Reglamento (CE) nº 2546/94 de la Comisión, de 20 de octubre de 1994, relativo a la asignación de cantidades no solicitadas del contingente de importación de carne de vacuno congelada en aplicación del Reglamento (CE) nº 130/94 del Consejo.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1994-81593
Número oficial:
DOUE-L-1994-81593
Publicación:
21/10/1994
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 805/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de bovino (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1884/94 (2), y,en particular, el apartado 2 de su artículo 15,

Visto el Reglamento (CE) no 130/94 del Consejo, de 24 de enero de 1994, relativo a la apertura y modo de gestión de un contingente arancelario comunitario de carne de vacuno congelada del código NC 0202 y de productos del código NC 0206 29 91 (1994) (3) y, en particular, su artículo 4,

Considerando que el Reglamento (CE) no 214/94 de la Comisión (4) establece las disposiciones de aplicación del régimen de importación contemplado en el Reglamento (CE) no 130/94;

Considerando que el artículo 3 del Reglamento (CE) no 130/94 contempla la asignación, durante el cuarto trimestre de 1994,de las cantidades que el 31 de agosto del mismo año no hayan sido objeto de solicitud de certificado de importación,concediendo prioridad en la asignación de cantidades complementarias a los operadores que hayan sido objeto de errores administrativos, si se hubieran producido;

Considerando que, al comunicar a la Comisión las cantidades de referencia y las cantidades solicitadas en virtud de los apartados 2 y 3 del artículo 3

del Reglamento (CE) no 214/94, en algunos casos las autoridades nacionales han transmitido cifras erróneas;

Considerando que, después de haber asignado cantidades complementarias a los operadores afectados por errores administrativos, las cantidades restantes superan las 30 toneladas; que, con arreglo al apartado 1 del artículo 3 del Reglamento (CE) no 130/94, deben ser objeto de una nueva asignación;

Considerando que, por razones de gestión administrativa y de práctica comercial, es conveniente fijar en 5 toneladas el volumen de cada lote que se asigne; Considerando que, en virtud del apartado 2 del artículo 4 del Reglamento (CE) no 130/94, la Comisión decide la asignación de las cantidades disponibles; que, con objeto de asignar de forma equitativa las cantidades restantes, procede recurrir a la repartición de las cantidades por Estado miembro a partir de las cantidades concedidas en marzo de 1994;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne de vacuno,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

1. Las cantidades que no han sido objeto de solicitudes de certificados de importación el 31 de agosto de 1994 ascienden a 83,675 toneladas. Para tener en cuenta los errores administrativos cometidos, 13,413 toneladas se asignan de la manera siguiente:

a) 10,905 toneladas a Galtee Meats Ltd (Charleville, Irlanda);

b) 2,508 toneladas a Ellistrin Ltd (Irlanda).

2. Las cantidades restantes, es decir, 70 toneladas (redondeo), se reparten entre los Estados miembros de la manera siguiente:

Alemania: 20 toneladas,

Bélgica: 5 toneladas

Francia: 5 toneladas,

Irlanda: 5 toneladas,

Italia: 15 toneladas,

Países Bajos: 5 toneladas,

Reino Unido: 15 toneladas.

3. Los Estados miembros interesados asignarán estas cantidades en lotes de 5 toneladas a los operadores contemplados en los apartados 1 y 2 del artículo 1 del Reglamento (CE) no 214/94 mediante sorteo. Cada operador entrará una sola vez en el sorteo.

4. Serán aplicables los artículos 5, 6 y 7 del Reglamento (CE) no 214/94.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 20 de octubre de 1994.

Por la Comisión

René STEICHEN

Miembro de la Comisión

______________________________

(1) DO no L 148 de 28. 6. 1968, p. 24.

(2) DO no L 197 de 30. 7. 1994, p. 27.

(3) DO no L 22 de 27. 1. 1994, p. 3.

(4) DO no L 27 de 1. 2. 1994, p. 46.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €