Reglamento (CE) nº 1235/1999 de la Comisión, de 15 de junio de 1999, por el que se fija definitivamente el importe de la ayuda al algodón sin desmotar, desde el 1 de septiembre de 1998 hasta el 31 de marzo de 1999, para la campaña de comercialización 1998/99.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1999-81070
Número oficial:
DOUE-L-1999-81070
Publicación:
16/06/1999
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista el Acta de adhesión de Grecia y, en particular, el apartado 10 del Protocolo n° 4 sobre el algodón, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1553/95 del Consejo (1),

Visto el Reglamento (CE) n° 1554/95 del Consejo, de 29 de junio de 1995, por el que se establecen las normas generales del régimen de ayuda al algodón y se deroga el Reglamento (CEE) n° 2169/81 (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1419/98 (3), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 5,

(1) Considerando que, con arreglo al artículo 3 del Reglamento (CE) n° 1554/95, el precio de mercado mundial del algodón sin desmotar debe fijarse periódicamente durante la campaña;

(2) Considerando que en el Reglamento (CE) n° 1234/1999 de la Comisión (4) se fija, para la campaña de comercialización 1998/99, la producción efectiva de algodón sin desmotar y el importe que se deducirá del precio de objetivo en cada Estado miembro;

(3) Considerando que el apartado 1 del artículo 5 del Reglamento (CEE) n° 1201/89 de la Comisión, de 3 de mayo de 1989, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de ayuda al algodón (5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1664/98 (6), establece que, antes del 15 de julio, se fije el importe de la ayuda al algodón sin desmotar aplicable en cada período para el que se haya establecido un precio mundial;

(4) Considerando que el artículo 2 del Reglamento (CE) n° 1103/97 del Consejo, de 17 de junio de 1997, sobre determinadas disposiciones relativas a la introducción del euro (7), establece que, a partir del 1 de enero de 1999, toda referencia al ecu que figure en un instrumento jurídico se entenderá hecha al euro a un tipo de un euro por un ecu;

(5) Considerando que, por lo tanto, es conveniente fijar definitivamente los importes de las ayudas válidos para la campaña 1998/99,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los importes de la ayuda al algodón sin desmotar correspondiente a los precios mundiales fijados en los Reglamentos de la Comisión (CE) nos 1865/98 (8), 1954/98 (9), 2010/98 (10), 2048/98 (11), 2087/98 (12), 2146/98 (13), 2195/98 (14), 2243/98 (15), 2302/98 (16), 2312/98 (17), 2372/98 (18), 2478/98 (19), 2571/98 (20), 2707/98 (21), 2859/98 (22), 85/1999 (23), 238/1999 (24), 262/1999 (25), 306/1999 (26), 355/1999 (27), 371/1999 (28), 396/1999 (29), 426/1999 (30), 474/1999 (31) y 687/1999 (32) que figuran en el anexo del presente Reglamento, quedan establecidos definitivamente a partir de la fecha de entrada en vigor de cada uno de esos Reglamentos.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 15 de junio de 1999.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

____________________________

(1) DO L 148 de 30.6.1995, p. 45.

(2) DO L 148 de 30.6.1995, p. 48.

(3) DO L 190 de 4.7.1998, p. 4.

(4) Véase la página 26 del presente Diario Oficial.

(5) DO L 123 de 4.5.1989, p. 23.

(6) DO L 211 de 29.7.1998, p. 9.

(7) DO L 162 de 19.6.1997, p. 1.

(8) DO L 242 de 1.9.1998, p. 3.

(9) DO L 253 de 15.9.1998, p. 17.

(10) DO L 258 de 22.9.1998, p. 20.

(11) DO L 263 de 26.9.1998, p. 30.

(12) DO L 266 de 1.10.1998, p. 22.

(13) DO L 270 de 7.10.1998, p. 46.

(14) DO L 276 de 13.10.1998, p. 5.

(15) DO L 281 de 17.10.1998, p. 29.

(16) DO L 287 de 24.10.1998, p. 23.

(17) DO L 288 de 27.10.1998, p. 20.

(18) DO L 293 de 31.10.1998, p. 75.

(19) DO L 308 de 18.11.1998, p. 37.

(20) DO L 322 de 1.12.1998, p. 8.

(21) DO L 340 de 16.12.1998, p. 21.

(22) DO L 358 de 31.12.1998, p. 77.

(23) DO L 8 de 14.1.1999, p. 20.

(24) DO L 23 de 30.1.1999, p. 50.

(25) DO L 30 de 4.2.1999, p. 27.

(26) DO L 37 de 11.2.1999, p. 23.

(27) DO L 44 de 18.2.1999, p. 16.

(28) DO L 45 de 19.2.1999, p. 37.

(29) DO L 48 de 24.2.1999, p. 13.

(30) DO L 52 de 27.2.1999, p. 9.

(31) DO L 56 de 4.3.1999, p. 38.

(32) DO L 86 de 30.3.1999, p. 13.

ANEXO

AYUDA AL ALGODÓN SIN DESMOTAR

TABLA OMITIDA

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/995 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/947 en lo que respecta al aumento de la eficiencia de la Garantía de Acción Exterior.

Reglamento 04/05/2026

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