Reglamento (CE) nº 1929/2000 de la Comisión, de 12 de septiembre de 2000, que modifica el Reglamento (CE) nº 2603/1999 por el que se establecen disposiciones transitorias para la ayuda al desarrollo rural en lo que se refiere a la transformación de los compromisos agroambientales contraídos al amparo del Reglamento (CEE) nº 2078/92 del Consejo.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2000-81701
Número oficial:
DOUE-L-2000-81701
Publicación:
13/09/2000
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) y por el que se modifican y derogan determinados Reglamentos (1) y, en particular, el apartado 1 de su artículo 53,

Considerando lo siguiente:

(1) La normativa existente no permite transformar un compromiso agroambiental contraído al amparo del Reglamento (CEE) n° 2078/92 del Consejo (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2772/95 de la Comisión (3), en un nuevo compromiso en el ámbito del nuevo Reglamento (CE) n° 1257/1999. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento (CE) n° 746/96 de la Comisión (4), modificado por el Reglamento (CE) n° 435/97 (5), por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) n° 2078/92, una transformación de un compromiso en otro sólo puede autorizarse dentro del mismo período quinquenal.

(2) Para garantizar una mejor aplicación de la nueva programación en lo que se refiere a las medidas agroambientales, es necesario permitir a los Estados miembros que autoricen la transformación de un compromiso agroambiental contraído al amparo de la antigua normativa en un nuevo compromiso de cinco años o más en el ámbito del Reglamento (CE) n° 1257/1999 a condición de que este nuevo compromiso implique un beneficio evidente para el medio ambiente.

(3) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de estructuras agrarias y desarrollo rural.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Al final del artículo 3 del Reglamento (CE) n° 2603/1999 de la Comisión (6), se añadirá el apartado siguiente:

"4. Antes de que finalice el período de ejecución de un compromiso contraído al amparo del Reglamento (CEE) n° 2078/92, los Estados miembros podrán autorizar la transformación de este compromiso en un nuevo compromiso de cinco años o más en el ámbito del Reglamento (CE) n° 1257/1999 a condición de que:

a) dicha transformación constituya un beneficio indiscutible para el medio ambiente, y

b) el compromiso existente se refuerce de forma significativa.".

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de enero de 2000.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 12 de septiembre de 2000.

Por la Comisión

Franz Fischler

Miembro de la Comisión

_______________________

(1) DO L 160 de 26.6.1999, p. 80.

(2) DO L 215 de 30.7.1992, p. 91.

(3) DO L 288 de 1.12.1995, p. 35.

(4) DO L 102 de 25.4.1996, p. 19.

(5) DO L 67 de 7.3.1997, p. 2.

(6) DO L 316 de 10.12.1999, p. 26.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €