Reglamento (CE) nº 2727/95 de la Comisión, de 27 de noviembre de 1995, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 3626/82 del Consejo relativo a la aplicación en la Comunidad del Convenio sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1995-81695
Número oficial:
DOUE-L-1995-81695
Publicación:
28/11/1995
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) nº 3626/82 del Consejo, de 3 de diciembre de 1982, relativo a la aplicación en la Comunidad del Convenio sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) nº 558/95 de la Comisión, y, en particular su artículo 4,

Considerando que se ha modificado el Anexo III del Convenio; que el apéndice III del Anexo A del Reglamento (CEE) nº 3626/82 debería modificarse consecuentemente a fin de incorporar dicha modificación aceptada por los Estados miembros que son partes del mencionado Convenio;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del convenio sobre comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el apéndice III del Anexo A del Reglamento (CEE) nº 3626/82 se insertará el texto siguiente

« FLORA

MELIACEAE Swietenia macrophylla

+218 #5 Costa Rica

+218 Significa las poblaciones de la especie en el

continente americano.

#5 Significa que únicamente las trozas para aserrar,

la madera aserrada y las chapa de madera están

sujetas a lo dispuesto en la Convención.».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 27 de noviembre de 1995.

Por la Comisión

Ritt BJERREGAARD

Miembro de la Comisión

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