Reglamento (CEE) nº 1321/85 del Consejo, de 23 de mayo de 1985, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 989/84 en lo que se refiere a la aplicación, para la campaña 1985/86, del umbral de garantía para las pasas de Corinto.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1985-80360
Número oficial:
DOUE-L-1985-80360
Publicación:
27/05/1985
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) nº 516/77 del Consejo, de 14 de marzo de 1977, por el que se establece una organización común de mercados en el sector de productos transformados a base de frutas y hortalizas (1), modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) nº 989/84 (2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 3,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que el Reglamento (CEE) nº 516/77 ha creado un régimen de ayuda a la producción para determinados productos transformados a base de frutas y hortalizas; que, en caso de que se presente la situación prevista en el apartado 3 del artículo 3 del presente Reglamento, podrán adoptarse medidas adecuadas;

Considerando que el Reglamento (CEE) nº 989/84 (3) ha establecido un sistema de umbrales de garantía para determinados productos transformados a base de frutas y hortalizas, y, en particular, para las pasas de Corinto;

Considerando que se ha rebasado el umbral de garantía para dicho producto, para el periodo trienal 1982 a 1984; que, sin embargo, durante la presente campaña, están en aumento los precios de las pasas en el mercado mundial; que, por tanto, es conventiente limitar, para la campaña 1985/86, las consecuencias del rebasamiento del umbral de garantía sobre el nivel del precio mínimo,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

No obstante lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 3 del Reglamento (CEE) nº 989/84, para la campaña 1985/86 se fija en un 3 % la reducción que debe practicarse al precio mínimo que ha de pagarse al productor de pasas de Corinto por haberse rebasado el umbral de garantía.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 23 de mayo de 1985.

Por el Consejo

El Presidente

C. SIGNORILE

(1) DO nº L 73 de 21. 3. 1977, p. 1.

(2) DO nº L 103 de 16. 4. 1984, p. 11.

(3) DO nº L 103 de 16. 4. 1984, p. 19.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €