Reglamento (CE) nº 134/2002 del Consejo, de 22 de enero de 2002, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2531/98 relativo a la aplicación de las reservas mínimas por el Banco Central Europeo.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2002-80120
Número oficial:
DOUE-L-2002-80120
Publicación:
26/01/2002
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo (denominados en lo sucesivo Estatutos) y en particular su artículo 19.2,

Vista la Recomendación del Banco Central Europeo (BCE),

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1),

Visto el dictamen de la Comisión (2),

Actuando de conformidad con el procedimiento establecido en el apartado 6 del artículo 107 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y en el artículo 42 de los Estatutos, y con arreglo a las condiciones establecidas en el artículo 43.1 de los Estatutos, en el apartado 8 del Protocolo del Tratado sobre determinadas disposiciones relativas al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y en el apartado 2 del Protocolo del Tratado sobre determinadas disposiciones relativas a Dinamarca,

Considerando lo siguiente:

(1) El 23 de noviembre de 1998 el Consejo adoptó el Reglamento (CE) n° 2531/98, relativo a la aplicación de las reservas mínimas por el Banco Central Europeo (3).

(2) El Reglamento (CE) n° 2531/98 del Consejo establece un procedimiento simplificado de imposición de sanciones para determinados tipos de infracciones y contiene sanciones y procedimientos específicos, pero remite al Reglamento (CE) n° 2532/98 del Consejo, de 23 de noviembre de 1998, sobre las competencias del Banco Central Europeo para imponer sanciones (4), en cuanto a los principios y procedimientos aplicables a la imposición de sanciones.

(3) La experiencia adquirida en la aplicación del procedimiento de revisión establecido en el apartado 7 del artículo 3 del Reglamento (CE) n° 2532/98,

simplificado en el apartado 2 del artículo 7 del Reglamento (CE) n° 2531/98 del Consejo, ha puesto de manifiesto que el plazo reducido de quince días no es suficiente para que el Consejo de Gobierno adopte debidamente una decisión.

(4) A fin de garantizar la eficacia del procedimiento de revisión, el plazo concedido al Consejo de Gobierno para adoptar una decisión debería ampliarse a dos meses.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se suprime la referencia del apartado 2 del artículo 7 del Reglamento (CE) n° 2531/98 al apartado 7 del artículo 3 del Reglamento (CE) n° 2532/98.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Las disposiciones del presente Reglamento serán de aplicación a las solicitudes que se presenten después de la entrada en vigor del presente Reglamento. A estos efectos, se tendrá en cuenta la fecha en que tenga entrada en el BCE la solicitud.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en los Estados miembros de conformidad con el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

Hecho en Bruselas, el 22 de enero de 2002.

Por el Consejo

El Presidente

R. de Rato y Figaredo

___________________

(1) Dictamen emitido el 4 de julio de 2001 (no publicado aún en el Diario Oficial).

(2) Dictamen emitido el 24 de octubre de 2001 (no publicado aún en el Diario Oficial).

(3) DO L 318 de 27.11.1998, p. 1.

(4) DO L 318 de 27.11.1998, p. 4.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/995 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/947 en lo que respecta al aumento de la eficiencia de la Garantía de Acción Exterior.

Reglamento 04/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida