Reglamento (CE) nº 3149/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se establecen excepciones a lo dispuesto en el Reglamento (CEE) nº 2604/90 en lo que concierne al saneamiento de la producción comunitaria de manzanas.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1994-81971
Número oficial:
DOUE-L-1994-81971
Publicación:
22/12/1994
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto elTratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) nº 1200/90 del Consejo, de 7 de mayo de 1990,

relativo al saneamiento de la producción comunitaria de manzanas (1), cuya

última modificación la constituye el Reglamento (CE) nº 1890/94 (2), y, en

particular, su artículo 6,

Visto el Tratado de adhesión de Noruega, Austria, Finlandia y Suecia y, en

particular, el apartado 1 de su artículo 149,

Considerando que, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CEE) nº

2604/90 de la Comisión, de 7 de septiembre de 1990, por el que se establecen

las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) nº 1200/90 del Consejo

(3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) nº 2264/94

(4), la fecha límite para la presentación de solicitudes de prima por

arranque para la campaña 1994/95 es el 1 de diciembre de 1994;

Considerando que Austria y Suecia ya han solicitado participar en el

programa comunitario de arranque de manzanos; que es conveniente acceder a

esta petición; que, además, y por razones administrativas de distinta

índole, los Estados miembros han concluido con retraso sus respectivos

procedimientos legislativos en la materia; que, por consiguiente, conviene

reabrir durante el mes de enero de 1995 el plazo para la presentación de

solicitudes;

Considerando que el Comité de gestión de las frutas y hortalizas no ha

emitido dictamen alguno en el plazo establecido por su presidente,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

No obstante lo dispuesto en el párrafo primero del artículo 3 del Reglamento

(CEE) nº 2604/90, la solicitud de prima por arranque podrá ser presentada a

las autoridades competentes a lo largo del mes de enero de 1995.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su

publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de enero de 1995.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y

directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 21 de diciembre de 1994.

Por la Comisión

René STEICHEN

Miembro de la Comisión

(1) DO nº L 119 de 11. 5. 1990, p. 63.

(2) DO nº L 197 de 30. 7. 1994, p. 41.

(3) DO nº L 245 de 8. 9. 1990, p. 23.

(4) DO nº L 246 de 21. 9. 1994, p. 2.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1051 del Consejo, de 7 de mayo de 2026, por el que se aplica el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 747/2014, relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Sudán.

Reglamento 07/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida