo a la autorización del ácido guanidinoacético y de un preparado de ácido guanidinoacético como aditivos para piensos destinados a pollos de engorde, pollos criados para puesta, pollos criados para reproducción, pavos de engorde y pavos criados para reproducción (titular de la autorización: Evonik Operations GmbH).

Reglamento 08/05/2026

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