Reglamento (CE) núm. 1903/96 del Consejo, de 27 de septiembre de 1996, por el que se establecen medidas relativas a las importaciones de productos agrícolas transformados de Suiza a fin de tener en cuenta los resultados de las negociaciones de la Ronda Uruguay en el sector agrícola.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1996-81657
Número oficial:
DOUE-L-1996-81657
Publicación:
03/10/1996
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,

Visto elTratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 113,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que, con arreglo al acuerdo preferencial entre la Comunidad Europea y Suiza, se han establecido concesiones recíprocas sobre determinados productos agrícolas transformados;

Considerando que, conforme a la Decisión 94/800/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1994, relativa a la celebración, en nombre de la Comunidad Europea, por lo que respecta a los temas de su competencia, de los acuerdos resultantes de las negociaciones multilaterales de la Ronda Uruguay (1986-1994), determinadas concesiones en materia de productos agrícolas transformados han sido modificadas a partir del 1 de julio de 1995;

Considerando que, por consiguiente, determinados aspectos comerciales del acuerdo celebrado con Suiza, en particular el protocolo relativo a los productos agrícolas transformados anexos a dicho acuerdo, deben ajustarse a fin de mantener el nivel existente de preferencias recíprocas;

Considerando que, a tal fin, se están celebrando negociaciones con Suiza con miras a convenir modificaciones de dicho protocolo; que, sin embargo, no ha sido posible concluir dichas negociaciones a tiempo para efectuar los necesarios ajustes el 1 de julio de 1996;

Considerando que, en tales circunstancias, es conveniente que la Comunidad Europea adopte medidas autónomas a fin de mantener el nivel existente de preferencias recíprocas en espera de la conclusión de las negociaciones;

Considerando que el Consejo ya adoptó medidas transitorias mediante el Reglamento (CE) n° 1917/95, prorrogadas por el Reglamento (CE) n° 167/96 hasta el 30 de junio de 1996; que conviene prorrogar estas medidas, incluyendo las modificaciones del arancel aduanero de la Comunidad que se aplicarán a partir del 1 de julio de 1996,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

1. Del 1 de julio al 31 de diciembre de 1996, los importes de base que deben tomarse en consideración para el cálculo de los elementos agrícolas y los derechos adicionales aplicables a la importación en la Comunidad de productos originarios de Suiza serán los que se mencionan en el Anexo del presente Reglamento.

2 Si Suiza no aplicara las medidas recíprocas en favor de la Comunidad, la Comisión puede suspender, según el procedimiento previsto en el artículo 16 del Reglamento (CE) n° 3448/93, la aplicación de las medidas previstas en el apartado 1.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de julio de 1996.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 27 de septiembre de 1996.

Por el Consejo

El Presidente

M. LOWRY

ANEXO

Texto en Danés

Texto en Alemán

Texto en Griego

Texto en Italiano

ANNEX

ANNEXE

Texto en Portugués

Texto en Holandés

Texto en Finés

Texto en Sueco

Importes de base, considerados para calcular los elementos agrícolas reducidos y derechos adicionales, aplicables a la importación en la Comunidad

Texto en Danés

Texto en Alemán

Texto en Griego

Basic amounts taken into consideration in calculating the reduced agricultural components and additional duties, applicable on importation into the Community

Montants de base pris en considération pour le calcul des éléments agricoles réduits et droits additionnels applicables a l'importation dans la Communauté

Texto en Italiano

Texto en Holandés

Texto en Portugués

Texto en Finés

Texto en Sueco

-----------------------------------------------------------

| |ecus / ECU / |

| | Ecu / ecu / |

| | écus / ecua /|

| | 100 kg |

-----------------------------------------------------------

|Trigo blando / Bl0d hvede / Weichweizen |9,771 |

|/ Texto en Griego / Common wheat Blé | |

|tendre / Grano tenero / Zachte tarwe / | |

|Trigo mole / Tavallinen vehna / Vete | |

-----------------------------------------------------------

|Trigo duro / Hard hvede / Hartweizen / |15,168 |

|Texto en Griego / Durum wheat / Blé dur / | |

|Grano duro / Durumtarwe / Trigo duro / | |

|Duramvehna / Durumvete | |

-----------------------------------------------------------

|Centeno / Rug / Roggen / Texto en Griego |12,734 |

|/ Seigle / Segala / Rog,ge / Centeio / | |

|Ruis / Rag | |

-----------------------------------------------------------

|Cebada / Byg / Gerste / Texto en Griego | 12,734 |

|/ Barley / Orge / Orzo / Gerst / Cevada / | |

|Ohra / Korn | |

-----------------------------------------------------------

|Maíz / Majs / Mais / Texto en Griego / |11,040 |

|Maize / Mais / Granturco / Mais / Milho / | |

|Maissi / Majs | |

-----------------------------------------------------------

|Arroz descascarillado de grano largo / |36,344 |

|Ris, afskallet, langkornet / Reis, | |

|langkornig, geschalt / Texto en Griego / | |

|Long-grain husked rice / Riz décortiqué a | |

|grains longs / Riso semigreggio a grani | |

|lunghi / Langkorrelige gedopte rijst / | |

|Arroz en películas de graos longos / | |

|Pitkajyvainen esikuorittu riisi / Ris, | |

|skalat langkornigt | |

-----------------------------------------------------------

|Leche desnatada en polvo / |137,182 |

|Skummetmaelkspulver / Magermilchpulver / | |

|Texto en Griego / Skimmed-milk powder / | |

|Lait écrémé en pondre / Latte scremato in | |

|polvere / Magere-melkpoeder / Leite | |

|desnatado em pó / Rasvaton maitojauhe / | |

|Skummjolkspulver | |

-----------------------------------------------------------

|Leche entera en polvo / S0dmaelkspulver |179,344 |

|/ Vollmilchpulver / Texto en Griego / | |

|Whole-milk powder / Lait entier en poudre | |

|/ Latte intero in polvere /Volle- | |

|melkpoeder / Leite inteiro em pó / | |

|Rasvainen maitojauhe / Mjolkpulver | |

-----------------------------------------------------------

|Mantequilla / Sm0r / Butter / Texto en |260,647 |

|Griego / Butter / Beurre / Burro / Boter /| |

|Manteiga / Voi / Smor | |

-----------------------------------------------------------

|Azúcar blanco / Hvidt sukker / |48,000 |

|WeiBzucker / Texto en Griego / White sugar| |

|/ Sucre blanc / Zucchero bianco / Witte | |

|suiker / Açúcar branco / Valkoinen sokeri | |

|/ Vitt socker | |

-----------------------------------------------------------

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1051 del Consejo, de 7 de mayo de 2026, por el que se aplica el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 747/2014, relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Sudán.

Reglamento 07/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida