Reglamento (CEE) nº 1133/68 de la Comisión, de 26 de julio de 1968, que modifica el Reglamento nº 27 de la Comisión de 3 de mayo de 1962.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1968-80067
Número oficial:
DOUE-L-1968-80067
Publicación:
01/08/1968
Departamento:
Comunidades Europeas

REGLAMENTO ( CEE ) N º 1133/68 DE LA COMISION

que modifica el Reglamento n º 27 de la Comisión de 3 de mayo de 1962 (1)

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Vistas las disposiciones del Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , su artículo 85 ,

Visto el Reglamento n º 17 del Consejo de 6 de febrero de 1962 (2) y , en particular , su artículo 24 ,

Considerando que , en virtud del artículo 24 del Reglamento n º 17 , la Comisión autorizada para adoptar disposiciones de aplicación relativas a la forma , al contenido y demás modalidades propias de las solicitudes presentadas en virtud y aplicación de los artículos 2 y 3 y de las notificaciones previstas en los artículos 4 y 5 ;

Considerando que el Reglamento n º 27 adoptado por la Comisión en aplicación del artículo 24 del Reglamento n º 17 prevé , en particular , en los apartados 1 y 2 del artículo 4 , que el formulario A debe ser el utilizado para las solicitudes de declaraciones negativas en aplicación del artículo 2 del Reglamento n º 17 , y el formulario B para las notificaciones en aplicación de los artículos 4 ó 5 del Reglamento n º 17 , al objeto de obtener una exención en aplicación del apartado 3 del artículo 85 del Tratado ;

Considerando que las empresas prefieren , por regla general , reservarse las dos posibilidades , es pertinente prever la utilización de un único formulario para las solicitudes de declaración negativo y para las notificaciones , y ello con objeto de simplificar el procedimiento para todas las empresas participantes , así como para los servicios competentes ;

Considerando que una declaración negativa y una exención , en aplicación de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 85 del Tratado , tienen consecuencias diferentes , y que el formulario único debe dar a las empresas la posibilidad de solicitar tanto una declaración negativa como una declaración de no aplicabilidad ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Artículo único

El artículo 4 del Reglamento n º 27 queda modificado como sigue :

« Contenido de las solicitudes y notificaciones

1 . Las solicitudes previstas en el artículo 2 del Reglamento n º 17 relativas a la aplicación del apartado 1 del artículo 85 del Tratado y las notificaciones previstas en el artículo 4 o en el apartado 2 del artículo 5 del Reglamento n º 17 deberán ser presentadas por medio de un formulario A/B como el reproducido en el Anexo .

2 . Las solicitudes y notificaciones deberán contener las informaciones requeridas en el formulario A/B .

3 . Varias empresas participantes podrán presentar la solicitud o la notificación con ayuda de un solo formulario .

4 . Las solicitudes previstas en el artículo 2 del Reglamento n º 17 , relativas a la aplicación del artículo 86 del Tratado , llevarán aparejada una descripción completa de los hechos ; deberán ser subrayadas , en particular , la práctica de que se trate y la posición ocupada por la o las empresas en el mercado común o en parte sustancial de éste por el producto o el servicio de que se trate . »

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y

directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 26 de julio de 1968 .

Por la Comisión

El Presidente

Jean REY

(1) DO n º 35 de 10 . 5 . 1962 , p. 1118/62 .

(2) DO n º 13 de 21 . 2 . 1962 , p. 204/62 .

El presente formulario y sus anexos deberán ser depositados en siete ejemplares , y la prueba del poder de representación en dos ejemplares .

Si el espacio disponible al lado de cada pregunta no fuere suficiente , se ruega utilizar hojas suplementarias , indicando el punto del formulario al cual se refieren .

FORMULARIO A/B

A LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS

Dirección General de la Competencia

170 , rue de la Loi - Bruxelles 4

A . Solicitud de declaración negativa prevista en el artículo 2 del Reglamento n º 17 del Consejo de 6 de febrero de 1962 relativa a la aplicación del apartado 1 del artículo 85 del Tratado .

B . Notificación de un acuerdo , decisión o práctica concertada , en aplicación de los artículos 4 y 5 del Reglamento n º 17 aprobado por el Consejo el 6 de febrero de 1962 .

I . Informaciones relativas a los participantes

1 . Apellido , nombre y dirección de la persona que presenta la solicitud o la notificación . Si esta persona actúa en calidad de representante , indicar , además , la razón social y la dirección de la empresa o de la asociación de empresas representada y los apellidos , nombres y direcciones de los propietarios o asociados o , para las personas jurídicas , el de sus representantes legales .

Se deberá proporcionar la prueba del poder de representación .

Si la solicitud o la notificación es presentada por varias personas o en nombre de varias empresas , las informaciones deberán referirse a cada persona y empresa .

Formulario A/B

Página 2

2 . Razón social y dirección de las empresas que participan en el acuerdo , decisión o práctica concertada y apellidos , nombres y direcciones de propietarios y asociados o , para las personas jurídicas , el de sus representantes legales ( a no ser que estas indicaciones hayan sido facilitadas en el n º I-1 ) .

Si no todas las empresas que participan en el acuerdo presentan la solicitud o la notificación , indicar de qué manera han sido aquellas empresas informadas de éstas .

Estas indicaciones no serán necesarias para los contratos tipo ( cf. el párrafo b del apartado 1 de la Sección II ) .

3 . Si una sociedad o un servicio común ha sido creado en virtud del acuerdo , indicar la razón social y la dirección de dicha sociedad o servicio , así como los apellidos , nombres y direcciones de sus representantes legales u

otros .

4 . Si el cumplimiento del acuerdo se ha confiado a una sociedad o servicio común , indicar la razón social y dirección de dicha sociedad o servicio , así como los apellidos , nombres y direcciones de sus representantes legales .

Adjuntar en anexo copia de los estatutos .

Página 3

Formulario A/B

5 . Si se trata de una decisión de asociaciones de empresas , indicar nombre y dirección de la asociación , así como los apellidos , nombres y dirección de sus representantes legales .

Adjuntar en anexo copia de los estatutos .

6 . Si se trata de empresas cuyo lugar de instalación o sede se halla fuera del territorio del mercado común ( apartados 1 y 2 del artículo 27 del Tratado ) indicar nombre ( o razón social ) y dirección de un representante o una filial establecidos en el territorio del mercado común .

II . Informaciones relativas al contenido del acuerdo , de la decisión o de la práctica concertada

1 . Si el contenido ha sido objeto de comunicación escrita , adjuntar en anexo copia del texto íntegro , sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones de los párrafos a ) , b ) y c ) :

a ) ¿ Se trata solamente de un acuerdo-marco o decisión marco ?

En caso afirmativo , adjuntar asimismo en anexo copia del texto íntegro de los distintos acuerdos y reglamentos de ejecución particulares .

b ) ¿ Se trata de un contrato-tipo , es decir , de un contrato que el declarante concluyó regularmente con personas o grupos de personas determinados ( por ejemplo , un contrato restrictivo de la libertad de acción de un cocontratante en materia de precios o de condiciones comerciales en la reventa de productos suministrados por el otro contratante ) ?

En caso afirmativo , basta adjuntar en anexo el texto del contrato-tipo .

c ) Si se trata de un contrato de patente del tipo mencionado en el párrafo 2 b ) del apartado 2 del artículo 4 del Reglamento n º 17 , no será necesario reproducir las disposiciones del contrato que supongan tan sólo una descripción de un procedimiento técnico de fabricación y que no se relacionen , por sí mismas , con restricciones de competencia ; cabe , sin embargo , en ese caso , indicar cualquier supresión en el texto .

Formulario A/B

Página 4

2 . Si el contenido no es , aún parcialmente , objeto de comunicación escrita , exponer ese contenido al lado .

3 . Proporcionar , en cualquier caso , las indicaciones suplementarias que a continuación se enuncian :

a ) Fecha en que se firmó el acuerdo , decisión o práctica concertada .

b ) Fecha de entrada en vigor y , eventualmente , duración de la validez prevista .

c ) Objeto : descripción exacta del producto o productos o del servicio o servicios de que se trate .

d ) Objetivos del acuerdo , decisión o práctica concertada .

e ) Condiciones de adhesión , rescisión y retirada .

f ) Medidas que pueden ser adoptadas contra las empresas participantes ( cláusula penal , exclusión , cese de sus ministros , etc. ) .

Página 5

Formulario A/B

III . Medios previstos para alcanzar los objetivos del acuerdo , decisión o práctica concertada .

1 . Indicar si , y en qué medida , el acuerdo , decisión o práctica concertada afecta a :

- el cumplimiento de ciertos precios de compra o venta , descuentos u otras condiciones de mercado ,

- una restricción o un control de la producción , del desarrollo técnico o de las inversiones ,

- un reparto de mercados o fuentes de suministro ,

- una restricción de la libertad de compra o venta a terceros ( contratos de exclusiva ) ,

- la aplicación de condiciones diferentes para prestaciones equivalentes .

2 . ¿ Concierne el acuerdo , la decisión o la práctica concertada a los suministros o prestaciones de servicios

a ) sólo en un Estado miembro ?

b ) entre un Estado miembro y terceros Estados ?

c ) entre Estados miembros ?

IV . En el supuesto de que , al considerar que el apartado 1 del artículo 85 no es aplicable , no notifique usted el acuerdo , decisión o práctica concertada más que para todo fin útil :

a ) Se ruega exponga en anexo los hechos y motivos pertinentes por los que usted considera que el apartado 1 del artículo 85 no es aplicable ; por ejemplo , que el acuerdo , decisión o práctica concertada :

1 . no tiene por objeto o efecto impedir , restringir o falsear la competencia , o

2 . no puede afectar al comercio entre los Estados miembros .

b ) ¿ Solicita una declaración negativa prevista en el artículo 2 del Reglamento n º 17 ?

Formulario A/B

Página 6

V . ¿ Notifica usted , en su caso , el acuerdo , decisión o práctica concertada , para todo fin útil , a fin de obtener una declaración de no-aplicabilidad en virtud de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 85 ?

Exponer , en tal caso , en qué medida :

1 . el acuerdo , decisión o práctica concertada contribuye :

- a mejorar la producción o la distribución o

- a promover el progreso técnico o económico ;

2 . Los consumidores obtienen una parte equitativa del beneficio que resulte de esta mejora o progreso ;

3 . el acuerdo , decisión o práctica concertada es indispensable para alcanzar los objetivos indicados en el punto 1 ;

4 . el acuerdo , decisión o práctica concertada no elimina la competencia para una parte sustancial de los productos de que se trata .

VI . Precisar si y sobre qué puntos completaría usted eventualmente la justificación .

Los abajo firmantes declaran que las informaciones proporcionadas con anterioridad y en los anexos adjuntos se adecúan a los hechos . Los abajo firmantes conocen las disposiciones del inciso a ) del apartado 1 del artículo 15 del Reglamento n º 17 .

... , ...

Firmas : ...

COMUNIDADES EUROPEAS COMISION

Dirección general de la competencia

Bruselas , a ...

170 , rue de la Loi

A ...

Acuse de recibo

( Este impreso será devuelto a la dirección arriba indicada si se cumplimenta en un ejemplar por el solicitante )

Su solicitud de declaración negativa de fecha ...

Su notificación de fecha ...

relativa :

a ) Participantes :

1 . ...

2 . ... entre otros

( No es necesario indicar las demás empresas participantes en la entente )

b ) Objeto ...

( breve descripción de la restricción de la competencia )

ha sido recibida el ...

y registrada con el n º IV ...

Se ruega mencionar el número arriba indicado en toda la correspondencia .

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1051 del Consejo, de 7 de mayo de 2026, por el que se aplica el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 747/2014, relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Sudán.

Reglamento 07/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida