Reglamento (CE) nº 3265/94 de la Comisión, de 20 de diciembre de 1994, por el que se fija el importe de la prima global para determinados productos de la pesca durante la campaña de 1995.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1994-82041
Número oficial:
DOUE-L-1994-82041
Publicación:
29/12/1994
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) nº 4176/88 de la Comisión, de 28 de diciembre de

1988, por el que se establecen las normas de aplicación para la concesión de

una ayuda global para determinados productos de la pesca (1) y, en

particular, su artículo 11,

Considerando que dicha prima a tanto alzado incitara muy probablemente a las

organizaciones de productores a que eviten la destrucción de los productos

que se hayan retirado del mercado;

Considerando que se debe fijar el importe de la prima de forma que se tenga

en cuenta la interdependencia de los mercados de que se trata y la necesidad

de evitar distorsiones de competencia;

Considerando que el importe de la prima no puede superar el importe de los

gastos técnicos y financieros de transformación y de almacenamiento de la

campaña de pesca anterior, con excepción de los gastos más importantes;

Considerando que basándose en los datos relativos a los gastos técnicos y

financieros correspondientes a las operaciones en causa, es oportuno fijar,

para la campaña de pesca de 1995, el importe de la prima como se indica

seguidamente;

Considerando que los precios o importes fijados en ecus en el presente

Reglamento se establecen de conformidad con el régimen agromonetario

aplicable en 1994, de acuerdo con el Reglamento (CEE) nº 3813/92 del Consejo

(2), modificado por el Reglamento (CE) nº 3528/93 (3), y, en particular, el

apartado 2 de su artículo 13; que, por lo tanto, es conveniente disponer su

entrada en vigor durante el citado año;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan

al dictamen del Comité de gestión de los productos de la pesca,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El importe de la prima global, durante la campaña de pesca de 1995, para los

productos indicados en el Anexo VI del Reglamento (CEE) nº 3759/92 del

Consejo (4) queda fijado como sigue:

a) congelación y almacenamiento de los productos enteros, vaciados y con

cabeza o cortados:

- 97 ecus/tonelada, para el primer mes,

- 14 ecus/tonelada, para cada mes suplementario;

b) fileteado, congelación y almacenamiento:

- 160 ecus/tonelada, para el primer mes,

- 14 ecus/tonelada, para cada mes suplementario.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 31 de diciembre de 1994.

Será aplicable a partir del 1 de enero de 1995.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y

directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 20 de diciembre de 1994.

Por la Comisión

Yannis PALEOKRASSAS

Miembro de la Comisión

(1) DO nº L 367 de 31. 12. 1988, p. 63.

(2) DO nº L 387 de 31. 12. 1992, p. 1.

(3) DO nº L 320 de 22. 12. 1993, p. 32.

(4) DO nº L 388 de 31. 12. 1992, p. 1.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1051 del Consejo, de 7 de mayo de 2026, por el que se aplica el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 747/2014, relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Sudán.

Reglamento 07/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida