LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) n° 1601/92 del Consejo, de 15 de junio de 1992, sobre medidas especificas en favor de las islas Canarias relativas a determinados productos agrarios(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1257/1999(2), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 3,
(1) Considerando que las disposiciones comunes de aplicación del régimen de abastecimiento específico de las islas Canarias relativas a determinados productos agrícolas se fijaron mediante el Reglamento (CE) n° 2790/94 de la Comisión(3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 825/98(4);
(2) Considerando que, para aplicar lo dispuesto en el artículo 2 del Reglamento (CEE) n° 1601/92, procede fijar el plan de previsiones de abastecimiento de las islas Canarias de productos del sector del arroz; que dicho plan debe fijarse en función de las necesidades de esta región; que lo tanto, es procedente sustituir el anexo del Reglamento (CE) n° 1443/98 de la Comisión(5) por el anexo del presente Reglamento;
(3) Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo del Reglamento (CE) n° 1443/98 se sustituirá por el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Será aplicable a partir del 1 de julio de 1999.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 1999.
Por la Comisión
Franz FISCHLER
Miembro de la Comisión
___________________
(1) DO L 173 de 27.6.1992, p. 13.
(2) DO L 160 de 26.6.1999, p. 80.
(3) DO L 296 de 17.11.1994, p. 23.
(4) DO L 117 de 21.4.1998, p. 5.
(5) DO L 191 de 7.7.1998, p. 43.
ANEXO
Plan de abastecimiento de arroz a las islas Canarias en el período de comercialización comprendido entre el 1 de julio de 1999 y el 30 de junio de 2000
(en toneladas)
Producto (código NC) / Islas Canarias
Arroz blanqueado 1006 30 / 13 000
Arroz partido 1006 40 / 2 600