Reglamento (CE) nº 1225/95 del Consejo, de 29 de mayo de 1995, por el que se fijan los precios de base y de compra de las coliflores, los melocotones, los albaricoques, las nectarinas, los limones y los tomates, para el mes de junio de 1995.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1995-80591
Número oficial:
DOUE-L-1995-80591
Publicación:
31/05/1995
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) nº 1035/72 del Consejo, de 18 de mayo de 1972, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las frutas y hortalizas, y, en particular, el apartado 1 de su artículo 16,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que, con arreglo al apartado 1 del artículo 16 del Reglamento (CEE) nº 1035/72, para cada uno de los productos que figuran en el Anexo II de dicho Reglamento y para cada campaña de comercialización deben fijarse un precio de base y un precio de compra ; que la comercialización de los productos en cuestión, cosechados durante una campaña de producción determinada, se escalona entre los meses de enero y diciembre de cada año en el caso del tomate, entre mayo y agosto en el del albaricoque, entre mayo y octubre en el del melocotón y la nectarina, entre mayo y abril del año siguiente en el de la coliflor y entre junio y mayo del año siguiente en el del limón ; que, no obstante, con arreglo al párrafo tercero del apartado 1 del artículo 16 del Reglamento (CEE) nº 1035/72, durante los períodos de escasa comercialización del comienzo y final de la campaña no deben fijarse el precio de base ni el precio de compra;

Considerando que, para garantizar la continuidad de los precios de las coliflores y posibilitar las intervenciones desde el 1 de junio de 1995 en el caso de los albaricoques, los limones, los melocotones y las nectarinas y desde el 11 de junio de 1995 en el de los tomates, es necesario que, en espera de la decisión correspondiente a la campaña de 1995/96, se fijen el precio de base y el precio de compra de esos productos para el período comprendido entre el 1 y el 30 de junio de 1995,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El precio de base y el precio de compra de las coliflores, los melocotones, las nectarinas, los limones, los albaricoques y los tomates para el período comprendido entre el 1 y el 30 de junio de 1995, expresados en ecus por 100 kilogramos netos, quedan fijados como sigue:

Precio Precio

de base de compra

Coliflores 29,67 12,88

Melocotones 54,04 30,02

Nectarinas (incluidos los

bruñones) 70,46 33,81

Limones 50,69 29,78

Albaricoques 49,68 28,29

Tomates :

(11 a 20 de junio) 33,92 12,90

(21 a 30 de junio) 30,85 11,98

Los precios se refieren, respectivamente, a los siguientes productos :

- coliflores « coronadas » de la categoría de calidad I, presentadas en envase,

- melocotones de las variedades Amsden, Cardinal, Charles Ingouf, Dixired, Jeronimo, J. H. Hale, Merril Gemfree, Michelini, Red Haven, San Lorenzo, Springcrest y Springtime, de la categoría de calidad I y calibre entre 61 y 67 milímetros, presentados en envase,

- nectarinas de las variedades Armking, Crimsongold, Early sun grand, Fantasia, Independence, May Grand, Nectared, Snow Queen y Stark red gold, de la categoría de calidad I y calibre entre 61 y 67 milímetros, presentadas en envase,

- limones de la categoría I y calibre entre 53 y 62 milímetros, presentados en envase,

- albaricoques de la categoría de calidad I y calibre superior a 30 milímetros, presentados en envase,

- tomates de los tipos « redondo » y « asurcado » de la categoría de calidad I y calibre entre 57 y 67 milímetros, presentados en envase.

Estos precios no incluyen la incidencia del coste del envase en el que se presenta el producto.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de junio de 1995.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 29 de mayo de 1995.

Por el Consejo

El Presidente

Ph. VASSEUR

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