Reglamento (CEE) nº 1614/86 de la Comisión, de 27 de mayo de 1986, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 3590/85, relativo al certificado y boletín de análisis previstos para la importación de vinos, de zumos y de mostos de uva en lo que respecta a las disposiciones transitorias.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1986-80775
Número oficial:
DOUE-L-1986-80775
Publicación:
28/05/1986
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 337/79 del Consejo, de 5 de febrero de 1979, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (1), modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) no 3805/85 (2), y, en particular, el apartado 5 de su artículo 50, el apartado 2 de su artículo 51 y su artículo 65,

Visto el Reglamento (CEE) no 354/79 del Consejo, de 5 de febrero de 1979, por el que se establecen las normas generales para la importación de los vinos, zumos y mostos de uva (3), modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) no 2633/85 (4), y, en particular, sus artículos 1 y 1 bis,

Considerando que se ha visto que la introducción del documento VI 1 en su nueva forma mediante el Reglamento (CEE) no 3590/85 (5) presenta algunas dificultades prácticas en relación con las importaciones procedentes de determinados terceros países; que, por lo tanto, conviene tener en cuenta estas dificultades al adaptar el régimen transitorio establecido en dicho Reglamento;

Considerando que las medidas establevidas en el presente Reglamento se atienen al dictamen del Comité de gestión del vino,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el artículo 11 del Reglamento (CEE) no 3590/85 de la Comisión, se añadirá el párrafo siguiente:

« Hasta el 31 de mayo de 1986, los Estados miembros quedan autorizados a aceptar el documento VI 1 elaborado de conformidad con el Reglamento (CEE) no 2115/76 sin que se requiera esta prueba. »

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su aplicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 27 de mayo de 1986.

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO no L 54 de 5. 3. 1979, p. 1.

(2) DO no L 367 de 31. 12. 1980, p. 39.

(3) DO no L 54 de 5. 3. 1979, p. 97.

(4) DO no L 251 de 20. 9. 1985, p. 3.

(5) DO no L 343 de 20. 12. 1985, p. 20.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €