Reglamento (CE) nº 1199/2001 de la Comisión, de 19 de junio de 2001, por el que se fija definitivamente el importe de la ayuda al algodón sin desmotar, desde el 1 de septiembre de 2000 hasta el 31 de marzo de 2001, para la campaña de comercialización 2000/01.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2001-81523
Número oficial:
DOUE-L-2001-81523
Publicación:
20/06/2001
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista el Acta de adhesión de Grecia y, en particular, el apartado 10 del Protocolo n° 4 sobre el algodón, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1553/95 del Consejo (1),

Visto el Reglamento (CE) n° 1554/95 del Consejo, de 29 de junio de 1995, por el que se establecen las normas generales del régimen de ayuda al algodón y se deroga el Reglamento (CEE) n° 2169/81 (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1419/98 (3), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 5,

Considerando lo siguiente:

(1) Con arreglo al artículo 3 del Reglamento (CE) n° 1554/95, el precio de mercado mundial del algodón sin desmotar debe fijarse periódicamente durante la campaña.

(2) En el Reglamento (CE) n° 1183/2001 de la Comisión (4) se fija, para la campaña de comercialización 2000/01, la producción efectiva de algodón sin desmotar, el importe que se deducirá del precio de objetivo así como el aumento de la ayuda.

(3) El apartado 1 del artículo 5 del Reglamento (CEE) n° 1201/89 de la Comisión, de 3 de mayo de 1989, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de ayuda al algodón (5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1624/1999 (6), establece que, antes del 15 de julio, se fije el importe de la ayuda al algodón sin desmotar aplicable en cada período para el que se haya establecido un precio mundial.

(4) Por lo tanto, es conveniente fijar definitivamente los importes de las ayudas válidos para la campaña 2000/01 en los niveles indicados a continuación.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los importes de la ayuda al algodón sin desmotar correspondiente a los precios mundiales fijados en los Reglamentos de la Comisión (CE) n° 1857/2000 (7), (CE) n° 1918/2000 (8), (CE) n° 1991/2000 (9), (CE) n° 2060/2000 (10), (CE) n° 2248/2000 (11), (CE) n° 2340/2000 (12), (CE) n° 2430/2000 (13), (CE) n° 2487/2000 (14), (CE) n° 2558/2000 (15), (CE) n° 2626/2000 (16), (CE) n° 2694/2000 (17), (CE) n° 2761/2000 (18), (CE) n° 2799/2000 (19), (CE) n° 2828/2000 (20), (CE) n° 17/2001 (21), (CE) n° 43/2001 (22), (CE) n° 119/2001 (23), (CE) n° 210/2001 (24), (CE) n° 286/2001 (25), (CE) n° 342/2001 (26), (CE) n° 405/2001 (27), (CE) n° 487/2001 (28), (CE) n° 550/2001 (29) y (CE) n° 570/2001 (30) que figuran en el anexo del presente Reglamento, quedan establecidos definitivamente a partir de la fecha de entrada en vigor de cada uno de esos Reglamentos.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 19 de junio de 2001.

Por la Comisión

Franz Fischler

Miembro de la Comisión

_________________

(1) DO L 148 de 30.6.1995, p. 45.

(2) DO L 148 de 30.6.1995, p. 48.

(3) DO L 190 de 4.7.1998, p. 4.

(4) DO L 161 de 16.6.2001, p. 21.

(5) DO L 123 de 4.5.1989, p. 23.

(6) DO L 192 de 24.7.1999, p. 39.

(7) DO L 221 de 1.9.2000, p. 6.

(8) DO L 229 de 9.9.2000, p. 27.

(9) DO L 237 de 21.9.2000, p. 43.

(10) DO L 246 de 30.9.2000, p. 8.

(11) DO L 257 de 11.10.2000, p. 19.

(12) DO L 269 de 21.10.2000, p. 32.

(13) DO L 279 de 1.11.2000, p. 26.

(14) DO L 286 de 11.11.2000, p. 35.

(15) DO L 292 de 21.11.2000, p. 28.

(16) DO L 302 de 1.12.2000, p. 26.

(17) DO L 309 de 9.12.2000, p. 10.

(18) DO L 318 de 16.12.2000, p. 29.

(19) DO L 324 de 21.12.2000, p. 31.

(20) DO L 328 de 23.12.2000, p. 9.

(21) DO L 2 de 5.1.2001, p. 19.

(22) DO L 6 de 11.1.2001, p. 8.

(23) DO L 19 de 20.1.2001, p. 20.

(24) DO L 30 de 1.2.2001, p. 36.

(25) DO L 41 de 10.2.2001, p. 28.

(26) DO L 50 de 21.2.2001, p. 5.

(27) DO L 60 de 1.3.2001, p. 14.

(28) DO L 69 de 10.3.2001, p. 13.

(29) DO L 81 de 21.3.2001, p. 28.

(30) DO L 84 de 23.3.2001, p. 21.

ANEXO

AYUDA AL ALGODÓN SIN DESMOTAR

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 5

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/995 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/947 en lo que respecta al aumento de la eficiencia de la Garantía de Acción Exterior.

Reglamento 04/05/2026

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