Reglamento (CE) nº 1563/2000 de la Comisión, de 18 de julio de 2000, que modifica el Reglamento (CE) nº 440/2000 por el que se determinan las cantidades con respecto a las cuales se conceden para 2000 las asignaciones anuales a los "operadores recién llegados", en el marco de los contingentes arancelarios de importación y de los plátanos tradicionales ACP.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2000-81303
Número oficial:
DOUE-L-2000-81303
Publicación:
19/07/2000
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 404/93 del Consejo, de 13 de febrero de 1993, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del plátano (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1257/1999 (2),

Visto el Reglamento (CE) n° 2362/98 de la Comisión, de 28 de octubre de 1998, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) n° 404/93 del Consejo en lo relativo al régimen de importación de plátanos en la Comunidad (3), modificado por el Reglamento (CE) n° 756/1999 (4) y, en particular, el apartado 3 de su artículo 9,

Considerando lo siguiente:

(1) El apartado 3 del artículo 9 del Reglamento (CE) n° 2362/98 establece el método de cálculo de la asignación anual de cada operador recién llegado. Con arreglo a este método, la Comisión determina las cantidades por las que se conceden las asignaciones anuales, en función de las solicitudes individuales clasificadas por orden creciente de las cantidades solicitadas.

(2) Sobre la base de las comunicaciones efectuadas por los Estados miembros relativas a las solicitudes de asignación anual de los operadores recién llegados en aplicación del apartado 5 del artículo 2 del Reglamento (CE) n° 250/2000 (5), la Comisión determinó las cantidades por las que debían concederse para 2000 las asignaciones individuales de los operadores en cuestión, mediante el Reglamento (CE) n° 440/2000 de la Comisión (6).

(3) Los resultados de las comprobaciones y de los controles complementarios, efectuados por las autoridades nacionales competentes en colaboración con la Comisión, dan lugar a un ajuste de las asignaciones anuales de los operadores recién llegados. Por consiguiente, procede modificar en consecuencia el Reglamento (CE) n° 440/2000.

(4) Las disposiciones del presente Reglamento no prejuzgan las medidas que puedan adoptarse posteriormente con vistas a garantizar el cumplimiento de los compromisos internacionales suscritos por la Comunidad en el marco de la Organización Mundial de Comercio (OMC), ni podrán ser invocadas por los operadores como base de legítimas expectativas con vistas a la prórroga del régimen de importación.

(5) Las disposiciones del presente Reglamento deben entrar en vigor de inmediato.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo del Reglamento (CE) n° 440/2000 se sustituirá por el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 18 de julio de 2000.

Por la Comisión

Franz Fischler

Miembro de la Comisión

______________________

(1) DO L 47 de 25.2.1993, p. 1.

(2) DO L 160 de 26.6.1999, p. 80.

(3) DO L 293 de 31.10.1998, p. 32.

(4) DO L 98 de 13.4.1999, p. 10.

(5) DO L 26 de 2.2.2000, p. 6.

(6) DO L 54 de 26.2.2000, p. 27.

ANEXO

Aplicación del apartado 3 del artículo 9 del Reglamento (CE) n° 2362/98

I

Clasificación de las solicitudes de asignación (según el orden creciente de las cantidades indicadas):

1) solicitudes relativas a una cantidad inferior a 215,752 toneladas,

2) solicitudes relativas a una cantidad igual o superior a 215,752 toneladas.

II

Modo de determinación de la asignación:

- concesión de la asignación por la cantidad solicitada,

- concesión de la asignación de 215,752 toneladas.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/995 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/947 en lo que respecta al aumento de la eficiencia de la Garantía de Acción Exterior.

Reglamento 04/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida