Reglamento (CE, CECA, Euratom) nº 2778/98 del Consejo, de 17 de diciembre de 1998, que modifica el Reglamento nº 422/67/CEE, nº 5/67/Euratom por el que se establece el régimen pecuniario del presidente y de los miembros de la Comisión, del presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia, así como del presidente, los miembros y el secretario del Tribunal de Primera Instancia.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1998-82278
Número oficial:
DOUE-L-1998-82278
Publicación:
23/12/1998
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, sus artículos 154 y 168 A y el apartado 8 de su artículo 188 B,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero y, en particular, sus artículos 29 y 32 quinquies y el apartado 8 del artículo 45 B,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, sus artículos 123 y 140 A y el apartado 8 del artículo 160 B,

Visto el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n° 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (1),

Considerando que es competencia del Consejo fijar el régimen pecuniario del Presidente y de los miembros de la Comisión, del Presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia, así como del presidente, los miembros y el secretario del Tribunal de Primera instancia, y del Presidente y de los miembros del Tribunal de Cuentas;

Considerando que el euro será la moneda de los Estados miembros que lo adopten a partir del 1 de enero de 1999 (2); que la unidad monetaria es un euro; que un euro está dividido en cien cents; que durante un período transitorio el euro estará también dividido en unidades monetarias nacionales (3);

Considerando que los Reglamentos nos 422/67/CEE, n° 5/67/Euratom (4) y (CEE, Euratom, CECA) n° 2290/77 (5) fijan la retribución de base del Presidente y de los miembros de la Comisión, del Presidente, los Jueces, los Abogados Generales y el Secretario del Tribunal de Justicia así como del Presidente, los miembros y el Secretario del Tribunal de Primera Instancia, y de los miembros del Tribunal de Cuentas, en relación con la retribución de base de un funcionario de grado A 1, último escalón;

Considerando que, basándose en el Reglamento (CE, Euratom, CECA) n° 2458/98 del Consejo de 12 de noviembre de 1998, por el que se modifica el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n° 259/68 por el que se establece el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y el régimen aplicable a los otros agentes de estas Comunidades (6), la retribución de base de un funcionario de grado A 1 se expresará en euros a partir del 1 de enero de 1999;

Considerando que, en consecuencia, resulta oportuno modificar el Reglamento n° 422/67/CEE, n° 5/67/Euratom en lo que se refiere a las indemnizaciones de representación y de función, que se expresan actualmente en francos belgas, para que se expresen e euros a partir del 1 de enero de 1999,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el Reglamento n° 422/67/CEE, n° 5/67/Euratom, se sustituirán los términos «francos belgas» por el término «euros» y los importes en francos belgas por su equivalente en unidades euro al tipo de conversión adoptado por el Consejo.

Se aplicarán las normas relativas al redondeo de los importes monetarios establecidas en el Reglamento (CE) n° 1103/97.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será aplicable a partir del 1 de enero de 1999.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 17 de diciembre de 1998.

Por el Consejo

El Presidente

W. MOLTERER

___________________

(1) DO L 268 de 20.10.1977, p. 1; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 840/95 (DO L 85 de 19.4.1995, p. 10).

(2) Reglamento (CE) n° 974/98 del Consejo, de 3 de mayo de 1998, sobre la introducción del euro (DO L 139 de 11.5.1998, p. 1).

(3) Reglamento (CE) n° 1103/97 del Consejo, de 17 de junio de 1997, sobre determinadas disposiciones relativas a la introducción del euro (DO L 162 de 19.6.1997, p. 1).

(4) DO 187 de 8.8.1967, p. 1; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n° 3762/92 (DO L 383 de 29.12.1992, p. 4).

(5) DO L 268 de 20.10.1977, p. 1; Reglamento cuya última modificación la constityue el Reglamento (CE) n° 840/95 (DO L 85 de 19.4.1995, p. 10).

(6) DO L 307 de 17. 11. 1998, p. 1.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establecen determinados requisitos uniformes de gestión de la calidad y de procedimiento para las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por un organismo notificado designado con arreglo a los Reglamentos (UE) 2017/745 y (UE) 2017/746 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/995 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/947 en lo que respecta al aumento de la eficiencia de la Garantía de Acción Exterior.

Reglamento 04/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida