EL CONSEJO DE LAUNION EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 28,
Vista la propuesta de la Comisión,
Considerando que, para los productos contemplados en el presente Reglamento, la producción es actualmente insuficiente o nula en la Comunidad y que los productores no pueden, en consecuencia, responder a las necesidades de las industrias usuarias de la Comunidad;
Considerando que es del interés de la Comunidad suspender únicamente los derechos autónomos del arancel aduanero común parcialmente, en determinados casos, en particular, en razón de la existencia de una producción comunitaria, y proceder a la suspensión total en otros casos;
Considerando que incumbe a la Comunidad decidir la suspensión de estos derechos autónomos;
Considerando que, habida cuenta de las dificultades que se presentan, para apreciar de manera rigurosa en un futuro próximo la evolución de la situación económica en los sectores interesados, conviene tomar estas medidas de suspensión sólo temporalmente, fijando su período de validez en función de los intereses de la producción comunitaria,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Los derechos autónomos del arancel aduanero común relativos a los productos mencionados en el Anexo quedan suspendidos en el nivel indicado frente a cada uno de ellos.
Estas suspensiones serán válidas del 1 de enero al 30 de junio de 1996.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 1996.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 22 de diciembre de 1995.
Por el Consejo
El Presidente
L. ATIENZA SERNA
ANEXO
Código de la Derechos
Nomenclatura TARIC Designación de la mercancía autónomos
combinada (%)
ex 2805 30 10 *20 Aleaciones de lantano y otros metales
de las tierras raras, con un
contenido de lantano superior o igual
al 43 % en peso 0
ex 2823 00 00 *10 Dióxido de titanio, con una pureza
superior o igual al 99,9 % en peso,
con un tamaño medio de grano superior
o igual a 1,2 micrómetros pero
inferior o igual a 1,8 micrómetros,
destinado a la fabricación de
productos de las partidas nºs 8532 u
8533 (a) 0
ex 2826 90 90 *10 Hexafluorofosfato de potasio 0
ex 2839 90 00 *10 Silicato de plomo hidrato, con un
contenido, en peso, de plomo,
expresado en monóxido de plomo, de
84,5 % (±1,5 %), en forma de polvo 0
ex 2843 90 90 *20 Monóxido de paladio 0
ex 2909 50 90 *10 4-(2-Metoxietil)fenol 0
ex 2914 70 90 *20 21-Cloro-9B,11B-epoxi-17-hidroxi-16a
-metilpregna-1,4-dieno-3,20-diona 0
ex 2917 13 00 *10 Acido sebácico 0
ex 2917 20 00 *30 Anhídrido 1,4,5,6,7,7-hexacloro
-8,9,10-trinorborn-5-eno-2,3
-dicarboxílico 0
ex 2917 39 90 *35 Naftaleno-2,6-dicarboxilato de
dimetilo 0
ex 2918 17 00 *10 Acido fenilglicólico (ácido
mandélico) 0
ex 2918 90 00 *75 Fenoxiacetato de sódio 0
ex 2920 10 00 *10 Fenitrotion (ISO) 0
2920 90 30 Fosfito de trimetilo 0
ex 2921 42 10 *10 2,6-Dicloro-4-nitroanilina 0
ex 2921 42 10 *20 2-Bromo-4,6-dinitroanilina 0
ex 2921 42 10 *30 Acido 4-aminobenceno-1,3
-disulfónico y sus sales 0
ex 2921 51 10 *10 m-Fenilendiamina, con una pureza
superior o igual al 99 % en peso y
un contenido de:
- agua inferior o igual a 1 % en
peso,
- o-fenilendiamina inferior o igual
a 200 mg/kg
y
- p-fenilendiamina inferior o igual
a 450 mg/kg 0
ex 2921 59 00 *60 Mezcla de isómeros de 3,5
-dietiltoluenodiamina 0
ex 2922 19 00 *55 4,4-Dimetoxibutilamina 0
ex 2922 21 00 *10 Acido 2-amino-5-hidroxinaftaleno
-1,7-disulfónico y sus sales, con una
pureza superior o igual al 60 % en
peso 0
ex 2922 29 00 *30 Acido 4-amino-5-metoxi-2
-metilbencenosulfónico 0
ex 2922 29 00 *40 2-Amino-4-terc-pentil-6-nitrofenol 0
ex 2922 30 00 *10 Acido 1-amino-4-bromo-9,10
-dioxoantraceno-2-sulfónico y sus
sales 0
ex 2923 90 00 *10 Hidróxido de tetrameti[amonio, en
forma de solución acuosa con un
contenido de:
- hidróxido de tetrametilamonio de
25 % (±0,1 %) en peso,
- halogenuro inferior o igual a 5
mg/kg,
- sodio inferior o igual a 10
microgramos/kg,
- calcio inferior o igual a 10
microgramos/kg,
- hierro inferior o igual a 10
microgramos/kg
y
- cinc inferior o igual a 10
microgramos/kg 0
ex 2924 29 90 *50 3'-Dietilamino-4'-metoxiacetanilida 0
ex 2924 29 90 *60 5-[N-(2-Acetoxietil)acetoxiacetamido]
-N,N'-bis(2,3-diacetoxipropil)-2,4,6-
triiodoisoftalamida 0
ex 2926 90 90 *65 2-Amino-5-nitrobenzonitrilo 0
ex 2926 90 90 *75 Clorotalonil (ISO) 0
ex 2930 90 95 *17 Acido 3,3'-tiodipropiónico 0
2931 00 10 Metilfosfonato de dimetilo 0
ex 2931 00 80 *70 Acido N-(fosfonometil)iminodiacético 0
ex 2933 21 00 *30 3'-[4,4-Dimetil-2-(4,4-dimetil-2,5
-dioxoimidazolin-1-il)-3-
oxovalerilamino]-4'
-metoxiestearanilida 0
ex 2933 69 90 *35 Tris(2,3-epoxipropil)-1,3,5
-triazinantriona 0
ex 2933 69 90 *40 Cianazina (ISO) 0
ex 2934 10 00 *20 2-(4-Metiltiazol-5-il)etanol 0
ex 2934 90 99 *38 1,1-Dióxido de 4-[4-(tridecil
[ramificado]oxi)fenil]-1,4-tiazinano 0
ex 2935 00 00 *45 Mezcla de isómeros constituída por
N-etiltolueno-2-sulfonamida y
N-etiltolueno-4-sulfonamida 0
ex 3204 15 00 *30 Colorante C.I. Vat Red 74 0
ex 3204 17 00 *10 Colorante C.I. Pigment Yellow 81 0
3301 12 10 Aceites esenciales de naranja, sin
desterpenar 0
ex 3506 91 00 *10 Adhesivo basado en una dispersión
acuosa de una mezcla de colofonia
dimerizada y de copolímero de etileno
y de acetato de vinilo (EVA) 0
ex 3507 90 00 *65 Asparraguinasa 0
ex 3815 12 00 *20 Catalizador, compuesto de paladio y
renio, fijados sobre un soporte de
carbono activado, en forma de polvo,
con un contenido de:
- paladio superior o igual a 0,5 %
pero inferior o igual a 1,5 % en
peso,
- renio superior o igual a 3 % pero
inferior o igual a 5 % en peso
y
- metales alcalinos superior o igual
a 0,1 moles % pero inferior o igual
a 1 moles % destinado a utilizarse
en la fabricación de
tetrahidrofurano (a) 0
ex 3815 19 00 *16 Catalizador compuesto de trióxido de
dicromo, fijado sobre un soporte de
óxido de aluminio 0
ex 3818 00 10 *10 Discos de silicio, con difusión de
fósforo en una de las caras, de
espesor inferior o igual a 310
micrómetros, destinados a utilizarse
en la fabricación de elementos
semiconductores de la partida nº
8541 (a) 0
ex 3824 90 90 *03 Gránulos compuestos de una mezcla de
trióxido de dialuminio y dióxido de
zirconio, con un contenido, en peso,
de:
- trióxido de dialuminio superior o
igual al 70 % pero inferior o igual
a 78 %
y
- dióxido de zirconio superior o
igual al 19 % pero inferior o igual
a 26 % 5,2
ex 3824 90 90 *35 Preparación constituída esencialmente
por etilenglicol y N,N
-dimetilformamida o etilenglicol y
Y-butirolactona, destinada a la
fabricación de condensadores
electrolíticos (a) 0
ex 3824 90 90 *36 Preparación constituída esencialmente
por Y-butirolactona y sales de amonio
cuaternario, destinada a la
fabricación de condensadores
electrolíticos (a) 0
ex 3824 90 90 *37 2,4,7,9-Tetrametildec-5-in-4,7-diol,
hidroxietilada 0
ex 3824 90 90 *38 Ferrita de cobre y de cinc, en forma
de gránulos de dimensiones inferior o
igual a 120 micrómetros, envuelta en
una resina de silicona 0
ex 3824 90 90 *39 Oligómero de estireno 0
ex 3824 90 90 *41 Preparación compuesta por
a-(4-aliloxicarbonilbenzoil)-w
-aliloxipoli[oxi(2-metiletileno)
oxitereftaloil] y bien dicarbonato de
dialil-2,2'-oxidietilo o bien
isoftalato de dialilo 0
ex 3901 90 00 *97 Copolímero de etileno, acetato de
vinilo y monóxido de carbono,
destinado a utilizarse como
plastificante en la fabricación de
láminas de impermeabilización
autoprotegidas (a) 0
ex 3903 19 00 *20 Poliestireno con un peso molecular
inferior o igual a 5 000 0
ex 3903 90 00 *80 Copolímero de a-metilestireno y
estireno, con un punto de
ablandamiento superior a
ex 3911 90 90 *89 113 ºC 0
ex 3904 61 90 *10 Mezcla de politetrafluoroetileno y
mica, en una de las formas señaladas
en la nota 6 b) del capítulo 39 0
ex 3905 99 00 *94 Acetato ftalato de polivinilo 0
ex 3906 90 00 *70 Producto de polimerización del ácido
acrílico con pequeñas cantidades de
un monómero poliinsaturado, destinado
a la fabricación de medicamentos de
las partidas nº 3003 o 3004 (a) 0
ex 3906 90 00 *80 Producto de polimerización de ácido
acrílico con pequeñas cantidades de
un monómero poliinsaturado, destinado
a utilizarse como agente
estabilizador en emulsiones o
dispersiones con un pH superior a
13 (a) 6
ex 3907 30 00 *20 Resina epoxi en forma de polvo, con
un contenido, en peso, de cuarzo
superior o igual al 44 % pero
inferior o igual a 55 % y de trióxido
de diantimonio superior o igual al
0,5 % pero inferior o igual a 1 %,
destinada al revestimiento de
condensador de hojas (a) 0
ex 3911 90 90 *85 Copolímero de maleato de dibutilo y
N-vinil-2-pirrolidona, en una de las
formas señaladas en la nota 6 a) del
capítulo 39 0
ex 3911 90 90 *87 Copolímero de viniltolueno y
a-metilestireno 0
ex 3911 90 90 *88 Copolímero de viniltolueno y
a-metilestireno hidrogenado 0
ex 3919 90 10 *10 Hoja de materia plástica cortada,
recubierta de una capa adhesiva que
contenga poliisobutileno y pectina,
destinada a la fabricación de bolsas
de colostomía (a) 0
ex 3919 90 31 *10 Hoja laminada reflectante metalizada,
ex 3920 69 00 *80 sin microesferas de vidrio ni
impresiones en forma de pirámides,
compuesta por una hoja de poliéster y
al menos otra película de poliéster
u otro material plástico, y revestida
por una cara con un adhesivo,
protegida o no con una película
arrancable, en rollos, cada rollo de
anchura superior o igual a 150 cm y
de peso bruto superior o igual a
75 kg 0
ex 3919 90 31 *40 Película reflectante de poliéster con
ex 3920 62 10 *40 impresiones en forma de pirámides,
ex 3920 62 90 *20 destinada a la fabricación de
ex 3920 63 00 *30 autoadhesivos y brazaletes de
ex 3920 69 00 *30 seguridad, de vestidos de seguridad
y sus accesorios, o de carteras,
bolsas o continentes similares (a) 0
ex 3919 90 61 *92 Hojas de policloruro de vinilo, de
ex 3919 90 69 *92 espesor inferior a 1 mm, recubiertas
por un adhesivo en el que van
incluidas esferas de vidrio de
diámetro inferior o igual a 100
micrómetros 0
ex 3919 90 61 *93 Película adhesiva compuesta por una
ex 3919 90 69 *93 base de un copolímero de etileno y
acetato de vinilo (EVA) de espesor
superior o igual a 120 micrómetros y
una parte adhesiva de tipo acrílico
de espesor superior o igual a 10
micrómetros, destinada a la
protección de la surperficie de
discos de silicio (a) 0
ex 3920 51 00 *10 Placa de polimetacrilato de metilo,
con revestimiento antiestático, de
dimensiones de 738 x 972 mm (± 1,5 mm) 0
ex 3920 62 10 *10 Hoja de politereftalato de etileno,
de espesor inferior a 11 micrómetros,
destinada a la fabricación de
cassettes audionuméricos (a) 0
ex 3920 62 10 *20 Película de politereftalato de
etileno, no revestida con un
adhesivo, de espesor inferior o
igual a 25 micrómetros:
- bien únicamente coloreada en la
masa,
- o bien coloreada en la masa y
metalizada por una cara 0
ex 3920 62 10 *45 Hoja de politereftalato de etileno
únicamente, de espesor total inferior
o igual a 120 micrómetros, compuesta
por una o dos capas que contengan
cada una en la masa un colorante y/o
un material absorvente de UV, no
revestida con adhesivo u otros
materiales 0
ex 3920 62 10 *50 Hoja de politereftalato de etileno,
de espesor superior o igual a 20
micrómetros pero inferior o igual a
30 micrómetros, recubierta por una
cara de silicona, destinada a
utilizarse en la fabricación de
películas para ventanas (a) 5,6
ex 3920 62 10 *55 Hoja estratificada de politereftalato
de etileno únicamente, de espesor
total inferior o igual a 120
micrómetros, compuesta por una capa
únicamente metalizada y una o dos
capas que contengan cada una en la
masa un colorante y/o un material
absorvente de UV, no revestida con
adhesivo u otros materiales 0
ex 3920 62 10 *65 Hoja compuesta por una capa de
politereftalato de etileno
únicamente, de espesor inferior o
igual a 120 micrómetros, que
únicamente:
- contiene en la masa un colorante
y/o un material absorvente de UV
y
- está metalizada por una cara,
recubierta o sin recubrir por una o
por ambas caras con un polímero de
acrilato de vinilo pero sin otro
recubrimiento o adhesivo 0
ex 3921 19 90 *91 Película de polipropileno microporosa
de espesor inferior o igual a 30
micrómetros 0
ex 4016 99 88 *10 Tapón de estanqueidad de caucho
flexible destinada a la fabricación
de condensadores electrolíticos (a) 0
ex 4805 60 90 *10 Papel «overlay», de altura superior
a 205 cm y con una resistencia mínima
a la abrasión de 6 000 rpm (según la
norma EN 438-2:1991) 0
ex 4811 39 00 *10 Papel kraft impregnado de polímero
acrílico con un peso nominal de 85
g/m2 0
ex 4911 99 00 *10 Película de poliéster parcialmente
recubierta de una capa magnética de
metal sobre la que figura un logotipo
o motivo repetido de manera regular,
destinada a la fabricación de hilos
de seguridad (a) 0
ex 5402 33 10 *10 Hilado texturado de poliéster, de
ex 5402 33 90 *10 capa simple o doble, de título de 120
decitex por hilo sencillo y
constituido por 36 filamentos o de
título de 167 decitex por hilo
sencillo y constituido por 48
filamentos el diámetro de cada uno de
los cuales varía aleatoriamente en su
longitud 0
ex 5402 33 90 *20 Hilado texturado de poliéster, de
título de 167 decitex por hilo
sencillo y constituido por 60
filamentos o de título de 334 decitex
por hilo sencillo y constituido por
78 filamentos, que tenga filamentos
a la vez de politereftalato de
etileno y de un politereftalato de
etileno químicamente modificado para
permitir su teñido mediante
colorantes catiónicos 0
ex 5911 90 90 *40 Varitas de fibras acrílicas, de
longitud inferior o igual a 50 cm,
destinadas a la fabricación de puntas
de rotuladores (a) 0
ex 6903 90 80 *10 Oxido de berílio, con una pureza
ex 6909 19 00 *40 superior al 99 % en peso, presentado
en forma de desbastes, barras,
bloques o placas 0
ex 7011 10 90 *10 Lentes de vidrio con puntos
refringentes o elementos prismáticos,
con un diámetro exterior superior a
121 mm pero inferior o igual a 125 mm 0
ex 7011 10 90 *20 Reflectores parabólicos de vidrio,
con un diámetro exterior superior a
121 mm pero inferior o igual a 125 mm 0
ex 7011 20 00 *40 Pantalla de vidrio:
- con una diagonal de 366,4 mm
(±1,5 mm) y de dimensiones de 246,4
x 315,4 mm (± 1,5 mm),
- con una diagonal de 391 mm
(±1,5 mm) y de dimensiones de 261,4
x 326,8 mm (±1,5 mm),
- con una diagonal de 442 mm
(±1,5 mm) y de dimensiones de 293,4
x 369,2 mm (±1,5 mm),
- con una diagonal de 513,5 mm
(±1,6 mm) y de dimensiones de 341,8
x 440,5 mm (±1,6 mm),
- con una diagonal de 544,5 mm
(±1,6 mm) y de dimensiones de 358
x 454 mm (±1,6 mm),
- con una diagonal de 629,8 mm
(±3 mm) y de dimensiones de 406,5
x 519 mm (±2 mm),
- con una diagonal de 639,3 mm
(±3 mm) y de dimensiones de 413,6
x 527 mm (±2 mm)
o
- con una diagonal de 838,2 mm
(±1,5 mm) y de dimensiones de 549,9
x 695,6 mm (±1,5 mm),
y provista de un reborde, destinada a
la fabricación de tubos catódicos en
color (a) 0
ex 7011 20 00 *80 Cono de vidrio:
- con una diagonal de 365,0 mm
(±1,5 mm) y de dimensiones de 243,2
x 312,8 mm (±1,5 mm),
- con una diagonal de 389,6 mm
(±1,5 mm) y de dimensiones de 258,5
x 324,5 mm (±1,5 mm)
o
- con una diagonal de 439,9 mm
(±1,5 mm) y de dimensiones de 290
x 3 66,6 mm (±1,5 mm) 0
ex 7019 32 00 *10 Telas sin tejer de fibras de vidrio
ex 7019 39 10 *10 no textiles, destinadas a la
ex 7019 39 90 *10 fabricación de filtros de aire o de
productos para filtración de aire (a) 0
ex 7306 30 29 *91 Tubo de precisión de acero no aleado,
soldado y acabado en frío, de
diámetro exterior superior a 160 mm
y cuyo espesor de pared es superior
a 2 mm 0
ex 8418 99 90 *91 Microelementos de refrigeración
soldados, de aleaciones de aluminio,
destinados a la fabricación de
condensador (a) 0
ex 8421 99 00 *95 Partes de aparatos para la filtración
de dispersiones magnéticas,
constituidos esencialmente de fibras
de nylon-6 dentro de una envoltura de
material plástico de diámetro
igual a 70 mm (±2 mm) y de longitud
igual a 520 mm (±5 mm) 0
(a) El control de la utilización para este destino específico se lleva a cabo mediante la aplicación de las disposiciones comunitarias dictadas a este respecto.