EL CONSEJO DE LA UNIONEUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) no 3760/92 del Consejo, de 20 de diciembre de 1992, por el que se crea un régimen comunitario de la pesca y la acuicultura(1) y, en particular, el apartado 4 de su artículo 8,
Vista la propuesta de la Comisión,
Considerando que la Comunidad y Suecia han rubricado un Acuerdo sobre sus recíprocos derechos de pesca para 1994 por el que, en particular, se asignan determinadas cuotas de capturas para los buques de la Comunidad en la zona de pesca de Suecia;
Considerandos que, para asegurar una gestión eficaz de los recursos disponibles, es conveniente distribuirlos entre los Estados miembros por medio de cuotas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento (CEE) no 3670/92;
Considerando que las actividades pesqueras contempladas en el presente Reglamento estarán sometidas a las medidas de control establecidas por el Reglamento (CEE) no 2847/93 del Consejo, de 12 de octubre de 1993, por el que se establece un régimen de control aplicable a la política pesquera común(2) ,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Las capturas que los buques que enarbolen bandera de un Estado miembro estarán autorizados a hacer desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 1994, en aguas dependientes de la jurisdicción, en materia de pesca, de Suecia, se limitarán a las cuotas fijadas en el Anexo.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 1994.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 20 de diciembre de 1993.
Por el Consejo
El Presidente
A. BOURGEOIS
(1) DO no L 389 de 31. 12. 1992, p. 1.
(2) DO no L 261 de 20. 10. 1993, p. 1.
ANEXO
Distribución de las cuotas de capturas de la Comunidad en aguas de Suecia para el año 1994 >>(en toneladas)
>>>> ID="1">Bacalao> ID="2">III d> ID="3">2 700(1) (2) > ID="4">Dinamarca 1 970
Alemania 730
>>> ID="1">Arenque> ID="2">III d> ID="3">4 700> ID="4">Dinamarca 2 690
Alemania 2 010
>>> ID="1">Salmón> ID="2">III d> ID="3">44 000(3) > ID="4">Dinamarca 39 600(4)
Alemania 4 400(5)
>>> ID="1">Espadín> ID="2">III d> ID="3">1 000> ID="4">Dinamarca 790
Alemania 210
>>>>>
(1) Una cuota adicional de 60 toneladas (Dinamarca 45 toneladas, Alemania 15 toneladas) puede pescarse como captura accesoria de pez plano en la pesca de bacalao.
(2) Número de ejemplares.