Reglamento (CE) nº 3083/94 de la Comisión, de 16 de diciembre de 1994, por el que se modifican los límites máximos indicativos establecidos con arreglo al mecanismo complementario de intercambio (MCI) en el Reglamento (CEE) nº 1112/93 para los intercambios comerciales con España y Portugal en el sector de la carne de vacuno.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1994-81901
Número oficial:
DOUE-L-1994-81901
Publicación:
17/12/1994
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista el Acta de adhesión de España y de Portugal y, en particular, su

artículo 83 por lo que se refiere a España y su artículo 251 por lo que se

refiere a Portugal,

Considerando que el Reglamento (CEE) nº 1112/93 de la Comisión (1), cuya

última modificación la constituye el Reglamento (CE) nº 2506/94 (2),

estableció para 1994 las disposiciones de aplicación del mecanismo

complementario de los intercambios en el sector de la carne de vacuno y, en

particular, los límites máximos indicativos para determinados grupos de

productos que España y Portugal podían importar de la Comunidad en su

composición de 31 de diciembre de 1985;

Considerando que, a la vista de la evolución de los mercados español y

portugués, es necesario aumentar de manera sensible esos límites máximos

para 1995 con objeto de favorecer la integración de ambos mercados en el

mercado comunitario;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan

al dictamen del Comité de gestión de la carne de vacuno,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los Anexos del Reglamento (CEE) nº 1112/93 se sustituyen por el Anexo del

presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su

publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y

directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 16 de diciembre de 1994.

Por la Comisión

René STEICHEN

Miembro de la Comisión

(1) DO nº L 113 de 7. 5. 1993, p. 10.

(2) DO nº L 267 de 18. 10. 1994, p. 1.

ANEXO

«ANEXO I

----------------------------------------------------------------------------

Grupos |Código |Designación de la mercancía |Límite máximo indicativo

|NC | |para 1995

----------------------------------------------------------------------------

1 |0102 90 |Animales vivos de la especie |445 000 cabezas

| |bovina distintos de los |

| |reproductores de raza pura |

| |y de los animales para |

| |corridas (en número de |

| |cabezas) |

| | |enero-febrero: 70 000

| | |marzo-abril: 80 000

| | |mayo-junio: 80 000

| | |julio-agosto: 65 000

| | |septiembre-octubre: 75 000

| | |noviembre-diciembre: 75 000

| | |

----------------------------------------------------------------------------

ANEXO II

----------------------------------------------------------------------------

Grupos |Código NC |Designación de la |Límite máximo indicativo

| |mercancía |para 1995

----------------------------------------------------------------------------

1 |ex 0102 90 |Animales vivos de la |33 000 cabezas

| |especie bovina de las |

| |especies domésticas |

| |, distintos de los |

| |animales para corridas |

| |(en número de cabezas) |

| | |enero-febrero: 6 500

| | |marzo-abril: 6 500

| | |mayo-junio: 3 500

| | |julio-agosto: 3 500

| | |septiembre-octubre: 6 500

| | |noviembre-diciembre: 6 500

| | |

³[L76]

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

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