Reglamento (CE) nº 3240/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se prorroga la validez del Reglamento (CEE) nº 3879/90 por el que se establecen las normas de aplicación del régimen de importación aplicable a los productos de los códigos NC 0714 10 10, 0714 10 91 y 0714 10 99 originarios de Tailandia y exportados de dicho país en 1991, 1992, 1993 y 1994.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1994-82022
Número oficial:
DOUE-L-1994-82022
Publicación:
28/12/1994
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) nº 430/87 del Consejo, de 9 de febrero de 1987,

relativo al régimen de importación aplicable a determinados productos de los

códigos NC 0714 10 y 0714 90 originarios de determinados terceros países

(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) nº 3191/94

(2), y, en particular, su artículo 2,

Considerando que, mediante la Decisión 90/637/CEE (3), el Consejo aprobó la

renovación del Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y

el Reino de Tailandia, relativo a la producción, comercialización y comercio

de mandioca hasta finales de 1994; que, al no haber denunciado al menos una

de las partes el Acuerdo antes de los plazos fijados, se entiende que queda

renovado automáticamente a partir del 1 de enero de 1995;

Considerando que el principio de esta renovación figura recogido en el

Acuerdo final de las negociaciones comerciales multilaterales llevadas a

cabo en el marco de la Ronda Uruguay, con algunas adaptaciones; que, no

obstante, la entrada en vigor del apartado agrícola de dicho Acuerdo no está

prevista en la Comunidad hasta el 1 de julio de 1995;

Considerando que, en esta situación, es oportuno no interrumpir los

intercambios comerciales de los productos en cuestión durante el primer

semestre de 1995;

Considerando que, por lo tanto, procede prorrogar durante el primer semestre

de 1995 la validez del Reglamento (CEE) nº 3879/90 de la Comisión (4),

modificado por el Reglamento (CEE) nº 1509/91 (5);

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan

al dictamen del Comité de gestión de los cereales,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

1. Las disposicioners del Reglamento (CEE) nº 3879/90 seguirán siendo

aplicables a los productos de los códigos NC 0714 10 10, 0714 10 91 y 0714

10 99 originarios de Tailandia y exportados de este país a la Unión Europea

durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 1995.

2. Los certificados de exportación expedidos entre el 1 de enero y el 30 de

junio de 1995 serán válidos durante ciento veinte días a partir de la fecha

de expedición.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 1995.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y

directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 21 de diciembre de 1994.

Por la Comisión

René STEICHEN

Miembro de la Comisión

(1) DO nº L 43 de 13. 2. 1987, p. 9.

(2) DO nº L 337 de 24. 12. 1994, p. 8.

(3) DO nº L 347 de 12. 12. 1990, p. 23.

(4) DO nº L 367 de 29. 12. 1990, p. 115.

(5) DO nº L 141 de 5. 6. 1991, p. 14.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1051 del Consejo, de 7 de mayo de 2026, por el que se aplica el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 747/2014, relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Sudán.

Reglamento 07/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida