Reglamento (CEE) nº 1654/87 de la Comisión, de 12 de junio de 1987, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 2213/83 en lo que se refiere a las normas de calidad para las cebollas.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1987-80634
Número oficial:
DOUE-L-1987-80634
Publicación:
13/06/1987
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADESEUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) np 1035/72 del Consejo, de 18 de mayo de 1972, por el que se establece una organización común de mercados en el sector de las frutas y hortalzias (1), modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) no 1351/86 (2), y, en particular, el párrafo segundo del apartado 2 de su artículo 2,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 3398/84 de la Comisión (3) establece una excepción, por un período limitado, para las normas de calidad referentes a las cebollas, fijadas en el Anexo I del Reglamento (CEE) no 2213/83 de la Comisión (4);

Considerando que el período de dicha excepción ha sido prorrogado por el Reglamento (CEE) no 2193/86 de la Comisión (5);

Considerando que, por consiguiente, se ha adquirido una experiencia suficiente en la aplicación de los criterios definidos de este modo y que, por consiguiente, es conveniente proceder definitivamente a la modificación de las normas de calidad por lo que se refiere a las cebollas;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de las frutas y hortalizas,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se modifican las disposiciones del Título II « Disposiciones relativas a la calidad » del Anexo I del Reglamento (CEE) no 2213/83.

1. En la letra A « Características mínimas », el primer guión pasa a ser:

« - enteros ».

2. En la letra B « Clasificación »:

a) en el inciso (i) « Categoría I », se sustituye el último párrafo por el texto siguiente:

« No obstante, se admitirán:

- ligeras manchas que no afecten en modo alguno a la última túnica apergaminada que tenga la pulpa, siempre que no excedan de un quinto de la superficie del bulbo,

- fisuras superficiales de las túnicas exteriores y la ausencia parcial de las mismas siempre que la pulpa esté protegida. »

b) en el inciso (ii) « Categoría II », se sustituye la segunda frase del último párrafo por el texto siguiente:

« - manchas que no afecten en modo alguno a la última túnica apergaminada que protege la pulpa, siempre que no excedan de la mitad de la superficie del bulbo,

- fisuras en las túnicas exteriores y la ausencia parcial de las mismas en el tercio como máximo de la superficie del bulbo, siempre que la pulpa no esté dañada. »

c) en el inciso (iii) « Categoría III », se añade un guión suplementario:

« - manchas que no efecten en modo alguno a la última túnica apergaminada que protege la pulpa. »

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día 1 de julio de 1987.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 12 de junio de 1987.

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO no L 118 de 20. 5. 1972, p. 1.

(2) DO no L 119 de 8. 5. 1986, p. 46.

(3) DO no L 314 de 4. 12. 1984, p. 14.

(4) DO no L 213 de 4. 8. 1983, p. 13.

(5) DO no L 190 de 12. 7. 1986, p. 57.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/995 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/947 en lo que respecta al aumento de la eficiencia de la Garantía de Acción Exterior.

Reglamento 04/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida