Reglamento (CE) nº 213/94 de la Comisión, de 31 de enero de 1994, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 2137/93 por el que se fijan las restituciones por exportación en el sector vitivinícola.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1994-80103
Número oficial:
DOUE-L-1994-80103
Publicación:
01/02/1994
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) nº 822/87 del Consejo, de 16 de marzo de 1987, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) nº 1566/93 (2), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 56,

Considerando que debe modificarse el Reglamento (CEE) nº 2137/93 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) nº 3345/93 (4), por el que se establecen las restituciones por exportación de vino a determinados destinos, incluidos los países de Europa Oriental;

Considerando que, debido a ciertas perturbaciones del mercado mundial y a la necesidad de aplicar medidas de control, es necesaria una suspensión temporal de las restituciones por exportación a Bosnia-Herzegovina, Croacia, Eslovenia, la antigua república yugoslava de Macedonia, las Repúblicas de Serbia y Montenegro, Bulgaria, la República Checa, la República Eslovaca, Hungría y Rumanía;

Considerando que el Comité de gestión del vino no ha emitido dictamen alguno en el plazo establecido por su presidente,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Anexo del Reglamento (CEE) nº 2137/93 se sustituirá por el Anexo del presente Reglamento.

No se podrá presentar ninguna solicitud de restitución por exportación a los países mencionadas en la letra b) del punto 09 de la nota 1 del Anexo, antes del 1 de abril de 1994.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de febrero de 1994.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 31 de enero de 1994.

Por la Comisión

René STEICHEN

Miembro de la Comisión

_____________

(1) DO nº L 84 de 27. 3. 1987, p. 1.

(2) DO nº L 154 de 25. 6. 1993, p. 39.

(3) DO nº L 191 de 31. 7. 1993, p. 91.

(4) DO nº L 300 de 7. 12. 1993, p. 1.

ANEXO

TABLA OMITIDA

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

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Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1019 de la Comisión, de 7 de mayo de 2026, relativo a la autorización del ácido guanidinoacético y de un preparado de ácido guanidinoacético como aditivos para piensos destinados a pollos de engorde, pollos criados para puesta, pollos criados para reproducción, pavos de engorde y pavos criados para reproducción (titular de la autorización: Evonik Operations GmbH).

Reglamento 08/05/2026

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