Reglamento (CECA, CE, Euratom) nº 2192/97 del Consejo, de 30 de octubre de 1997, por el que se modifica el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1997-82122
Número oficial:
DOUE-L-1997-82122
Publicación:
05/11/1997
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,

Visto el Tratado por el que se constituye un Consejo único y una Comisión única de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 24,

Vista la propuesta de la Comisión, previo dictamen del Comité del Estatuto,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo,

Visto el dictamen del Tribunal de Justicia,

Visto el dictamen del Tribunal de Cuentas,

Considerando que el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n° 259/68 establece en el artículo 1 de su anexo II la duración del mandato de los miembros titulares y, en su caso, de los miembros suplentes del Comité de personal;

Considerando que conviene modificar su duración, fijada actualmente en un máximo de dos años, por una duración máxima de tres años con el fin de permitir una modulación más amplia del mandato de la representación del personal;

Considerando que conviene no modificar la duración mínima del mandato de los miembros titulares y suplentes del Comité de personal,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El primer párrafo del artículo 1 de la sección 1 del anexo II del Estatuto se sustituirá por el texto siguiente:

«El Comité de personal estará compuesto por miembros titulares, y en su caso suplentes, cuyo mandato tendrá una duración de tres años. No obstante, la institución podrá establecer una duración menor sin que ésta pueda ser inferior a un año. Todos los funcionarios de la institución podrán ser electores y elegibles.».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Luxemburgo, el 30 de octubre de 1997.

Por el Consejo

El Presidente

F. BODEN

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €