Reglamento (CE) nº 1082/2001 de la Comisión, de 1 de junio de 2001, que modifica el Reglamento (CE) nº 562/2000 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1254/1999 del Consejo en lo relativo a los regímenes de compras de intervención pública en el sector de la carne de vacuno, y que rectifica el Reglamento (CE) nº 590/2001, por el que se establecen excepciones o se modifica el Reglamento (CE) nº 562/2000.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2001-81411
Número oficial:
DOUE-L-2001-81411
Publicación:
02/06/2001
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 1254/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de vacuno (1), y, en particular, el apartado 8 de su artículo 47,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n° 562/2000 de la Comisión (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 590/2001 (3), establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n° 1254/1999 del Consejo en lo que atañe a los regímenes de compras de intervención pública en el sector de la carne de vacuno. Su artículo 17 fija una serie de condiciones en materia de aceptación e inspección preliminar de los productos.

(2) No obstante lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 4 del Reglamento (CE) n° 562/2000, la letra b) del apartado 2 del artículo 1 del Reglamento (CE) n° 590/2001, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 826/2001 (4), autoriza las compras de intervención de cuartos delanteros que presenten un corte recto de cinco costillas. Para el caso de estas compras, es preciso aclarar la situación en lo que respecta a las inspecciones preliminares.

(3) La letra b) del apartado 2 del artículo 1 del Reglamento (CE) n° 590/2001 contiene un error en su versión inglesa. Además, la palabra "artículo" que figura en el último párrafo del apartado 7 del artículo 1 de ese mismo Reglamento debe sustituirse por "apartado".

(4) Por consiguiente, es necesario modificar el Reglamento (CE) n° 562/2000 y rectificar el Reglamento (CE) n° 590/2001.

(5) En vista de la evolución de los acontecimientos, el presente Reglamento debe entrar en vigor inmediatamente.

(6) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne de vacuno.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El párrafo segundo del apartado 3 del artículo 17 del Reglamento (CE) n° 562/2000 se sustituirá por el texto siguiente:

"Esta inspección se realizará sobre un lote de 20 toneladas como máximo de medias canales, según lo previsto por el organismo de intervención. No obstante, si la oferta incluyere cuartos, el organismo de intervención podrá admitir lotes de más de 20 toneladas. Cuando el número de medias canales rechazadas sea superior al 20 % del número total del lote, se rechazará el lote completo de conformidad con lo dispuesto en el apartado 6.".

Artículo 2

El Reglamento (CE) n° 590/2001 quedará rectificado como sigue:

1) (Afecta únicamente a la versión inglesa).

2) La primera frase del último párrafo del apartado 7 del artículo 1 pasa a redactarse de la forma siguiente:

"Además, en relación con los productos comprados de conformidad con el presente apartado:".

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 1 de junio de 2001.

Por la Comisión

Franz Fischler

Miembro de la Comisión

___________________

(1) DO L 160 de 26.6.1999, p. 21.

(2) DO L 68 de 16.3.2000, p. 22.

(3) DO L 86 de 27.3.2001, p. 30.

(4) DO L 120 de 28.4.2001, p. 7.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €