LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) n° 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y a las medidas relativas al Arancel Aduanero Común, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 3009/95 de la Comisión, y, en particular, su artículo 9,
Considerando que, para asegurar la aplicación uniforme de la nomenclatura combinada anexa al Reglamento arriba citado, conviene adoptar disposiciones relativas a la clasificación de las mercancías en el Anexo del presente Reglamento;
Considerando que el Reglamento (CEE) n° 2658/87 establece las reglas generales para la interpretación de la nomenclatura combinada; que estas reglas también se aplican a cualquier otra nomenclatura que la incluya, bien parcialmente, bien añadiendo subdivisiones, y establecida mediante disposiciones comunitarias específicas, con objeto de aplicar medidas arancelarias o de otra índole en el marco de los intercambios de mercancías;
Considerando que, por aplicación de dichas reglas generales, las mercancías que se describen en la columna 1 del cuadro anexo al presente Reglamento deben clasificarse en los códigos NC correspondientes, que se indican en la columna 2, en virtud de las motivaciones citadas en la columna 3;
Considerando que es oportuno que la información arancelaria vinculante facilitada por las autoridades aduaneras de los Estados miembros en materia de clasificación de mercancías en la nomenclatura aduanera y que no sea conforme al derecho establecido por el presente Reglamento pueda seguir siendo invocada por su titular, conforme a las disposiciones del apartado 6 del artículo 12 del Reglamento (CEE) n° 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el Código aduanero comunitario, modificado por el Reglamento (CEE) n° 2454/93 de la Comisión, durante un período de tres meses;
Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen de la sección de la nomenclatura arancelaria y estadística del Comité del código aduanero,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Las mercancías descritas en la columna 1 del cuadro que figura en el Anexo se clasificarán en la nomenclatura combinada en los códigos NC correspondientes que se indican en la columna 2 del mencionado cuadro.
Artículo 2
La información arancelaria vinculante facilitada por las autoridades aduaneras de los Estados miembros que no sea conforme al derecho establecido por el presente Reglamento podrá seguir siendo invocada conforme a las disposiciones del apartado 6 del Artículo 12 del Reglamento (CEE) n° 2913/92 durante un período de tres meses.
Artículo 3
El presente Reglamento entrará en vigor el vigesimoprimer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 2 de febrero de 1996.
Por la Comisión
Mario MONTI
Miembro de la Comisión
ANEXO
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| Descripción |Clasificación |Justificación |
| |Código NC | |
------------------------------------------------------
| (1) |(2) |(3) |
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| 1. Juego basado |9503 90 55 |La |
|en el baloncesto, | |clasificación |
|compuesto por: | |está determinada |
|-un aro metálico | |por dispuesto en |
|de diámetro | |las Reglas |
|inferior a 45 cm, | |Generales 1, 3 |
|al que se engancha| |b) y 6 para la |
|una red sin fondo | |interpretación |
|-un tablero de | |de la |
|madera diseñado | |nomenclatura |
|para suspenderlo | |combinada y por |
|de una puerta o de| |el texto de los |
|la pared, al que | |códigos NC 9503 |
|se fija el aro | |9503 90 y 9503 |
|metálico. | |90 55. |
| | |Estos artículos |
| | |no constituyen |
| | |el equipo para |
| | |la práctica de |
| | |un deporte en el |
| | |sentido de la |
| | |partida 9506, |
| | |por sus |
| | |dimensiones y |
| | |diseño. |
------------------------------------------------------
| 2. Juego basado |9503 90 55 |La |
|en el baloncesto, | |clasificación |
|compuesto por: | |está determinada |
|-una maleta de | |por lo dispuesto |
|plástico que | |en las Reglas |
|contiene los | |Generales 1, 3 |
|artículos | |b) y 6 para la |
|descritos más | |interpretación |
|abajo, que servirá| |de la |
|de base para el | |nomenclatura |
|aparato una vez | |combinada y por |
|lastrada en el | |el texto de los |
|fondo con agua o | |códigos NC 9503, |
|arena, | |9503 90 y 9503 |
|-un aro metálico | |90 55. |
|de diámetro | |Estos artículos |
|inferior a 45 cm, | |no constituyen |
|al que se engancha| |el equipo para |
|una red sin fondo,| |la práctica de |
|-un tablero de | |un deporte en el |
|madera pintado con| |sentido de la |
|motivos | |partida 9506, |
|multicolores | |por sus |
|diseñado para | |dimensiones y |
|suspenderlo de una| |diseño. |
|columna, al que se| | |
|fija el aro | | |
|metálico, | | |
|-una columna con | | |
|tubos de plástico | | |
|de altura | | |
|regulable desde 1 | | |
|a 1,65 III. | | |
------------------------------------------------------
| 3. Réplica de un |9503 90 51 |La |
|automóvil Mercedes| |clasificación |
|AMG, año de | |está determinada |
|fabricación 1994, | |por lo dispuesto |
|producido en | |en las Reglas |
|serie, escala | |Generales 1 y 6 |
|1:43, sujeto a una| |para la |
|placa. | |interpretación |
|La carrocería es | |de la |
|una pieza fundida | |nomenclatura |
|a troquel de cinc,| |combinada y por |
|con diversas | |el texto de los |
|inscripciones. | |códigos NC 9503, |
|Algunos de los | |9503 90 y 9503 |
|componentes (por | |90 51. |
|ejemplo, los | |Se presenta como |
|faros, las luces | |un modelo a |
|traseras, los | |escala para el |
|marcos de las | |entretenimiento. |
|ventanillas) están| | |
|estarcidos. | | |
|Todos los demás | | |
|componentes son de| | |
|plástico (por | | |
|ejemplo, el | | |
|deflector | | |
|aerodinámico, los | | |
|limpiaparabrisas, | | |
|los tiradores de | | |
|las puertas, el | | |
|espejo retrovisor | | |
|exterior, el | | |
|volante). | | |
------------------------------------------------------