Reglamento (CE) nº 2364/2000 de la Comisión, de 25 de octubre de 2000, relativo a la cuarta lista de sustancias prioritarias prevista en el Reglamento (CEE) nº 793/93 del Consejo.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2000-81998
Número oficial:
DOUE-L-2000-81998
Publicación:
26/10/2000
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 793/93 del Consejo, de 23 de marzo de 1993, sobre evaluación y control del riesgo de las sustancias existentes (1) y, en particular, sus artículos 8 y 10,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CEE) n° 793/93 prevé un sistema de evaluación y control del riesgo de las sustancias existentes y que, para emprender la evaluación del riesgo de tales sustancias, conviene determinar las sustancias prioritarias que requieran atención.

(2) El artículo 8 del Reglamento (CEE) n° 793/93 dispone consecuentemente que la Comisión debe confeccionar una lista de sustancias prioritarias teniendo en cuenta determinados criterios que se indican a continuación.

(3) El artículo 10 del Reglamento (CEE) n° 793/93 prevé que para cada sustancia que figure en las listas prioritarias se designe un Estado miembro responsable de su evaluación y que la asignación de sustancias debe hacerse de forma que las tareas queden repartidas equitativamente entre los Estados miembros.

(4) La Comisión ya adoptó una primera, una segunda y una tercera listas prioritarias mediante los Reglamentos de la Comisión (CE) nos. 1179/94 (2), 2268/95 (3) y 143/97 (4).

(5) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité establecido por el artículo 15 del Reglamento (CEE) n° 793/93.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

1. Se establece la cuarta lista de sustancias prioritarias prevista con arreglo al apartado 1 del artículo 8 del Reglamento (CEE) n° 793/93 que figura como anexo del presente Reglamento.

2. La presente lista de sustancias prioritarias indica también el Estado miembro responsable de cada una de las sustancias.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 25 de octubre de 2000.

Por la Comisión

Margot Wallström

Miembro de la Comisión

_______________________

(1) DO L 84 de 5.4.1993, p. 1.

(2) DO L 131 de 26.5.1994, p. 3.

(3) DO L 231 de 28.9.1995, p. 18.

(4) DO L 25 de 28.1.1997, p. 13.

ANEXO

TABLA OMITIDA

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €