Reglamento (CE) n° 32/98 de la Comisión de 8 de enero de 1998 que modifica el Reglamento (CE) n° 1218/96 relativo a la exención parcial del derecho de importación de determinados productos del sector de los cereales establecida en los Acuerdos celebrados entre la Comunidad Europea y la República de Polonia, la República de Hungría, la República Checa, la República Eslovaca, la República de Bulgaria y la República de Rumania.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1998-80025
Número oficial:
DOUE-L-1998-80025
Publicación:
09/01/1998
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 3066/95 del Consejo, de 22 de diciembre de 1995, por el que se establecen determinadas concesiones en forma de contingentes arancelarios comunitarios para determinados productos agrícolas y se adaptan, con carácter autónomo y transitorio, determinadas concesiones agrícolas previstas en los acuerdos europeos con el fin de tener en cuenta el acuerdo sobre la agricultura celebrado en el marco de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1595/97 (2) y, en particular, su artículo 8,

Considerando que el Reglamento (CE) n° 1218/96 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1986/97 (4), establece, para el segundo semestre de la campaña 1997/98 y siguientes, determinadas concesiones en forma de contingentes arancelarios; que, por consiguiente, es necesario limitar hasta finales del mes de julio la validez de los certificados de exportación expedidos durante el segundo semestre de la campaña 1997/98 y siguientes; que, por lo tanto, procede adaptar en consonancia el artículo 3 de dicho Reglamento;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El artículo 3 del Reglamento (CE) n° 1218/96 se sustituirá por el texto siguiente:

«Artículo 3

No obstante lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CE) n° 1162/95, los certificados de exportación serán válidos a partir del día de su expedición y hasta que finalice el tercer mes siguiente al de la misma. No obstante, la validez de estos certificados estará limitada a

finales del mes de julio.».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades

Europeas.

Será aplicable a partir del 12 de enero de 1998.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 8 de enero de 1998.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

(1) DO L 328 de 30. 12. 1995, p. 31.

(2) DO L 216 de 8. 8. 1997, p. 1.

(3) DO L 161 de 29. 6. 1996, p. 51.

(4) DO L 280 de 14. 10. 1997, p. 1.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Reglamento nº 13 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2026/746].

Reglamento 13/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

Reglamento Delegado (UE) 2026/283 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2025, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815 en lo que respecta a la actualización de 2025 de la taxonomía para el formato electrónico único de presentación de información.

Reglamento 18/03/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €