Reglamento (CE) nº 1566/97 de la Comisión, de 1 de agosto de 1997, por el que se establece la inaplicación excepcional del Reglamento (CE) nº 762/94 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) nº 1765/92 del Consejo en lo referente a la retirada de tierras.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1997-81606
Número oficial:
DOUE-L-1997-81606
Publicación:
02/08/1997
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 1765/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece un régimen de apoyo a los productores de determinados cultivos herbáceos, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1422/97, y, en particular, su artículo 12,

Considerando que el Reglamento (CE) n° 762/94 de la Comisión, cuya última

modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2930/95, establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) n° 1765/92 en lo referente a la retirada de tierras y dispone, en particular, que las superficies deben permanecer retiradas durante un período de tiempo que no podrá finalizar antes del 31 de agosto;

Considerando que, durante el mes de julio de 1997, determinadas regiones de la Comunidad han sufrido inundaciones excepcionales; que esto dificulta el pastrero del ganado en los lugares habituales; que, por consiguiente, procede buscar alternativas temporales para la estabulación y alimentación del ganado; que la utilización de tierras retiradas en el marco del régimen de cultivos herbáceos podría paliar esta situación; que, no obstante, conviene adoptar medidas dirigidas a garantizar el cumplimiento del carácter no lucrativo de la utilización de dichas tierras;

Considerando que, por consiguiente, es necesario establecer la inaplicación excepcional del Reglamento (CE) n° 762/94, con efectos a partir del 23 de julio de 1997;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión conjunto de cereales, de materias grasas y de forrajes desecados,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Para la campaña 1997/98, y sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3 y en el segundo guión del apartado 4 del artículo 3 del Reglamento (CE) n° 762/94, la fecha límite de 31 de agosto se adelanta al 22 de julio de 1997 en las regiones contempladas en el Anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

Los Estados miembros afectados adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento del carácter no lucrativo de la puesta a disposición, de los ganaderos de las regiones en cuestión, de las tierras retiradas y destinadas a pastos.

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 23 de julio de 1997.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 1 de agosto de 1997.

Por la Comisión

Monika WULF-MATHIES

Miembro de la Comisión

ANEXO

1. AUSTRIA

Niederösterreich

Verwaltungsbezirke:

- Gänserndorf

- Bruck/Leitha

- Baden

- Mödling

- Wiener Neustadt

- Neunkirchen

- Lilienfeld

- St. Pölten

- Tulln

- Wien-Umgebung

2. ALEMANIA

Brandemburgo

Landkreise:

- Uckermark

- Barnim

- Märkisch-Oderland

- Oder-Spree

- Oberhavel

- Dahme-Spreewald

- Spree-Neiße

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €