Reglamento (CE) nº 1048/98 del Consejo, de 18 de mayo de 1998, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 2658/87, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al Arancel Aduanero Común, y por el que se concede con carácter autónomo una exención temporal de los derechos de aduana para determinadas turbinas de gas.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1998-80901
Número oficial:
DOUE-L-1998-80901
Publicación:
21/05/1998
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 28,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que el Reglamento (CEE) n° 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al Arancel Aduanero Común (1), estableció una nomenclatura de las mercancías denominada «nomenclatura combinada»;

Considerando que el Reglamento (CEE) n° 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el Código aduanero comunitario (2) prevé disposiciones relativas a las condiciones para conceder a determinadas mercancías el beneficio de un régimen arancelario favorable a la importación en razón de su asignación a un destino especial;

Considerando que el abastecimiento de determinadas turbinas de gas a los fabricantes de instalaciones de producción combinada de calor y electricidad de la Comunidad está actualmente asegurado, en gran medida, por importaciones procedentes de terceros países; que la utilización de tales instalaciones tiene un efecto favorable sobre el medio ambiente; que, por tanto, conviene conceder, con carácter autónomo, una exención temporal de los derechos de aduana a dichas turbinas en un régimen de destino especial por un período limitado;

Considerando que procede introducir en la nomenclatura combinada una subpartida para estos productos, junto con disposiciones relativas al destino especial; que procede, pues, modificar la nomenclatura combinada,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

1. La segunda parte del anexo I del Reglamento (CEE) n° 2658/87 quedará modificada con arreglo al anexo del presente Reglamento.

2. La modificación de las subpartidas de la nomenclatura combinada prevista por el presente Reglamento se aplicará como subpartidas del TARIC hasta que esté incluida en la nomenclatura combinada con arreglo a las condiciones fadas en el artículo 12 del Reglamento (CEE) n° 2658/87.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 18 de mayo de 1998.

Por el Consejo

El Presidente

LORD SIMON of HIGHBURY

______________________

(1) DO L 256 de 7. 9. 1987, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2509/97 de la Comisión (DO L 345 de 16. 12. 1997, p. 44).

(2) DO L 302 de 19. 10. 1992, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 82/97 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 17 de 21. 1. 1997, p. 1).

ANEXO

TABLA OMITIDA

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

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Reglamento 18/03/2026

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