Reglamento (CEE) nº 1489/84 del Consejo, de 15 de mayo de 1984, por el que se establece la fecha de entrada en vigor de los Reglamentos (CEE) nº 3284/83 y (CEE) nº 3285/83 relativos al sector de las frutas y hortalizas.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1984-80271
Número oficial:
DOUE-L-1984-80271
Publicación:
30/05/1984
Departamento:
Comunidades Europeas

REGLAMENTO ( CEE ) N º 1489/84 DEL CONSEJO

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Visto el Reglamento ( CEE ) n º 3284/83 del Consejo , de 14 de noviembre de 1983 , por el que se modifica el Reglamento ( CEE ) n º 1035/72 por el que se establece una organización común de mercados en el sector de las frutas y hortalizas (1) y , en particular , el párrafo segundo de su artículo 13 ,

Visto el Reglamento ( CEE ) n º 3285/83 del Consejo , de 14 de noviembre de 1983 , por el que se establecen las normas generales relativas a la aplicación extensiva de determinadas normas adoptadas por las organizaciones de productores de frutas y hortalizas (2) y , en particular , el párrafo segundo de su artículo 8 ,

Vista la propuesta de la Comisión ,

Considerando que , en virtud del artículo 13 del Reglamento ( CEE ) n º 3284/83 y del artículo 8 del Reglamento ( CEE ) n º 3285/83 , dichos Reglamentos entrarán en vigor tan pronto como la Comunidad haya presentado a los dos países candidatos su declaración relativa a las negociaciones de adhesión sobre las frutas y hortalizas ; que corresponde al Consejo , a propuesta de la Comisión , comprobar que se ha cumplido dicha condición y fijar la fecha de entrada en vigor de los mencionados Reglamentos ;

Considerando que la Comunidad ha presentado a Portugal el 29 de noviembre de 1983 y a España el 21 de febrero de 1984 su declaración relativa a las negociaciones de adhesión en el ámbito de la agricultura y , en particular , de las frutas y hortalizas ;

Considerando , por consiguiente , que se ha cumplido la condición contemplada en el párrafo primero del artículo 13 del Reglamento ( CEE ) n º 3284/83 y en el párrafo primero del artículo 8 del Reglamento ( CEE ) n º 3285/83 ; que , teniendo en cuenta los plazos de ejecución del régimen de aplicación extensiva de determinadas normas adoptadas por las organizaciones de productores , por razón en particular de los procedimientos de consulta de los productores afectados , es conveniente retrasar la fecha de aplicación de dicho régimen ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Artículo 1

Los Reglamentos ( CEE ) n º 3284/83 y ( CEE ) n º 3285/83 entrarán en vigor el 1 de junio de 1984 .

No obstante , el régimen de aplicación extensiva de determinadas normas previsto en el artículo 15 ter del Reglamento ( CEE ) n º 1035/72 , insertado por el artículo 4 del Reglamento ( CEE ) n º 3284/83 , será aplicable :

- para los productos para los que no se haya fijado una campaña , a partir del 1 de abril de 1985 ,

- para los demás productos , a partir del comienzo de la campaña siguiente al 1 de abril de 1985 .

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 15 de mayo de 1984 .

Por el Consejo

El Presidente

C. CHEYSSON

(1) DO n º L 325 de 22 . 11 . 1983 , p. 1 .

(2) DO n º L 325 de 22 . 11 . 1983 , p. 8 .

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1019 de la Comisión, de 7 de mayo de 2026, relativo a la autorización del ácido guanidinoacético y de un preparado de ácido guanidinoacético como aditivos para piensos destinados a pollos de engorde, pollos criados para puesta, pollos criados para reproducción, pavos de engorde y pavos criados para reproducción (titular de la autorización: Evonik Operations GmbH).

Reglamento 08/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida