Reglamento (CE) nº 3327/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 3846/87 por el que se establece la nomenclatura de los productos agrarios para las restituciones a la exportación.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1994-82097
Número oficial:
DOUE-L-1994-82097
Publicación:
31/12/1994
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) nº 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por

el que se establece la organización común de mercados en el sector de la

leche y de los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye

el Reglamento (CE) nº 2807/94 (2), y, en particular, el apartado 4 de su

artículo 17,

Considerando que el Reglamento (CE) nº 3115/94 de la Comisión, de 20 de

diciembre de 1994, por el que se modifican los Anexos I y II del Reglamento

(CEE) nº 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la

nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (3),

introduce a partir del 1 de enero de 1995 algunas modificaciones en lo que

concierne a determinados quesos del código NC 0406;

Considerando que el Reglamento (CEE) nº 3846/87 de la Comisión (4), cuya

última modificación la constituye el Reglamento (CE) nº 2079/94 (5)

establece, basándose en la nomenclatura combinada, una nomenclatura de los

productos agrarios para las restituciones; que es conveniente adaptar dicha

nomenclatura en función de la modificación arriba citada;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan

al dictamen del Comité de gestión de la leche y los productos lácteos,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El sector 10 del Anexo del Reglamento (CEE) nº 3846/87 se modificará de

conformidad con el Anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su

publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de enero de 1995.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y

directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 21 de diciembre de 1994.

Por la Comisión

René STEICHEN

Miembro de la Comisión

(1) DO nº L 148 de 28. 6. 1968, p. 13.

(2) DO nº L 298 de 19. 11.1994, p. 1.

(3) DO nº L 345 de 31. 12. 1994, p. 1.

(4) DO nº L 366 de 24. 12. 1987, p. 1.

(5) DO nº L 215 de 20. 8. 1994, p. 2.

ANEXO

Los datos de las subpartidas 0406 90 13, 0406 90 15 y 0406 90 17 se

sustituirán por los siguientes:

----------------------------------------------------------------------------

Código NC |Designación de la mercancía |Código de

| |productos

----------------------------------------------------------------------------

|«- - - Emmental, gruyère, sbrinz, bergkäse |

|y appenzell: |

|- - - - Con un contenido de materia grasa |

|igual o superior al 45 % en peso de |

|materia seca y una maduración igual o |

|superior a tres meses: |

0406 90 02 |- - - - - En ruedas normalizadas de un |

|valor franco frontera, por cada 100 kg |

|netos superior a 401,85 ecus e igual o |

|inferior a 430,62 ecus: |

|- - - - - - Emmental, gruyère, bergkäse |0406 90 02 100

|- - - - - - Los demás |0406 90 02 900

0406 90 03 |- - - - - En ruedas normalizadas de un |

|valor franco frontera, por cada 100 kg |

|netos superior a 430,62 ecus: |

|- - - - - - Emmental, gruyère, bergkäse |0406 90 03 100

|- - - - - - Los demás |0406 90 03 900

0406 90 04 |- - - - - En trozos envasados al vacío en |

|gas inerte, que lleven corteza al menos |

|en un lado, de un peso neto igual o |

|superior a 1 kg e inferior a 5 kg y de un |

|valor franco frontera superior a 430,62 |

|ecus y no superior a 459,39 ecus por cada |

|100 kg netos: |

|- - - - - - Emmental, gruyère, bergkäse |0406 90 04 100

|- - - - - - Los demás |0406 90 04 900

0406 90 05 |- - - - - En trozos envasados al vacío o |

|en gas inerte, que lleven corteza al |

|menos en un lado, de un peso neto igual o |

|superior a 1 kg y de un valor franco |

|frontera superior a 459,39 ecus por cada |

|100 kg netos: |

|- - - - - - Emmental, gruyère, bergkäse |0406 90 051 00

|- - - - - - Los demás |0406 90 05 900

0406 90 06 |- - - - - En trozos sin corteza, de un |

|peso neto inferior a 450 g y de un valor |

|franco frontera superior a 499,67 ecus |

|por cada 100 kg netos, envasados al vacío |

|o en gas inerte, figurando en el envase |

|la denominación del queso, el contenido |

|en materias grasas, el envasador |

|responsable y el país de fabricación: |

|- - - - - - Emmental, gruyère, bergkäse |0406 90 06 100

|- - - - - - Los demás |0406 90 06 900

|- - - - - Los demás: |

0406 90 07 |- - - - - - Emmental |0406 90 07 000

0406 90 08 |- - - - - - Gruyère, Sbrinz: |

|- - - - - - - Gruyère |0406 90 08 100

|- - - - - - - Sbrinz |0406 90 08 900

0406 90 09 |- - - - - - Bergkäse, Appenzell: |

|- - - - - - - Bergkäse |0406 90 09 100

|- - - - - - - Appenzell |0406 90 09 900

|- - - - Los demás: |

0406 90 12 |- - - - - Emmental |0406 90 12 000

0406 90 14 |- - - - - Gruyère, Sbrinz: |

|- - - - - - Gruyère |0406 90 14 100

|- - - - - - Sbrinz |0406 90 14 900

0406 90 16 |- - - - - Bergkäse, Appenzell: |

|- - - - - - Bergkäse |0406 90 16 100

|- - - - - - Appenzell |0406 90 16 900»

³[L76]

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1051 del Consejo, de 7 de mayo de 2026, por el que se aplica el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 747/2014, relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Sudán.

Reglamento 07/05/2026

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