Reglamento (CE) núm. 845/98 de la Comisión, de 22 de abril de 1998, por el que se fija, con arreglo al Reglamento (CE) núm. 411/97, el limite maximo de la ayuda financiera comunitaria correspondiente a las organizaciones de productores que hayan constituido un fondo operativo con cargo al año 1997.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1998-80669
Número oficial:
DOUE-L-1998-80669
Publicación:
23/04/1998
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 411/97 de la Comisión, de 3 de marzo de 1997, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n° 2200/96 del Consejo (1), en lo relativo a los programas y fondos operativos y a la ayuda financiera comunitaria, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 214/98 (2), y, en particular, su artículo 10,

Considerando que el apartado 1 del artículo 15 del Reglamento (CE) n° 2200/96 del Consejo (3), modificado por el Reglamento (CE) n° 2520/97 de la Comisión (4), establece la concesión de ayuda financiera comunitaria a las organizaciones de productores que constituyan un fondo operativo; que, según el apartado 5 del mismo artículo, esta ayuda quedará limitada hasta 1999 al 4 % del valor de la producción comercializada de cada organización de productores, a condición de que el importe total de las ayudas financieras

represente menos del 2 % del volumen de negocios total del conjunto de las organizaciones de productores; que, a partir de 1999, el porcentaje del 4 % se aumentará al 4,5 % y el porcentaje del volumen de negocios total del 2 % al 2,5 %;

Considerando que, según los datos comunicados a la Comisión por los Estados miembros en aplicación del artículo 10 del Reglamento (CE) n° 411/97, las ayudas financieras solicitadas por las organizaciones de productores con cargo a 1997 ascienden a 199,20 millones de ecus para un volumen de negocios total del conjunto de las organizaciones de productores de 10 921 millones de ecus; que es preciso por lo tanto fijar el límite máximo de la ayuda financiera comunitaria en un 4 % del valor de la producción comercializada de cada organización de productores,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

La ayuda financiera contemplada en el apartado 1 del artículo 15 del Reglamento (CE) n° 2200/96 queda limitada, para las solicitudes de ayuda referentes a 1997, al 4 % del valor comercializado de cada organización de productores.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 22 de abril de 1998.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

________________

(1) DO L 62 de 4. 3. 1997, p. 9.

(2) DO L 214 de 29. 1. 1998, p. 10.

(3) DO L 297 de 21. 11. 1996, p. 1.

(4) DO L 346 de 17. 12. 1997, p. 41.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €