Reglamento (CE) nº 1539/2002 de la Comisión, de 29 de agosto de 2002, que modifica el Reglamento (CE) nº 2305/95 por el que se establecen las disposiciones de aplicación, en el sector de la carne de porcino, del régimen previsto en los acuerdos de libre comercio entre la Comunidad, por una parte, y Estonia, Letonia y Lituania, por otra.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2002-81480
Número oficial:
DOUE-L-2002-81480
Publicación:
30/08/2002
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 1151/2002 del Consejo, de 27 de junio de 2002, por el que se establecen determinadas concesiones en forma de contingentes arancelarios comunitarios para determinados productos agrícolas y, con carácter autónomo y transitorio, el ajuste de determinadas concesiones agrícolas previstas en el Acuerdo europeo con Estonia (1), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 1,

Visto el Reglamento (CE) n° 1361/2002 del Consejo, de 22 de julio de 2002, por el que se establecen concesiones en forma de contingentes arancelarios comunitarios para determinados productos agrícolas y, con carácter autónomo y transitorio, el ajuste de determinadas concesiones agrícolas previstas en el Acuerdo europeo con Lituania (2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 1,

Visto el Reglamento (CE) n° 1362/2002 del Consejo, de 22 de julio de 2002, por el que se establecen concesiones en forma de contingentes arancelarios comunitarios para determinados productos agrícolas y, con carácter autónomo y transitorio, el ajuste de determinadas concesiones agrícolas previstas en el Acuerdo europeo con Letonia (3), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 1,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n° 2305/95 de la Comisión (4), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n°1006/2001 (5), establece las disposiciones de aplicación en el sector de la carne de porcino del régimen previsto en los correspondientes Acuerdos y debe modificarse en consonancia con las disposiciones sobre los productos a base de carne de porcino adoptadas en virtud de los Reglamentos (CE) n° 1151/2002, (CE) n° 1361/2002 y (CE) n° 1362/2002.

(2) Es importante que, análogamente a los Reglamentos (CE) n° 1151/2002, (CE) n° 1361/2002 y (CE) n° 1362/2002, el presente Reglamento surta efecto a partir del 1 de julio de 2002.

(3) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne de porcino.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) n° 2305/95 se sustituirá por el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de julio de 2002.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 29 de agosto de 2002.

Por la Comisión

Franz Fischler

Miembro de la Comisión

___

(1) DO L 170 de 29.6.2002, p. 15.

(2) DO L 198 de 27.7.2002, p. 1.

(3) DO L 198 de 27.7.2002, p. 13.

(4) DO L 233 de 30.9.1995, p. 45.

(5) DO L 140 de 24.5.2001, p. 13.

ANEXO

"ANEXO I

A. PRODUCTOS ORIGINARIOS DE LITUANIA

Reducción del 100 % del derecho de aduana fijado en el arancel aduanero común

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 4

B. PRODUCTOS ORIGINARIOS DE LETONIA

Reducción del 100 % del derecho de aduana fijado en el arancel aduanero común

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 4

C. PRODUCTOS ORIGINARIOS DE ESTONIA

Reducción del 100 % del derecho de aduana fijado en el arancel aduanero común

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 45"

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €