Reglamento (CE) nº 2857/95 del Consejo, de 8 de diciembre de 1995, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 3379/94 relativo a la apertura y modo de gestión de determinados contingentes arancelarios comunitarios correspondientes a algunos productos agrícolas y a la cerveza para 1995.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1995-81814
Número oficial:
DOUE-L-1995-81814
Publicación:
13/12/1995
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 113,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que el Reglamento (CE) nº 3379/94 abrió, hasta el 30 de junio de 1995, una serie de contingentes arancelarios destinados a cumplir los compromisos contraídos por Austria en virtud del GATT; que estos compromisos están siendo objeto de renegociación como consecuencia de la adhesión de Austria a la Comunidad; que aún no ha concluido el proceso de renegociación ; que es preciso abrir contingentes arancelarios similares para el segundo semestre de 1995,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Anexo III del Reglamento (CE) nº 3379/94 se sustituirá por el texto que figura en el Anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de julio de 1995.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 8 de diciembre de 1995.

Por el Consejo

El Presidente

J. BORRELL FONTELLES

ANEXO

ANEXO III

CONTINGENTES ARANCELARIOS COMUNITARIOS ABIERTOS CON CARACTER AUTONOMO DEL 1 DE JULIO AL 31 DE DICIEMBRE DE 1995

Código NC Designación de la Cantidad País de Tipo de

mercancía origen derecho

aplicable

ex 0201 30 Carne de animales de

la especie bovina

de alta calidad, 200 toneladas 20 %

ex 0202 20 fresca, refrigerada

o congelada

1006 40 00 Arroz partido

destinado a la

producción de

alimentos de 326 toneladas Tailandia

exención

la partida

arancelaria

1901 10

ex 2309 10 Alimentos para perros

o gatos, con un

contenido de 699 toneladas Hungría } 15%

ex 2309 90 azúcar inferior al

40% en peso, un

contenido de almidón 354 toneladas Suiza "

inferior al 40% en

peso y un contenido

de lactosa inferior 28 toneladas Otros "

al 2% en peso paises

2203 00 10 Cerveza de malta,

con un contenido

original de malta 389 hl República

Checa 6,4 ecus/

100 kg»

ex 2203 00 90 inferior al 20%,

en contenedores

(número de orden 09.5551)

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1051 del Consejo, de 7 de mayo de 2026, por el que se aplica el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 747/2014, relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Sudán.

Reglamento 07/05/2026

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