Reglamento (CE) núm. 1263/96 de la Comisión, de 1 de julio de 1996, por el que se completa el anexo del Reglamento (CE) núm. 1107/96 relativo al registro de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 17 del Reglamento (CEE) núm. 2081/92.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1996-81056
Número oficial:
DOUE-L-1996-81056
Publicación:
02/07/1996
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 2081/92 del Consejo, de 14 de julio de 1992, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios, y, en particular, el apartado 2 de su artículo 17,

Considerando que se han solicitado datos complementarios sobre algunas de las denominaciones notificadas por los Estados miembros con arreglo al artículo 17 del Reglamento (CEE) n° 2081/92, con el fin de garantizar su conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 4 del citado Reglamento; que el examen de dicha información complementaria ha permitido comprobar que las citadas denominaciones se ajustan a los mencionados artículos; que, por lo tanto, es preciso proceder a su registro y añadirlas al Anexo del Reglamento (CE) n° 1107/96 de la Comisión;

Considerando que, como consecuencia de la adhesión de tres nuevos Estados miembros, el plazo de seis meses previsto en el artículo 17 del Reglamento (CEE) n° 2081/92 ha de contarse a partir de su fecha de adhesión; que algunas de las denominaciones notificadas por estos Estados miembros son conformes a lo establecido en los artículos 2 y 4 del citado Reglamento y deben, por lo tanto, ser registradas;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de regulación de indicaciones geográficas y denominaciones de origen,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Anexo del Reglamento (CE) n° 1107/96 se completará con las denominaciones que figuran en el Anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 1 de julio de 1996

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

ANEXO

A) PRODUCTOS DEL ANEXO II DEL TRATADO DESTINADOS A LA ALIMENTACION HUMANA

Carne y despojos frescos

PORTUGAL

- Cabrito Transmontano (DOP)

- Carne Barrosa (DOP)

- Carne Maronesa (DOP)

- Carne Mirandesa (DOP)

Productos cárnicos

ITALIA

- Bresaola della Valtellina (IGP)

- Culatello di Zibello (DOP)

- Valle d'Aosta Jambon de Bosses (DOP)

- Valle d'Aosta Lard d'Arnad (DOP)

- Prosciutto di Carpegna (DOP)

- Prosciutto Toscano (DOP)

- Coppa Piacentina (DOP)

- Pancetta Piacentina (DOP)

- Salame Piacentino (DOP)

Quesos

BELGICA

- Fromage de Herve (DOP)

FRANCIA

- Fourme d'Ambert ou Fourme de Montbrison (DOP)

ITALIA

- Bitto (DOP)

- Bra (DOP)

- Caciocavallo Silano (DOP)

- Castelmagno (DOP)

- Fiore Sardo (DOP)

- Monte Veronese (DOP)

- Pecorino Sardo (DOP)

- Pecorino Toscano (DOP)

- Ragusano (DOP)

- Raschera (DOP)

- Robiola di Roccaverano (DOP)

- Toma Piemontese (DOP)

- Valle d'Aosta Fromadzo (DOP)

- Valtellina Casera (DOP)

AUSTRIA

- Tiroler Graukäse (DOP)

PORTUGAL

- Queijo de cabra Transmontano (DOP)

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos diversos excepto mantequilla)

GRECIA

- Miel de abeto Menalou Vanilia (DOP)

Materias grasas

Aceite de oliva

ITALIA

- Aprutino Pescarese (DOP)

- Brisighella (DOP)

- Collina de Brindisi (DOP)

- Canino (DOP)

- Sabina (DOP)

AUSTRIA

- Steierisches K rbiskernöl (IGP)

Frutas, hortalizas y cereales

GRECIA

- Pistacho de Megara (DOP)

- Pistacho de Egina (DOP)

- Higos de Vavrona, Marcópulo, Mesogion (IGP)

- Naranjas de Maleme, La Canea, Creta (DOP)

Aceitunas de mesa

- «Konservolia» de Amfisi (DOP)

- «Konservolia» de Arta (IGP)

- «Konservolia» de Atalantis (DOP)

- «Konservolia» de Rovion (DOP)

- «Konservolia» de Stilida (DOP)

- «Trumba» de Thasu (DOP)

- «Trumba» de Quíos (DOP)

- «Trumba-Ambadai», Réthimno, Creta (DOP)

ITALIA

- Fagiolo di Lamon della Vallata Bellunese (IGP)

- Fagiolo di Sarconi (IGP)

- Farro della Garfagnana (IGP)

- Peperone di Senise (IGP)

- Pomodoro 5. Marzano dell'Agro Sarnese-Nocerino (DOP)

- Marrone del Mugello (IGP)

- Marrone di Castel del Rio (IGP)

- Riso Nano Vialone Veronese (IGP)

- Radicchio Rosso di Treviso (IGP)

- Radicchio Vanegato di Castelfranco (IGP)

AUSTRIA

- Marchfeldspargel (IGP)

Pescados, moluscos, crustáceos frescos y productos a base de....

GRECIA

- Huevas de Mesolongui (DOP)

B) PRODUCTOS ALIMENTICIOS CONTEMPLADOS EN EL ANEXO I DEL REGLAMENTO (CEE) n° 2081/92

Productos de panadería, pastelería, confitería o galletería

ALEMANIA

- N rnberger Lebkuchen (IGP)

- L becker Marzipan (IGP)

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

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