Reglamento (CE) nº 149/1999 del Consejo, de 19 de enero de 1999, que modifica el Reglamento (CE) nº 2027/95 por el que se establece un régimen de gestión del esfuerzo pesquero relativo a determinadas zonas y recursos pesqueros comunitarios.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1999-80099
Número oficial:
DOUE-L-1999-80099
Publicación:
23/01/1999
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 3760/92 del Consejo, de 20 de diciembre de 1992, por el que se establece un régimen comunitario de la pesca y la acuicultura (1), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 8,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que el Reglamento (CE) n° 685/95 del Consejo, de 27 de marzo de 1995, relativo a la gestión de los esfuerzos pesqueros referentes a determinadas zonas y recursos pesqueros comunitarios (2), estableció una serie de criterios y procedimientos para la implantación de un régimen de gestión de los esfuerzos en las zonas CIEM Vb, VI, VII, VIII, IX, X y COPACE 34.1.1, 34.1.2 y 34.2.0;

Considerando que, a partir de la información suministrada por los Estados miembros, el Reglamento (CE) n° 2027/95 (3), estableció un régimen de gestión del esfuerzo pesquero para determinadas zonas y recursos pesqueros comunitarios y determinó el nivel máximo anual del esfuerzo pesquero correspondiente a cada Estado miembro y pesquería;

Considerando que, en el momento de la aprobación del Reglamento (CE) n° 2027/95, Dinamarca consideraba que la pesca industrial estaba asimilada a la pesca de especies pelágicas y, por consiguiente, no transmitió a la Comisión la evaluación del esfuerzo pesquero necesario para esos buques;

Considerando que se ha descubierto que la pesca industrial practicada por Dinamarca no sólo se dirige a especies pelágicas, sino también a especies demersales, en particular la faneca noruega y el lanzón;

Considerando que es necesario, a partir de la información facilitada con la solicitud hecha por Dinamarca el 22 de julio de 1997 y en cumplimiento de los criterios definidos en el Reglamento (CE) n° 2027/95, modificar el nivel máximo de esfuerzo pesquero asignado a Dinamarca para determinadas pesquerías;

Considerando que es preciso por lo tanto modificar el Reglamento (CE) n° 2027/95,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo del Reglamento (CE) n° 2027/95 se sustituirá por el anexo del presente Reglamento en lo que respecta al nivel máximo anual del esfuerzo pesquero correspondiente a los artes de arrastre y fijos y las especies demersales para Dinamarca.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 19 de enero de 1999.

Por el Consejo

El Presidente

K.-H. FUNKE

___________________

(1) DO L 389 de 31. 12. 1992, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1181/98 (DO L 164 de 9. 6. 1998, p. 1).

(2) DO L 71 de 31. 3. 1995, p. 5.

(3) DO L 199 de 24. 8. 1995, p. 1.

ANEXO

TABLA OMITIDA

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €